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Coberturas Seguro Salud Néctar

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La aseguradora Nectar Seguros de Salud pertenece al grupo HNA y se creó siguiendo las premisas de la venta directa (sus productos se comercializan únicamente a través del teléfono y de Internet), para así poder competir en el mercado con los mejores precios posibles. Actualmente ocupa el primer puesto del sector de la venta directa de seguros médicos.
Las pólizas de seguros de salud Nectar están especialmente indicadas para familias a partir de cuatro miembros, ya que pueden beneficiarse de un ahorro del 30% en las primas respecto a otras compañías que ofrecen sanidad privada.
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Salud Asisa
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Aresa Salud
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Salud Aegon
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Cigna Salud
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HNA Salud
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Salud IMQ
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Asisténcia
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Clinicum Salud
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Agrupació Mutua
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Con Néctar Salud podréis acceder a un nuevo concepto de medicina privada, con más de 23.000 expertos profesionales y más de 800 clínicas y hospitales de reconocido prestigio dentro de nuestro Cuadro Médico concertado.
Porque todo, a veces, no es suficiente, en Néctar queremos que cuentes con todas las garantías:
Libertad de elección entre más de 23.000 especialistas y más de 800 Clínicas y Hospitales a nivel nacional.
La mejor Asistencia Hospitalaria, sin listas de espera y con todos los gastos cubiertos.
Una Asistencia Extrahospitalaria con la más amplia selección de pruebas médicas complementarias y medios de diagnóstico de alta tecnología.
La mejor asistencia por Embarazo y Parto.
Te reembolsamos hasta el 80% de tus gastos médicos en Ginecología y Pediatría, si no encuentras a tu ginecólogo o pediatra en nuestro Cuadro Médico.
Y por último, un servicio insuperable.
Por fin una asistencia sanitaria de calidad, al alcance de tu mano:
Servicio Psicológico Telefónico.
Segunda Opinión Médica Internacional.
Servicio Baremado avantsalud.
Servicio Médico Telefónico.
Servicio de Asistencia en Viaje.
Libertad de elección entre los más de 23.000 especialistas y más de 800 Clínicas y Hospitales más exclusivos de nuestro país. Presentando tu tarjeta sanitaria Néctar Salud serás atendido en nuestros Centros Médicos Concertados sin tener que realizar desembolso alguno.
La mejor Asistencia Hospitalaria, sin listas de espera y con todos los gastos cubiertos.
Gastos por honorarios médicos, ayudantes, anestesistas, ATS, DUE, etc.
Gastos por estancia hospitalaria en UVI, UCI, y en actos quirúrgicos como trasplantes y prótesis.
Habitación individual con cama para un acompañante.
Gastos por estancia del recién nacido en incubadora (en estos casos no se incluye cama de acompañante).
Gastos derivados del transplante de riñón, médula ósea y córnea en los centros sanitarios debidamente autorizados.
Una Asistencia Extrahospitalaria con la más amplia selección de especialistas y tratamientos, y con los servicios más novedosos del mercado:
Consultas médicas de Medicina general, Pediatría hasta los 16 años y todas las especialidades médicas.
Medios de diagnóstico de alta tecnología: Tomografia por Emisión de Positrones (PET), resonancia magnética, magnetoterapia, amniocentesis, triple screening, biopsia de corion, etc.
Planificación familiar: Ligadura de trompas, control del tratamiento con anovulatorios, coste y colocación del DIU, y vasectomía, entre otros.
Estudios de esterilidad.
Tratamientos especiales como quimioterapia, radioterapia, diálisis, aerosolterapia, tratamiento del dolor, etc.
Servicios complementarios como servicio de ambulancia, logopedia, podología, preparación al parto, etc.
Y además:
Prevención del riesgo cardiovascular en personas mayores de 40 años.
Reconstrucción por carcinoma de mama e injertos óseos de materiales biológicos.
Prótesis y material de osteosíntesis.
Reconocimiento médico anual que incluye exploración física completa, analítica elemental y electrocardiograma en los centros concertados que te indicaremos.
Cirugía refractiva por Láser: Podrás corregir tus defectos visuales (astigmatismo, hipermetropía o miopía) con láser excimer o lasik, a través de nuestra red de Centros Médicos Concertados, por tan solo una franquicia de 450 € por ojo.
Dispondrás de un Seguro Dental incluido en tu póliza. Elige tu especialista o clínica entre un extenso Cuadro Médico Dental Concertado y accederás a los últimos avances en tecnología odontológica, gran variedad de pruebas diagnósticas y modernos tratamientos de prevención con reducidas franquicias.
Además, te ofrecemos una gran selección de servicios odontológicos gratuitos por ser Asegurado de Néctar Salud:
Diagnóstico Oral
Examen inicial oral y diagnóstico.
Presupuesto.
Examen de urgencia.
Consulta profesional.
Revisiones.
Odontología Preventiva
Una Tartrectomía anual (limpieza dental).
Educación de higiene oral.
Enseñanza en técnicas de cepillado.
Tinción e índice de placa.
Aplicación tópica de flúor (máximo 2 al año).
Cirugía Oral
Extracción dental simple.
Extracción complicada y/o sutura.
Extracción quirúrgica cordal semi incluida.
Extracción diente retenido en tejido óseo (con odontosección y/o osteotomía).
Apertura y drenaje de abscesos.
Frenectomía.
Quistectomía con o sin extracción dental.
Cirugía menor (tejidos blandos).
Cirugía preprotésica.
Retirada de puntos.
Extracción diente temporal.
(Las extracciones no quedan cubiertas si requieren Cirugía Maxilofacial).
La mejor asistencia por Embarazo y Parto, incluyendo la anestesia epidural, los servicios necesarios para la vigilancia médica del embarazo, la asistencia a parto y la preparación al mismo.
Además, Néctar te ofrece un reembolso de 450 euros para la conservación del cordón umbilical, para proteger a tu hijo de las adversidades que puedan surgir en el futuro.
Y, si no encuentras en nuestro Cuadro Médico Concertado a tu ginecólogo o pediatra de confianza, no te preocupes, porque en Néctar te reembolsamos hasta el 80% de tus gastos médicos en Ginecología y Pediatría:
3 consultas anuales de Pediatría, por niño menor de 16 años.
3 consultas anuales de Ginecología.
Con los siguientes límites:
Obstetricia y Ginecología: Máximo anual de 200 euros por asegurada.
Pediatría y Puericultura: Máximo anual de 150 euros por asegurado.
El reembolso tendrá lugar hasta la segunda renovación de la póliza.
Y, por supuesto, si nos envías los datos de tu ginecólogo o pediatra intentaremos que se una a nuestro Cuadro Médico.
Servicio Psicológico Telefónico
Psicólogos terapeutas te orientarán sobre cualquier duda relacionada con dificultades o problemas a nivel psico-emocional (depresión, angustia, ansiedad...)
Segunda Opinión Médica Internacional
En caso de enfermedad grave, Néctar solicitará un segundo diagnóstico a uno de los mejores especialistas del mundo en tu dolencia, que valorará tu historial y evaluará cual es el tratamiento más adecuado.
Servicio avantsalud
Un servicio baremado que te permite disfrutar de las ventajas de la medicina alternativa y otros servicios, a precios increíbles, tales como: Termalismo y Balneoterapia, Medicina y Cirugía Estética, Servicios de Bienestar y Salud, Servicio de Atención a Personas Mayores y/o Dependientes... Siempre de la mano de los mejores especialistas, centros especializados y los últimos avances en tratamientos.
Servicio Médico Telefónico
Con una sola llamada a nuestro NéctarCenter 902 40 41 14, nuestros operadores te pondrán en contacto con médicos de familia que te asesorarán sobre cualquier consulta médica que precises sobre tu salud o la de los tuyos.
Servicio de Asistencia en Viaje
Si estando de viaje en el extranjero necesitas un Servicio de Asistencia en Viaje, tan sólo tendrás que llamar al teléfono que figura en el dorso de tu tarjeta sanitaria Néctar Salud para que puedas acceder a:
Desplazamiento de un acompañante familiar junto al asegurado hospitalizado.
Información sobre asistencia médica en el extranjero.
Envío de medicamentos de vital importancia que no puedan obtenerse en el país en el que te encuentres, cuando estés hospitalizado.
Intérprete en caso de enfermedad o accidente en el extranjero.
Regreso anticipado por fallecimiento de un familiar directo.
Repatriación o transporte sanitario del enfermo, herido o fallecido, y familiares del mismo.
Gastos médicos hasta un límite máximo.
Tarjeta avantsalud
Recibirás una tarjeta personalizada con la que acceder a los servicios que desees de la forma más sencilla: Sólo tendrás que solicitar tu visita al profesional y dirigirte a la consulta.
Cuando realices tu solicitud de consulta, recuerda identificarte como usuario de avantsalud y no olvides acudir a tu cita con tu DNI y con tu tarjeta.
Si acudes por primera vez a un profesional, llama al número 902 13 11 71 de tu tarjeta avantsalud, comprobaremos que ese profesional forma parte de nuestro cuadro médico, facilitándote posteriormente su dirección y número de teléfono.
Al no tratarse de una tarjeta de pago, al finalizar la consulta deberás abonar el precio del servicio directamente al profesional, según baremo establecido por avantsalud, que te permite beneficiarte de importantes descuentos.
Datos de información avantsalud
Para conocer todas las ventajas que te ofrecemos o solicitar información sobre nuestro Cuadro Concertado de Profesionales o cualquiera de los servicios de avantsalud, sólo tienes que realizar una simple llamada al número 902 131 171 que aparece en tu tarjeta o mandar un email a nectar@avantsalud.es
Tendrás toda la información que necesitas a tu alcance:
Todos los profesionales a los que puedes acudir y el precio de sus consultas y/o servicios.
Todos los Centros a los que tendrás acceso en todo el territorio nacional.
Todos los Balnearios, Centros de Estética y de Belleza a tu disposición y la forma de acceder a ellos.
Cuidarás tu estado físico y anímico con los mejores Servicios de Bienestar y Salud, beneficiándote de ventajas exclusivas para ti:
Conseguirás el nivel de bienestar que deseas eligiendo el tratamiento, a un precio exclusivo por formar parte de avantsalud.
Te beneficiarás de la experiencia de los mejores centros especializados en medicinas alternativas, tales como Balnearios, Centros Estéticos, de Belleza, etc.
Podrás acceder a todo tipo de tratamientos alternativos, con la seguridad de estar en manos de especialistas altamente cualificados.
Algunas de las especialidades que te ofrecemos son:
Termalismo y Balneoterapia: Hemos seleccionado una amplia oferta de balnearios y estaciones termales en los que se administra, entre otros, tratamientos con aguas mineromedicinales de indicación terapéutica, tanto en régimen ambulatorio como en tratamientos de varios días..
Medicina y cirugía Estética:
Rejuvenecimiento facial
Fototerapia antiacné.
Rinoplastia (nariz).
Otoplastia (orejas).
Blefaroplastia (párpados).
Lifting facial.
Liposucción.
Mamoplastia (aumento/reducción de senos).
Mastoplexia (remodelación/elevación de senos).
Abdominoplastia, etc.
Ortopedia: Queremos mejorar tu calidad de vida, por ello ponemos a tu disposición interesantes ventajas en los mejores centros en el ámbito de la ortopedia con una amplia oferta de materiales que abarcan órtesis, yesos funcionales, siliconas, plantillas ortopédicas, etc, y que además te proporcionarán todo tipo de ayudas técnicas y gran variedad de productos a tu medida. Encontrarás siempre las primeras marcas del mercado y lo más novedoso y puntero en tecnología, para ayudarte en tu día a día.
Óptica y Audífonos: Podrás disfrutar de condiciones muy ventajosas en lo que respecta a descuentos especiales en numerosos establecimientos colaboradores en el ámbito de la óptica y la audifonía, descuentos en monturas, cristales, gafas de sol y lentes de contacto; así como ventajas exclusivas en centros auditivos tales como estudio auditivo gratuito, descuentos en audífonos y financiación a medida.
Psicología y Pedagogía: Nuestro objetivo es el bienestar y la salud de las personas, por ello te orientamos a los profesionales más cualificados que gracias a su amplia experiencia y conocimiento en la materia te ofrecerán diferentes servicios adaptados a cada una de tus necesidades tales como, asesoría y orientación psicológicas, tratamiento de múltiples dificultades del habla y otros trastornos logofoniátricos (disfonías, tartamudez, disfasías y afasías, disglosias, deglución atípica, retraso en el habla y/o aprendizaje, dislexia, dificultades de aprendizaje, etc.)
Reproducción Asistida: Desde avantsalud queremos contribuir a que veas realizado tu deseo de ser madre, y por ello te ofrecemos la oportunidad de acudir a los mejores centros especializados a la vanguardia en el campo del tratamiento de la infertilidad. Contarás con un trato cercano y personalizado durante todo el tratamiento, de la mano de profesionales altamente cualificados, y de las últimas y más efectivas técnicas.
Medicina Alternativa: Ponemos a tu disposición los mejores centros especializados en medicina holística y biológica, y terapias alternativas en los que dispondrás de una gran variedad de tratamientos y métodos terapéuticos complementarios a la medicina convencional, que gracias a recursos naturales, te ayudarán a restaurar tu equilibrio personal. Disfrutarás de los beneficios naturales de la acupuntura, naturopatía, hidroterapia, reflexología, drenaje linfático, etc.
Veterinarios: Lo que es importante para ti también lo es para nosotros, por ello te ofrecemos la mejor atención para tu mascota gracias a una medicina veterinaria de calidad. A través de los centros veterinarios que ponemos a tu disposición, accederás a todo tipo de servicios tales como consultas, medicina quirúrgica integral, servicio de peluquería, alimentación y complementos, vacunaciones, microchip, diagnóstico por imagen, desparasitaciones, etc.
avantsalud en forma: Los mejores especialistas en medicina y terapias alternativas para ayudarte a alcanzar el estado físico y de salud que deseas. Te facilitaremos el centro o profesional más cercano a tu domicilio en la práctica o especialidad que necesites (pilates, yoga, taichi, shiatsu, masaje terapéutico, fisioterapia, osteopatía, quiropraxia, rehabilitación del suelo pélvico, homeopatía, etc.)
Test de Intolerancia Alimentaria: El Test A-100 te ayudará a saber si tus dolencias son consecuencia de la ingestión de determinados alimentos, para poder eliminarlos de tu dieta. El Test A-200 realiza la prueba sobre 200 alimentos.
Desde avantsalud queremos contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas de avanzada edad y/o con discapacidades. Por ello, ofrecemos los servicios necesarios para que tanto ellas, como su núcleo familiar, estén bien atendidos ante situaciones con un cierto grado de dependencia de terceros.
Nuestros servicios dan respuesta a las necesidades de estas personas, promocionando su autonomía y mejorando la integración en su entorno social y familiar; proporcionando la seguridad y tranquilidad que necesitan, y siendo una alternativa rentable y eficaz al ingreso, a veces innecesario, en instituciones o centros y contribuyendo a que puedan permanecer en su domicilio habitual.
Cómo funciona el Servicio de Atención a Personas Mayores y/o Dependientes
Nos esforzamos para ofrecerte siempre el mejor servicio y hacerte tu día a día más fácil. Por ello desde avantsalud ponemos a tu alcance un servicio de asesoramiento personalizado.
Con tan sólo una llamada, nuestros asesores telefónicos recogerán la consulta que desees plantearnos para que posteriormente un profesional especializado (trabajador social) realice una valoración de tus necesidades, el grado de dependencia, y tu situación personal y familiar.
Recibirás un asesoramiento de calidad sobre aquellos servicios que más se adapten a tu situación, y que acompañaremos con un presupuesto desglosado.
En qué consiste el Servicio de Atención a Personas Mayores y/o Dependientes
Ponemos a tu disposición un Servicio de Asesoramiento Telefónico Gratuito a fin de asesorarte e informarte frente a la problemática sociosanitaria que puedas encontrarte.
Nuestro servicio incluye una valoración de tu situación personal para posteriormente proponerte la solución que más se adapte a tus necesidades (residencia, centro de día, ayuda a domicilio, etc.), así como facilitarte los diferentes recursos disponibles que encontrarás en tu población, ya sean públicos o privados, y además, te proporcionaremos la información necesaria acerca de los trámites a seguir.
Si fuese preciso, un profesional cualificado de avantsalud, realizará una valoración de tu situación, que incluye un asesoramiento personalizado y un presupuesto detallado.
Te ofrecemos un amplio abanico de posibilidades con la máxima calidad de atención y a los mejores precios:
Servicios de ayuda personal a personas mayores o dependientes.
Asistencia.
Atención Personal.
Cuidados físicos.
Tratamientos especializados (Asistencia Sanitaria): prestaciones asistenciales y paramédicas.
Fisioterapeuta a domicilio (coste en euros/sesión)
Psicólogo (coste en euros/sesión)
Podólogo (coste en euros/sesión)
Servicios de atención en el hogar: servicio doméstico de apoyo.
Recursos materiales de soporte: mecanismos destinados a eliminar/disminuir situaciones de riesgo.
Teleasistencia.
Eliminación de barreras arquitectónicas con productos de ayudas técnicas.
Definiciones
nosticada por un médico y haga preciso
un tratamiento médico o quirúrgico.
Enfermedad congénita
Toda enfermedad con la que nace el
Asegurado, por haberse contraído en el
seno del útero materno o por tener un
origen genético.
Enfermedad de larga duración
Procesos patológicos con tendencia a la
cronificación, tales como los accidentes
cerebro-vasculares (ACV), procesos
comatosos, procesos rehabilitadores en
personas de edad avanzada, enfermedades
terminales, etc., con hospitalización
del Asegurado por prescripción facultativa
por un periodo superior a 60 días de
forma continuada en cada año natural.
Es decir, patologías cuyo tratamiento, una
vez superada su fase crítica o aguda,
pasa a ser de carácter paliativo y no curativo.
Enfermedad preexistente
Toda enfermedad del Asegurado contraída
y/o padecida con anterioridad a la
contratación de este seguro.
Hospital
Todo establecimiento autorizado legalmente
para el tratamiento médico o quirúrgico
de enfermedades o lesiones corporales,
atendido permanentemente por
un médico. No se consideran hospitales,
a efectos de esta póliza, los hoteles, residencias
de tercera edad, asilos, casas de
reposo o de convalecencia, balnearios,
instalaciones dedicadas principalmente al
internamiento o tratamiento de enfermedades
crónicas, drogadictos o alcohólicos,
o instituciones similares.
Hospitalización
Se entiende por hospitalización a efectos
de este contrato la permanencia del
Asegurado como paciente en un hospital
por un periodo mínimo de 24 horas.
Hospitalización de carácter sociofamiliar
Asistencia no derivada de patologías
médicas objetivas, por lo tanto no susceptibles
de ingreso en un hospital a juicio
de un médico concertado por el
Asegurador.
Intervención quirúrgica
Toda operación mediante incisión u otra
vía de abordaje interno efectuada por un
médico y que requiere la utilización de
una sala de operaciones.
Médico
Profesional legalmente capacitado y autorizado
para el ejercicio de la medicina en
el lugar en que la practica.
Prótesis
Todo aquél aparato o dispositivo destinado
a reparar artificialmente la falta de un
órgano o parte de él.
Servicio de urgencia domiciliaria
Asistencia en el domicilio del Asegurado
en caso de urgencia prestada por médico
generalista y/o A.T.S./D.U.E.
8 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
El Asegurador asume en los términos y
con los límites que se expresan en estas
Condiciones Generales y en las
Particulares, la asistencia médica y/o quirúrgica,
a nivel nacional, según la práctica
usual, en régimen ambulatorio y/o
hospitalario, de las enfermedades o lesiones
comprendidas en la descripción de
los servicios de la póliza.
El Asegurado podrá acceder a los Centros
Médicos y facultativos que formen parte
del Cuadro Médico puesto a su disposición
por el Asegurador. En el supuesto de
que no exista algún servicio de los recogidos
en la póliza en la provincia de residencia
del Asegurado, le serán facilitados
en otra provincia a elección del
Asegurado.
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Objeto
Sin perjuicio de las limitaciones, exclusiones
y periodos de carencia previstos en
Condiciones Generales y Particulares, el
Asegurador se obliga a prestar los servicios
que se deriven de tratamiento médico
y/o quirúrgico que correspondan a las
siguientes especialidades y servicios:
1. Enfermería
La cobertura de la presente póliza incluye
los servicios ambulatorios y de urgencia
domiciliaria de A.T.S./D.U.E., previa prescripción
médica.
2. Especialidades médicas
2.1. Alergología e inmunología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
enfermedades alergológicas.
No incluye los gastos correspondientes
a las vacunas o autovacunas, que
serán por cuenta del Asegurado.
2.2. Anestesiología y reanimación
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas y toda clase de anestesias
prescritas por un facultativo.
2.3. Angiología y cirugía vascular
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas en el corazón
y vasos sanguíneos.
Se incluye el tratamiento esclerosante de
varices, la microespuma y el láser vascular.
La finalidad terapéutica de estos
tratamientos debe ser confirmada
mediante la aportación de pruebas
diagnósticas.
2.4. Aparato digestivo
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamientos
relacionados con el aparato digestivo.
Cobertura del Seguro
2.5. Cardiología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamientos
derivados de las enfermedades del corazón.
Asimismo, incluye la prevención de riesgos
cardiovasculares en personas mayores
de 40 años.
2.6. Cirugía cardiovascular
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas que afecten al
corazón y/o los grandes vasos.
2.7. Cirugía general y digestiva
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas del aparato
digestivo (incluida la cirugía realizada con
técnica laparoscópica), así como todas
aquellas intervenciones quirúrgicas no
comprendidas en otras cirugías.
2.8. Cirugía maxilofacial
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas maxilofaciales
y las extracciones de cordales.
No incluye la asistencia y los tratamientos
incluidos en las especialidades
de estomatología y de odontología,
salvo los actos médicos previstos en el
Anexo III de este Condicionado
General que sean prestados por los
facultativos incluidos en la Guía Médica
Dental del Asegurador.
2.9. Cirugía pediátrica
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de los menores
de 16 años de edad.
2.10. Cirugía plástica y reparadora
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas e intervenciones quirúrgicas
de cirugía plástica y reparadora para restablecer
lesiones y siempre que las mismas
sean causadas por accidentes
sufridos por el Asegurado durante el
periodo de vigencia del contrato.
Asimismo, se cubre la reconstrucción
cuando sea consecuencia de un carcinoma
de mama y los injertos óseos
de materiales biológicos.
No incluye en ningún caso la cirugía
estética, aún cuando se alegasen
razones puramente psicológicas o
traumatológicas.
2.11. Cirugía torácica
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de la cavidad
torácica.
2.12. Dermatología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
las enfermedades de la piel.
No se incluyen los tratamientos del
cuero cabelludo y de lesiones actínicas
de la piel, ni la dermatoscopia
(mole-max, epiluminiscencia, etc...),
ni el tratamiento dermato-cosmético
con láser.
10 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
2.13. Endocrinología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
las enfermedades de las glándulas endocrinas
y del metabolismo, así como el tratamiento
de la obesidad mórbida.
No se incluyen los tratamientos dietéticos.
2.14. Geriatría
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
las enfermedades propias de la vejez.
No se incluyen los gastos generados
durante la estancia en residencias de
tercera edad o instituciones similares.
2.15. Hematología y hemoterapia
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
las enfermedades de la sangre.
2.16. Medicina general y medicina de
familia
Sin perjuicio de lo establecido para cada
categoría médica en particular, la cobertura
de la presente póliza incluye los servicios
de asistencia médica general, así
como el servicio de urgencia domiciliaria.
2.17. Medicina interna
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
las patologías del adulto.
2.18. Nefrología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
las enfermedades del aparato renal.
Asimismo, se incluye el estudio y tratamiento
de la diálisis crónica.
2.19. Neonatología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y el tratamiento
de las enfermedades del recién nacido
durante su estancia en el centro hospitalario,
siempre que se haya solicitado
su inclusión en la póliza en el plazo
de 30 días desde el nacimiento. En
caso de no solicitar su inclusión en la póliza
en el plazo mencionado, el recién nacido
quedará cubierto por la póliza de su
madre durante un período máximo de
30 días desde su nacimiento. En cualquiera
de los dos casos anteriores, es
requisito imprescindible que el parto
haya sido objeto de cobertura de la
presente póliza.
2.20. Neumología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y el tratamiento
de las enfermedades del aparato respiratorio.
2.21. Neurocirugía
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas del sistema
nervioso.
2.22. Neurología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y el tratamiento
de las enfermedades del sistema nervioso.
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2.23. Obstetricia y ginecología
La cobertura de la presente póliza incluye:
a) La asistencia al parto normal o por cesárea,
incluyendo la anestesia epidural.
b) Los servicios necesarios para la vigilancia
del embarazo por médico tocólogo
y asistencia por éste a los partos,
siempre que éstos sean objeto de
cobertura en la presente póliza.
c) Las enfermedades de los órganos genitales
femeninos.
d) La planificación familiar incluyendo el
control del tratamiento con anovulatorios,
la ligadura de trompas, así como
el coste y colocación de DIU.
e) La interrupción del embarazo, en las
clínicas concertadas autorizadas para
ello y en los casos permitidos por la
legislación vigente.
f) La biopsia de corion, el triple screening
y la amniocentesis. Esta última
cuando la Asegurada tenga más de
35 años o exista un factor de riesgo
conocido.
g) Una revisión ginecológica anual.
h) Las intervenciones ginecológicas por
vía laparoscópica.
i) Las consultas para la detección de problemas
de infertilidad.
j) El reembolso de los gastos incurridos
en la conservación del cordón umbilical,
con el máximo previsto en
Condiciones Particulares, siempre
que el parto hubiera sido objeto de
la cobertura de la presente póliza.
k) El reembolso de las consultas, prestadas
por facultativos ajenos al Cuadro Médico,
de acuerdo con los límites que se fijen
en Condiciones Particulares. Esta
cobertura de reembolso tendrá
vigencia hasta la segunda renovación
de la póliza.
2.24. Oftalmología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de las enfermedades
de los ojos, así como una consulta
anual para la graduación visual.
Asimismo, se incluye la corrección con
Láser Excimer o Lasik de la miopía, hipermetropía
y astigmatismo. En todo caso
el Asegurado abonará al Asegurador,
con carácter previo a la intervención,
una franquicia por el importe especificado
en Condiciones Particulares.
No se incluyen las consultas para la
adaptación de lentes o lentillas.
2.25. Oncología médica
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de enfermedades
tumorales.
2.26. Oncología radioterápica
La cobertura de la presente póliza incluye
el tratamiento de enfermedades tumorales
mediante radioterapia.
2.27. Otorrinolaringología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de las enfermedades
del oído, laringe y conducto nasal.
Se excluyen las prótesis auditivas
(audífonos).
12 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
2.28. Pediatría y puericultura
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
enfermedades de los niños hasta cumplir
los 16 años de edad.
Adicionalmente, se incluye el reembolso
de las consultas prestadas por facultativos
ajenos al Cuadro Médico, de acuerdo con
los límites que se fijen en Condiciones
Particulares. Esta cobertura de reembolso
tendrá vigencia hasta la segunda
renovación de la póliza.
2.29. Proctología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de las enfermedades
relativas al recto.
2.30. Psiquiatría
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio y tratamiento de
enfermedades mentales y nerviosas bajo
prescripción facultativa, con el límite
máximo de consultas previstas en
Condiciones Particulares.
Se excluyen las curas de desintoxicación
y las curas de sueño, así como
los tratamientos de psicoterapia y
psicoanálisis.
2.31. Reumatología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, análisis y tratamiento
de las enfermedades reumáticas.
2.32. Traumatología y cirugía ortopédica
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de los traumatismos
y alteraciones osteoarticulares.
Asimismo, se incluye la cirugía artroscópica,
la nucleotomía percutánea y la quimionucleolisis.
2.33. Urología
La cobertura de la presente póliza incluye
las consultas, el estudio, el tratamiento e
intervenciones quirúrgicas de las enfermedades
del aparato urinario incluyendo
la litotricia.
Asimismo, se incluye la vasectomía como
planificación familiar, el estudio de la esterilidad
y el diagnóstico de la impotencia.
No se incluye la cirugía realizada
mediante láser verde o KTP.
3. Hospitalización e Intervención
Quirúrgica
La hospitalización se realizará en los centros
concertados por el Asegurador incluyendo la
cobertura de los siguientes conceptos:
3.1. Gastos por honorarios de médicos,
de ayudantes, de anestesistas, de ATS,
de DUE, por utilización de quirófano, por
medicamentos o por cualquier otro servicio
médico prestado durante la hospitalización
o intervención quirúrgica.
3.2. Gastos por estancia hospitalaria en
habitación individual con cama para un
acompañante.
3.3. Gastos por internamiento psiquiátrico,
con el límite máximo de días de hospitalización
previsto en Condiciones
Particulares.
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3.4. Gastos por estancia hospitalaria en
Unidades de Vigilancia Intensiva (U.V.I.)
o en Unidades de Cuidados Intensivos
(U.C.I.).
3.5. Gastos por estancia del recién nacido
en incubadora.
No obstante, no se incluye la cama de
acompañante en los supuestos de
hospitalización en Unidades de
Vigilancia Intensiva (U.V.I.) o
Unidades de Cuidados Intensivos
(U.C.I.), de hospitalización psiquiátrica
y de estancia del recién nacido
en incubadora. En ningún caso se
cubren los gastos correspondientes a
uso de teléfono, televisión, cafetería,
manutención del acompañante o
cualquier otro no directamente relacionado
con el tratamiento de la
enfermedad o accidente.
4. Medios de diagnóstico
La presente póliza incluye, previa prescripción
facultativa, los siguientes
medios de diagnóstico:
4.1. Análisis clínicos, anatomopatológicos
y biológicos.
La cobertura de la presente póliza incluye
las siguientes pruebas:
- Bioquímica
- Hematología
- Microbiología
- Parasitología
- Citopatología
- Anatomía patológica quirúrgica
- Cariotipos
- Inmunohistoquímica
No se incluyen los test de intolerancia
alimentaria.
4.2. Radiodiagnóstico
La cobertura de la presente póliza incluye
los siguientes medios de radiodiagnóstico:
- Radiología general, digestiva, ortopantomografías
y telerradiografías laterales
realizadas en hospitales y centros
de radiología.
- Ecografía.
- Mamografía.
- Scanner (TAC).
- Resonancia Magnética (RMN).
- Angiografía.
- Arteriografía digital.
- PET.
- Densitometría ósea.
- Radiología intervencionista o invasiva.
La cobertura de la presente póliza
incluye los medios de contraste que
hayan sido suministrados por el
Centro Médico concertado por el
Asegurador que haya realizado la
prueba.
4.3. Cardiología
La cobertura de la presente póliza incluye
los siguientes medios de diagnóstico en la
especialidad de cardiología:
- Electrocardiograma.
- Holter TA y Holter ECG.
- Prueba de esfuerzo (Ergometría).
- Ecocardiograma y Eco-doppler.
- Hemodinámica.
- Estudios Electrofisiológicos.
14 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
4.4. Neurofisiología Clínica
La cobertura de la presente póliza incluye
los siguientes medios de diagnóstico en la
neurofisiología clínica:
- Electroencefalograma.
- Electromiograma.
- Potenciales evocados.
- Polisomnografía (estudio del sueño)
4.5. Endoscopias
La cobertura de la presente póliza incluye
los servicios de endoscopia.
No se incluye la endoscopia en píldora.
4.6. Urodinámica
La cobertura de la presente póliza incluye
los servicios de urodinámica.
4.7. Medicina Nuclear
La cobertura de la presente póliza incluye
los siguientes medios de diagnóstico en la
medicina nuclear:
- Gammagrafía
- Tratamiento con isótopos radiactivos.
5. Otros servicios
5.1. Ambulancias
La cobertura de la presente póliza incluye
los traslados en ambulancia terrestre o
UVI móvil terrestre, siempre que, siendo
prescritos por un facultativo, se
hayan realizado con ocasión de la
hospitalización del Asegurado o en
situaciones de urgencia hospitalaria.
5.2. Logopedia y foniatría
La cobertura de la presente póliza incluye
el tratamiento de la logopedia y foniatría
cuando tengan por causa una intervención
quirúrgica o una enfermedad
sobrevenida, con el límite máximo
previsto en Condiciones Particulares.
5.3. Matronas
La cobertura de la presente póliza incluye
servicio de matrona en la asistencia al
parto en Sanatorio, Clínica u
Hospital.
5.4. Podología
La cobertura de la presente póliza incluye
quiropodias, con el límite previsto en
Condiciones Particulares.
5.5. Preparación al parto
La cobertura de la presente póliza incluye
los gastos por asistencia a programas de
preparación al parto.
5.6. Prótesis
La cobertura de la presente póliza incluye
el coste de las siguientes prótesis: válvulas
cardíacas, marcapasos, bypass vascular,
prótesis de cadera, prótesis internas
traumatológicas, las prótesis mamarias
consecuencia de un carcinoma de mama,
injertos óseos, LIO monofocal, stent,
mallas quirúrgicas y port-a-cath.
5.7. Trasplantes
La cobertura de la presente póliza incluye
los gastos que se deriven del trasplante
15
de riñón, de medula ósea y de córnea que
se realicen en los centros sanitarios debidamente
autorizados.
El Asegurador no se hará cargo de la
obtención y localización de los órganos
para trasplante ya que debe ser el equipo
médico que realizará la intervención,
a través de la Organización Nacional de
Trasplantes, quien realizará las gestiones
necesarias para su consecución,
siendo éstas de carácter gratuito.
6. Tratamientos especiales
Son objeto de la cobertura de la presente
póliza, siempre que hayan sido
prescritos por un facultativo del
Cuadro Médico, los gastos derivados de
los siguientes tratamientos especiales:
6.1. Aerosolterapia, ventiloterapia y oxigenoterapia
La cobertura de la presente póliza incluye
los servicios de aerosolterapia, ventiloterapia
y oxigenoterapia a domicilio, siendo
la medicación a cargo del Asegurado.
6.2. Diálisis y riñón artificial
La cobertura de la presente póliza incluye
los tratamientos de diálisis y riñón artificial
tanto en procesos agudos como crónicos.
6.3. Fisioterapia y tratamientos de rehabilitación
La cobertura de la presente póliza incluye
los tratamientos, con fines curativos, de
rehabilitación y fisioterapia, prescritos por
un médico, siempre que deriven de
enfermedad o accidente cubiertos por
la presente póliza, con los límites previstos
en Condiciones Particulares.
No se incluye la rehabilitación acuática.
6.4. Radioterapia
La cobertura de la presente póliza incluye
los servicios de radioterapia y los tratamientos
con acelerador lineal y la radioneurocirugía.
6.5. Quimioterapia
La cobertura de la presente póliza incluye
el coste de los medicamentos citostáticos
y la medicación coadyuvante de los mismos
que se expendan en el mercado
nacional y estén autorizados por el
Ministerio de Sanidad y Consumo.
6.6. Tratamiento del dolor
La cobertura de la presente póliza incluye
las técnicas diagnósticas y terapéuticas
para el tratamiento sintomático paliativo
del dolor.
7. Urgencias
La cobertura de la presente póliza incluye
durante su vigencia la asistencia médica
y/o quirúrgica de carácter vital e inaplazable,
entendiéndose por tal aquella
situación en la que la demora por
más de 6 horas en la realización de la
intervención o tratamiento ponga en
peligro la vida del Asegurado. En este
caso no resultan aplicables los periodos
de carencia.
La asistencia se prestará en los centros
de urgencia que se indiquen en el Cuadro
Médico. En caso justificado se facilitará el
servicio a domicilio por los servicios permanentes
de guardia, únicamente en
aquellas poblaciones en que el Asegurador
tenga concertado dicho servicio.
16 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
Quedan formalmente excluidos de la
cobertura los siguientes conceptos:
- Los gastos que deriven de enfermedades,
lesiones, defectos o deformaciones
preexistentes, salvo que
hayan sido declarados en el cuestionario
de salud y el Asegurador haya
aceptado expresamente su cobertura
en Condiciones Particulares.
- Los gastos de farmacia en régimen
ambulatorio, así como el correspondiente
a las vacunas, los tratamientos
desensibilizantes y los tratamientos
dietéticos.
- La hospitalización de carácter sociofamiliar,
así como la hospitalización
por enfermedad de larga duración
cuando no exista posibilidad de
curación. A esos efectos no se
entenderá por curación la hospitalización
cuya finalidad sea el mantenimiento
y/o la mejoría.
- Los honorarios de facultativos o de
otros profesionales ajenos al
Cuadro Médico, excepto los de facultativos
cuyas consultas quedan expresamente
incluidas en la presente póliza
a través de reembolso de gastos.
- Los gastos de pruebas complementarias
y tratamientos realizados o
prescritos por facultativos ajenos
al Cuadro Médico, excepto los prescritos
por facultativos cuyas consultas
quedan expresamente incluidas en la
presente póliza a través de reembolso
de gastos.
- Los gastos de estancias en clínicas
no concertadas.
- La asistencia de urgencia en clínicas
no concertadas para tal cometido,
excepto supuestos de urgencia de
carácter vital e inaplazable, en cuyo
caso el Asegurador se hará responsable
de los gastos médico-asistenciales ocasionados
en centros privados, debiendo
el Asegurado comunicarlo en el
plazo de 72 horas con el fin de trasladarle
a uno de los centros que tenga
concertados, siempre que su situación
clínica lo permita.
- Los gastos de desplazamiento para
recibir asistencia en la misma o
distinta provincia del Estado español
o en el extranjero.
- Los tratamientos de reproducción
asistida en cualquiera de sus formas,
como por ejemplo, inducción
ovular, inseminación artificial, fertilización
"in vitro" o técnicas de
microcirugía para tratamiento de la
esterilidad.
- El material ortoprotésico externo,
las prótesis externas y los tratamientos
podológicos correctores.
- Los procedimientos diagnósticos no
contrastados científicamente, los tratamientos
de acupuntura, organometría
y "otras terapias alternativas".
- El tratamiento y pruebas diagnósticas
de alcoholismo crónico, drogadicción
y el uso de psicofármacos,
17
Exclusiones
estupefacientes o alucinógenos, así
como enfermedades o accidentes
que traigan causa de ellos.
- Los honorarios por tratamientos o
diagnósticos en balnearios, curas de
reposo o similares, aún cuando
hayan sido prescritas por un médico.
- Los gastos derivados del Síndrome
de Inmunodeficiencia Adquirida
(SIDA) y de las enfermedades que
del mismo se deriven.
- La tentativa de suicidio, la mutilación
voluntaria, cualquier accidente
causado por mala fe o intencionadamente
por el Asegurado, así
como su participación en riñas o en
actividades delictivas.
- Los gastos originados por la práctica
profesional de cualquier deporte.
- Las enfermedades o accidentes
derivados de guerras, actos de
terrorismo o de carácter político y
social, así como las epidemias
declaradas oficialmente.
- Los test genéticos que tengan por
finalidad conocer la predisposición
del Asegurado o de su descendencia
a padecer ciertas enfermedades
relacionadas con el mapa genético.
18 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
Periodos de Carencia
Se establecen los periodos de carencia,
reflejados en Condiciones Particulares,
para los servicios o especialidades
que se indican a continuación:
1. Para la hospitalización e intervenciones
quirúrgicas.
2. Para los siguientes medios de diagnóstico
de alta tecnología:
- Cariotipos
- Scanner (TAC).
- Resonancia Magnética (RMN).
- Angiografía.
- Arteriografía digital.
- PET.
- Radiología intervencionista.
- Polisomnografía.
- Medicina nuclear.
3. Para la planificación familiar.
4. Para los tratamientos especiales recogidos
en el apartado 6 del epígrafe
COBERTURA DEL SEGURO de la presente
póliza.
5. Para los gastos derivados del parto. En
ningún caso estarán incluidos los
gastos ginecológicos y obstétricos
incurridos por una asegurada cuyo
parto no quede cubierto por la presente
póliza.
Se exonerará de estos periodos de carencia
a la asistencia médica y/o quirúrgica
por accidente o en caso de urgencia de
carácter vital e inaplazable.
1. El Asegurador pondrá el Cuadro Médico
a disposición del Tomador y de los
Asegurados, en el momento de suscribir
esta póliza. El Cuadro Médico incluirá
los hospitales, clínicas, médicos,
A.T.S./D.U.E., laboratorios de análisis y
cualquier otro centro o profesional
necesarios, para prestar los servicios
médicos incluidos en las coberturas de
esta póliza.
2. El Asegurador proporcionará a cada
Asegurado una tarjeta sanitaria, que
podría incluir una fotografía digital del
Asegurado. Esta tarjeta sanitaria es propiedad
del Asegurador y su uso es personal
e intransferible por el Asegurado. El
Asegurado deberá comunicar inmediatamente
la pérdida o sustracción
de la tarjeta en un plazo de 72 horas,
para su anulación por el Asegurador.
El Asegurador no será responsable
por el uso indebido o fraudulento de
la tarjeta en tales supuestos. El
Asegurado deberá devolver en un
plazo de 72 horas la tarjeta sanitaria
en el momento de su baja o en el que
quede resuelta esta póliza de seguro.
3. El Asegurado se obliga a presentar
la citada tarjeta sanitaria al requerir
del Cuadro Médico, cualquiera
de los servicios médicos cubiertos
por esta póliza. El Asegurador liquidará
directamente la totalidad de los
gastos correspondientes a la utilización
de tales servicios, quedando exonerado
de efectuar reembolso alguno
de los gastos que el Asegurado
hubiera podido satisfacer por no
presentar su tarjeta sanitaria, así
como lo que hubiese abonado por
mejoras por él solicitadas y no
comprendidas en los acuerdos firmados
por el Asegurador para la
confección del Cuadro Médico.
4. Los Asegurados o personas que les
representen comunicarán previamente
al Asegurador, cualquier
intervención quirúrgica u hospitalización
del Asegurado en un Centro
del Cuadro Médico a efectos de que se
autoricen los mismos. En los supuestos
de urgencia, ésta comunicación
se realizará en el plazo máximo de
7 días. La comunicación comprenderá
todos los detalles acerca del proceso
determinante de la intervención quirúrgica
u hospitalización y cuantos
datos sean necesarios o requeridos por
el Asegurador.
5. Los medios diagnósticos y tratamientos
especiales que precisan
autorización previa del Asegurador
para su realización por el Cuadro
Médico son los siguientes:
- Análisis clínicos: Cariotipos.
- Radiodiagnóstico: Scanner (TAC),
Resonancia Magnética (RMN),
Radiología Vascular (Angiografía,
Arteriografía Digital, etc.), PET y
Radiología intervencionista.
- Cardiología: Hemodinámica.
- Neurofisiología: todas las técnicas
(Electromiograma, Electroencefalograma,
etc...).
- Medicina Nuclear.
- Diálisis y Riñón Artificial.
19
Cuadro Médico
- Tratamientos de rehabilitación: todas
las técnicas.
- Radioterapia y Quimioterapia.
- La corrección con Láser Excimer o
Lasik de la miopía, hipermetropía
y astigmatismo.
La solicitud de autorización del Asegurado
deberá ir acompañada necesariamente
por la prescripción médica
correspondiente.
6. El Asegurado abonará al Asegurador
una franquicia por cada acto o servicio
médico que reciba del Cuadro Médico.
El importe correspondiente a cada franquicia
será el fijado en las Condiciones
Particulares.
20 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
Procedimiento de Reembolso
1. En el caso de las prestaciones reembolsables
para las especialidades de
ginecología y pediatría hasta la segunda
renovación de la póliza, el reembolso
de los gastos por el Asegurador se
efectuará mediante transferencia bancaria
a la cuenta corriente facilitada
por el Tomador o Asegurado.
2. Para obtener el reembolso de los gastos
cubiertos, el Asegurado deberá
cumplimentar la correspondiente solicitud
de reembolso, según modelo del
Asegurador, a la que se acompañarán
necesariamente las facturas
originales correspondientes, que
deberán reunir los requisitos exigidos
en cada momento por la normativa tributaria
y, en todo caso, incluirán los
datos identificativos de la persona física
o jurídica que ha prestado el servicio
(nombre y apellidos o denominación
social, número de identificación
fiscal, domicilio, número de colegiado y
especialidad médica), del Asegurado
destinatario del servicio (nombre y
apellidos) y del acto médico prestado
(descripción, fecha y coste).
3. El Asegurador, una vez aceptado el
siniestro, deberá efectuar el reembolso
de los gastos al Tomador o Asegurado
dentro de los 40 días siguientes a la
recepción de la solicitud del reembolso.
En caso de mora del Asegurador, respecto
del plazo de 40 días fijado en el
párrafo anterior, el Asegurador abonará
en concepto de indemnización por
mora el pago de un interés anual igual
al del interés legal del dinero vigente
en el momento en que se devengue,
incrementado en el 50 por 100. Estos
intereses se considerarán producidos
por días, sin necesidad de reclamación
judicial.
No obstante, transcurridos 2 años
desde la producción del siniestro, el
interés anual no podrá ser inferior al
20 por 100.
1. La presente póliza de seguro entrará
en vigor en el día indicado en las
Condiciones Particulares y vence el 31
de diciembre siguiente a la suscripción
de la misma. La póliza será renovable
tácitamente por periodos anuales
salvo oposición expresa del
Tomador, Asegurado o Asegurador,
manifestada de forma telemática,
telefónica o por escrito, con una
antelación de al menos 2 meses
respecto al vencimiento de cualquier
anualidad, que coincidirá en
todo caso con el 31 de diciembre de
cada año.
2. Las coberturas de la póliza cesarán
automáticamente al producirse la resolución
del contrato, quedando el
Asegurado sin derecho a la prestación
de los servicios.
3. En todo caso, la presente póliza de
seguro se extinguirá para un
Asegurado:
- A su fallecimiento.
- Si al contratar incurrió en dolo o
culpa grave o en caso de agravación
del riesgo si no lo comunica al
Asegurador, o actuó de mala fe.
- Si no emplea los medios a su
alcance para limitar razonablemente
los costes de la prestación,
pudiendo perder el derecho a la
misma si se comprueba que ha
obrado con mala fe o abuso manifiesto.
- Si no facilita al Asegurador, en
caso de accidente con un tercero
civilmente responsable, la información
y documentación necesarias
para la reclamación que proceda.
4. La extinción de la póliza para un
Asegurado por cualquiera de estos
motivos se producirá en el día de su
ocurrencia o en el día en que el
Asegurador tenga conocimiento de
ellos, no existiendo para el
Asegurado derecho a la devolución
de la prima no consumida en el mes
en el que se hace efectiva.
5. En caso de solicitarse por parte del
Tomador la baja de alguno de los
Asegurados de una póliza, con anterioridad
a su segunda renovación, y como
consecuencia de dicha baja se agravase
el riesgo global, el Asegurador se
reserva el derecho de rescindir la
misma, puesto que, de haber sido
esas las condiciones en el momento
de la suscripción de la póliza, el
Asegurador no habría celebrado este
contrato de acuerdo con su política
de selección de riesgos.
21
Duración del Seguro
22 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
Primas
1. La prima se determinará en el momento
del alta en la póliza, teniendo en
cuenta el número de asegurados incluidos
en la misma, así como sus características
personales declaradas al
Asegurador. Esta prima se recalculará
cuando se produzcan altas o bajas de
asegurados.
2. Esta prima se determinará para cada
anualidad, si bien las Condiciones
Particulares podrán prever su fraccionamiento
mensual, trimestral o semestral,
incluyendo en su caso el correspondiente
recargo. Si la cobertura es
contratada una vez iniciado el año
natural, se prorrateará la prima anual
por los meses que resten hasta el 31
de diciembre.
3. El pago de la prima se realizará
mediante la domiciliación bancaria
facilitada por el Tomador al Asegurador
para efectuar el pago de los recibos
correspondientes.
4. La primera prima o fracción de ésta
será exigible una vez suscrita la presente
póliza de seguro. Si no hubiera
sido pagada por culpa del
Tomador, el Asegurador podrá
resolver la póliza o exigir el pago
de la prima en vía ejecutiva. En
todo caso, si esta prima no hubiera
sido pagada en el plazo de 30 días
desde su emisión, la póliza quedará
resuelta.
5. Transcurrido un mes desde el
impago de cualquier otra prima, el
contrato de seguro quedará en
suspenso, excluyéndose, a partir
de ese momento, la cobertura de
cualquier acto médico o quirúrgico
que pudiese requerir el Asegurado.
Si el Asegurador no reclama el
pago dentro de los 6 meses
siguientes a dicho vencimiento, se
entenderá que la póliza queda
extinguida.
6. Si el contrato no ha quedado resuelto
o extinguido conforme a lo previsto en
los números anteriores, la cobertura
vuelve a tener efecto a las 24 horas del
día en que el Tomador pague la prima.
7. Con anterioridad al 31 de octubre
de cada año, el Asegurador comunicará
al Tomador el importe de las
primas aplicables en la siguiente
anualidad. El Tomador podrá optar,
en caso de discrepancia con las primas
previstas para la siguiente anualidad,
por comunicar al Asegurador su voluntad
de extinguir la póliza de seguro al
vencimiento de la anualidad en curso.
1. El Tomador y cada Asegurado para contratar
la presente póliza, formalizarán
una solicitud de aseguramiento que
incluirá, tanto un cuestionario de salud
como todas aquellas circunstancias personales
por ellos conocidas que puedan
influir en la valoración del riesgo.
La cumplimentación de dicha solicitud
podrá realizarse por el Tomador y
Asegurado de forma telemática, con y
sin firma electrónica, o telefónica o
presencial.
En la misma, el Tomador y cada
Asegurado declararán que:
- Son ciertos y veraces todos los
datos y contestaciones expresados
al Asegurador, no existiendo ocultación
de circunstancias o hechos
que pudiesen influir en la valoración
de los riesgos cubiertos.
- Han sido informados de los extremos
contenidos en el artículo 104
del Reglamento de Ordenación y
Supervisión de los Seguros
Privados y, en su caso, de los artículos
42 y 43 de la Ley de Mediación
de Seguros y Reaseguros
Privados.
- Conocen las Condiciones Generales
y Particulares y aceptan las mismas
y, en concreto, las Cláusulas Limitativas
y Exclusiones Expresas.
- Han sido informados de los extremos
contenidos en la Ley Orgánica
15/1999, de Protección de Datos
de carácter personal, aceptando
que sus datos sean tratados conforme
al contenido de la misma.
En caso de que la cumplimentación de
la solicitud de aseguramiento se realice
de forma telemática y el Tomador
disponga de firma electrónica para
todos los Asegurados mayores de 18
años, la póliza quedará formalizada de
forma inmediata. Si no dispusiera de
firma electrónica la formalización será
inmediata a través del intercambio de
correos electrónicos previsto en la
legislación vigente sobre contratación
electrónica, los cuales serán autentificados
a través de un servicio de sellado
electrónico de tiempo.
En caso de que la cumplimentación de
la solicitud de aseguramiento se realice
de forma telefónica, la póliza quedará
formalizada para el Tomador y los
menores de edad mediante la grabación
y el registro de la llamada. Cada
mayor de edad ratificará sus datos personales
mediante llamada telefónica
para formalizar su incorporación a la
póliza. Los ficheros en los que se registre
la grabación de estas llamadas telefónicas
serán igualmente autentificados
a través de un servicio de sellado
electrónico de tiempo.
23
Derechos y Deberes del
Tomador y Asegurados
En caso de que la cumplimentación de
la solicitud de aseguramiento se realice
de forma presencial, la formalización de
la póliza se realizará por escrito.
2. A la vista del cuestionario de salud
y de todas las circunstancias personales,
el Asegurador comunicará
a cada posible Asegurado la aceptación
de su solicitud de aseguramiento
o, en su caso, la denegación
de la misma.
3. Una vez aceptada por parte del
Asegurador, se le remitirá al Tomador y
a cada Asegurado la documentación
correspondiente a esta póliza, poniéndole
asimismo ésta a su disposición de
forma telemática a través de una clave
de acceso.
4. El Tomador y cada Asegurado, una vez
recibida esta documentación, deberán
comprobar que los datos en ella contenidos
son correctos. En caso de no ser
así, podrán solicitar, en el plazo de un
mes, la rectificación de los errores producidos.
Transcurrido dicho plazo
sin efectuar reclamación alguna,
surtirán efecto las disposiciones
contenidas en las mismas. El
Asegurador deberá rectificar, en el
plazo de un mes, los errores producidos,
lo que podrá conllevar la modificación
de las primas, sin que la modificación
entre en vigor hasta que la mayor
prima, en su caso, se satisfaga.
5. El Asegurado deberá minorar las consecuencias
del siniestro, empleando
los medios a su alcance para el
pronto restablecimiento. El incumplimiento
de este deber liberará al
Asegurador de toda prestación relacionada
con el siniestro.
24 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
Subrogación
El Asegurado deberá facilitar la subrogación
al Asegurador, quien podrá ejercitar
los derechos y las acciones que por razón
del siniestro correspondieran al Asegurado
frente a las personas responsables del
mismo.
El Asegurador no podrá ejercitar en perjuicio
del Asegurado los derechos en que se haya
subrogado. El Asegurado será responsable
de los perjuicios que, en sus actos u
omisiones, pueda causar al Asegurador
en su derecho a subrogarse.
El Asegurador no tendrá derecho a la
subrogación contra ninguna de las personas
cuyos actos u omisiones den origen a
responsabilidad del Asegurado, de acuerdo
con la Ley, ni contra el causante del
siniestro que sea, respecto del
Asegurado, pariente en línea directa o
colateral dentro del tercer grado de consanguinidad,
padre adoptante o hijo
adoptivo que convivan con el Asegurado.
Pero esta norma no tendrá efecto si
la responsabilidad proviene de dolo o
si la responsabilidad está amparada
mediante un contrato de seguro. En
este último supuesto, la subrogación
estará limitada en su alcance de acuerdo
con los términos de dicho contrato.
En caso de concurrencia del
Asegurador y Asegurado frente a tercero
responsable, el recobro obtenido
se repartirá entre ambos en proporción
a su respectivo interés.
25
Indisputabilidad
1. En el supuesto de existencia de reserva
o declaración inexacta en las declaraciones
del Tomador o del Asegurado,
el Asegurador podrá rescindir la
relación contractual en el plazo de
un mes desde que se haya conocido
dicha reserva o inexactitud.
2. Transcurrido el plazo de un año desde
que se hubiera satisfecho la primera
prima o fracción de ésta, el Asegurador
no podrá impugnar la póliza, salvo que
el Tomador o el Asegurado hubieran
actuado con dolo al efectuar las declaraciones
esenciales.
Tributos
Todos los tributos que graven la presente
póliza, y que sean legalmente repercutibles,
serán por cuenta del Tomador.
Extravío o Destrucción
En caso de extravío o destrucción de la
póliza, el Asegurador, a petición del
Tomador del seguro o, en su defecto, del
Asegurado, tendrá obligación de expedir
copia o duplicado de la misma, la cual
tendrá idéntica eficacia que la original.
La petición se hará de forma telemática,
telefónica o por escrito, y el solicitante
se compromete a indemnizar al
Asegurador de los posibles perjuicios
que le irrogue la reclamación de un
tercero.
Todas las comunicaciones derivadas
de la presente póliza deberán hacerse
de forma telemática, telefónica o por
escrito, utilizando los medios de comunicación
tecnológica o tradicional que figuren
en las Condiciones Particulares.
26 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
Comunicaciones
Prescripción
Todas las acciones para el reconocimiento
de los derechos que puedan derivarse
de la presente póliza quedarán extinguidas
en el plazo de 5 años a computar
desde el día en que aquéllos
pudieron ejercerse.
Jurisdicción
La presente póliza de seguro queda
sometida a la jurisdicción española, siendo
juez competente para el conocimiento
de las acciones derivadas del mismo el
del domicilio del Asegurado fijado en
Condiciones Particulares, a cuyo efecto
éste designará un domicilio en España en
caso de que residiese temporalmente en
el extranjero, siendo nulo cualquier pacto
en contrario.
Protección de datos de
Caracter Personal
La entrega de todos los datos personales
facilitados al Asegurador por parte del
Tomador y de los Asegurados es totalmente
voluntaria, pero necesaria para
la formalización de la póliza y el
mantenimiento de la relación contractual.
En cumplimiento de la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal
y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de
diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la Ley
Orgánica 15/1999, el Asegurador informa
al Tomador del seguro y a los Asegurados
de que sus datos serán incorporados a un
fichero de su titularidad para el mantenimiento,
desarrollo y control del contrato
de seguro, así como para la prevención
del fraude.
El Tomador y los Asegurados autorizan a
que el Asegurador se ponga en contacto
con ellos vía mail, teléfono, sms o cualquier
otro medio electrónico equivalente,
con la finalidad de gestionar esta póliza.
Asimismo autorizan expresamente al
Asegurador a utilizar aquellos datos de
salud, o de naturaleza sensible, a los que
tenga acceso, para la adecuada gestión
de esta póliza.
De igual modo, prestan su consentimiento
expreso, para que sus datos puedan
ser cedidos a ficheros comunes, para la
prevención del fraude en el sector asegurador,
y a otras compañías aseguradoras
por motivo de coaseguro o reaseguro, así
como, para el envío del detalle de los servicios
prestados por el proveedor médico
asistencial, para el cumplimiento de las
prestaciones sanitarias previstas en esta
póliza.
Finalmente, autorizan el envío de comunicaciones
publicitarias y/o promocionales,
a su dirección postal, a su dirección
de correo electrónico, o por cualquier otro
medio de comunicación electrónica equivalente.
Para aquellos casos en los que fuera el
Tomador quien facilitase directamente los
datos de los Asegurados al Asegurador, el
Tomador garantiza haber recabado el
consentimiento previo y expreso de los
mismos para la comunicación de sus
datos al Asegurador, informándoles de las
finalidades del tratamiento, cesiones y
demás términos previstos en la presente
cláusula. Cuando esta información
corresponda a menores de edad, el
Tomador garantiza al Asegurador ser el
padre, tutor o representante legal del
menor. A estos efectos, el Tomador será
el único responsable de los datos de
carácter personal de terceros Asegurados
que facilite al Asegurador.
Los Asegurados consienten que el
Tomador conozca sus datos personales
vinculados a la prestación del servicio,
incluido su historial médico. De la misma
forma, el Tomador garantiza haber recabado
el consentimiento expreso de todos los
Asegurados para que conozcan sus datos
personales vinculados a la prestación del
servicio, incluido su historial médico, cuando
éste facilite directamente los datos de
los Asegurados al Asegurador.
El consentimiento del Tomador y de cada
Asegurado se expresará:
- En el caso de contratación telemática,
mediante firma electrónica para todos
los Asegurados mayores de 18 años o,
en caso de no disponer de firma electrónica,
mediante el intercambio de
correos electrónicos autentificados a
través de un servicio de sellado electrónico
de tiempo.
- En el caso de contratación telefónica,
mediante llamadas grabadas y registradas,
las cuáles serán autentificadas
a través de un servicio de sellado electrónico
de tiempo.
- En el caso de contratación presencial,
al firmar la solicitud de aseguramiento.
27
Si un Asegurado concreto no consintiera
la inclusión de sus datos en
estos ficheros o su posterior tratamiento,
el contrato de seguro no
podrá llevarse a efecto respecto del
mismo.
El Tomador y los Asegurados podrán hacer
efectivo el ejercicio de sus derechos de
acceso, rectificación, cancelación y oposición,
mediante petición escrita dirigida al
Asegurador a la Avenida de Burgos 19,
28036 de Madrid, incluyendo en la comunicación
la referencia “Protección de Datos
de Carácter Personal”. De conformidad
con la normativa aplicable en materia de
protección de datos, dicha solicitud deberá
contener los siguientes datos del afectado:
nombre y apellidos, domicilio a efectos de
notificaciones, fotocopia del Documento
Nacional de Identidad o cualquier otro
documento, válido en derecho, que acredite
su identidad y petición en que se concreta
la solicitud.
28 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
29
ANEXO I.
ANEXO II.
ANEXO III.
ANEXO IV.
ANEXO V.
ANEXO VI.
Néctar Salud
Seguro de Asistencia Sanitaria
Anexos a las Condiciones Generales
Asistencia en Viaje
Servicio de Segundo Diagnóstico Internacional
Servicio Odonto-Estomatológico
Otros Servicios Complementarios de Salud
Servicio Médico Telefónico y Telemático
Servico de Consejo Psicológico Telefónico
31
El Asegurador pone a disposición del
Asegurado un servicio de Asistencia en
Viaje, por el que dispondrá, en los viajes
que realice fuera del Territorio
Español, de las coberturas que a continuación
se detallan, siendo el coste
máximo cubierto por esta cobertura
de asistencia en viaje de 6.000 euros
por persona y año.
1. Repatriación o transporte sanitario
del Asegurado enfermo o herido.
Según la urgencia o gravedad del caso y
a criterio del médico, se organizará el
transporte del Asegurado, incluso bajo
vigilancia médica si procede, hasta su
ingreso en un centro hospitalario en
España, cercano a su residencia, o a su
propio domicilio habitual, cuando no
necesite hospitalización. Si el ingreso no
pudiera lograrse en lugar cercano al
domicilio, en su momento se organizará
el subsiguiente traslado hasta la residencia
del Asegurado, si fuera preciso realizarlo
en un medio de transporte especial.
Medio de Transporte:
- Avión sanitario especial para los países
de Europa o aquellos que sean limítrofes
del mar Mediterráneo.
- Avión de líneas regulares, tren o barco.
- Ambulancia.
En caso de afecciones benignas o heridas
leves que no den motivo a repatriación, el
transporte se realizará por ambulancia o
cualquier otro medio, hasta el lugar en
que puedan prestarse los cuidados adecuados.
En ningún caso se sustituirá a los
organismos de socorro de urgencia ni
el Asegurador se hará cargo del coste
de estos servicios.
2. Repatriación o transporte de los
miembros de la familia del Asegurado
enfermo o herido.
Cuando el retorno del Asegurado se
hubiera realizado por cualquiera de las
causas descritas en el apartado anterior, y
ello impida al resto de los acompañantes
siempre que tuvieran condición de cónyuge,
ascendientes (siempre que convivan
en el mismo domicilio que el Asegurado),
o descendientes (en tanto dependan económicamente
de él), continuar su viaje
por los medios inicialmente previstos, se
organizará el transporte para el regreso
de los mismos a su domicilio.
3. Repatriación o transporte de menores
de edad.
Cuando el retorno del Asegurado se
hubiera realizado por cualquiera de las
causas descritas anteriormente, y éste
viajara en la única compañía de hijos
menores de 15 años, se organizará el
desplazamiento, ida y vuelta, de una azafata
o de una persona designada por el
Asegurado, a fin de acompañar a los
menores en el regreso al domicilio.
4. Regreso anticipado por fallecimiento
de un familiar directo del Asegurado.
Si el Asegurado en Viaje, debe interrumpirlo
en razón del fallecimiento de su cónyuge,
ascendiente o descendiente en primer
grado, de hermano o hermana, se
Anexo I. Asistencia en viaje
organizará la entrega de un billete de
tren (primera clase) o avión (clase turista),
desde el lugar en que se encuentre
en tal momento, al de inhumación en
España del familiar fallecido, y un billete
de regreso al lugar donde se encontraba
al producirse tal evento.
5. Desplazamiento de un acompañante
familiar junto al Asegurado hospitalizado.
Si el estado del Asegurado, enfermo o
herido, impide su repatriación o regreso
inmediato y si la hospitalización en el
lugar donde se encuentre debe exceder
de 10 días, se organizará la entrega de:
- Un billete de ida y vuelta de tren (primera
clase) o de avión (clase turista),
que permita a un miembro de la familia
del Asegurado, o persona que éste
designe, acudir al lado del hospitalizado.
- De producirse la hospitalización en el
extranjero, se abonará además, contra
los justificantes oportunos, los gastos
de estancia de esta persona hasta
60 euros por día, sin que el total
pueda exceder de 600 euros.
6. Repatriación o transporte del
Asegurado fallecido.
En caso de defunción del Asegurado, se
organizará el transporte del cuerpo,
desde el lugar del óbito hasta el de su
inhumación en España, así como del
regreso hasta su domicilio de las otras
personas que lo acompañan, siempre que
tengan condición de cónyuge, ascendientes
(siempre que convivan en el mismo
domicilio del Asegurado), o descendientes
(en tanto dependan económicamente
del Asegurado).
Quedan igualmente cubiertos los gastos
del tratamiento post-mortem y acondicionamiento
(tales como embalsamamiento
y ataúd obligatorio para el traslado), conforme
a requisitos legales, hasta un
límite de 900 euros.
En cualquier caso, el coste del ataúd
habitual y los gastos de inhumación y
de ceremonia, no son a cargo del
Asegurador.
7. Inmovilización en un hotel del
Asegurado enfermo o herido.
Si el Asegurado enfermo o herido no
puede regresar, por así estimarlo el médico
que lo trate, se organizará la prórroga
de estancia en el hotel hasta una cantidad
de 60 euros diarios y con un total
máximo de 600 euros.
8. Envío de medicamentos al extranjero
para el Asegurado enfermo o herido.
Se gestionará la localización y el envío de
posibles medicamentos que sean de vital
importancia y que no puedan ser obtenidos
en el país donde se encuentre el
Asegurado hospitalizado.
El coste de los medicamentos será
siempre por cuenta del Asegurado.
9. Información sobre asistencia
médica en el extranjero para el
Asegurado enfermo o herido.
Si el Asegurado necesitara acudir particularmente
a la consulta de un médico en el
lugar del país extranjero donde se encuentre,
y éste no dispusiera de la información
suficiente para su localización, se le facilitarán
los datos necesarios para que pueda
acudir a una consulta médica.
32 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
33
10. Intérprete en caso de enfermedad
o accidente en el extranjero.
Si, como consecuencia de enfermedad
grave o accidente ocurrido en el extranjero
cubierto por la póliza, fuera necesaria
la intervención de un intérprete en el
lugar de ocurrencia, se pondrá a disposición
del Asegurado un intérprete.
11. Gastos médicos.
En caso de que, como consecuencia de
enfermedad grave o accidente ocurrido
en el extranjero y cubierto por la póliza,
el Asegurado precisase asistencia médica,
el Asegurador pondrá a su disposición
el profesional o Centro Médico que le
atienda y se hará cargo del coste hasta
el límite máximo cubierto por este
servicio de Asistencia en Viaje.
No comprende este servicio de
Asistencia en Viaje los siguientes
supuestos:
- Las prestaciones que no hayan sido
solicitadas a través de la Central de
Asistencia en Viaje, salvo en caso
de fuerza mayor o de imposibilidad
material demostrada.
- Las recaídas de enfermedades existentes
con riesgo de agravación
brusca y conocidas por el Asegurado
en el momento de iniciar el viaje.
- Los estados patológicos conocidos
por el Asegurado y con antecedentes
médicos, susceptibles de empeoramiento
en caso de viaje.
- Los embarazos. No obstante, hasta el
sexto mes, quedan cubiertos los casos
de complicaciones imprevisibles.
- El rescate de personas en montaña,
mar, desierto u otros lugares de
dificil accesibilidad.
Anexo II. Servicio de Segundo Diagnóstico Internacional
El Asegurador pone a disposición del
Asegurado un servicio de segundo diagnóstico
internacional, por el que podrá
solicitar a través del Asegurador un
segundo diagnóstico de la enfermedad
que padezca, así como recomendaciones
diagnósticas y/o terapéuticas, a los especialistas,
centros asistenciales o académicos
internacionales que a tal efecto el
Asegurador le facilite.
Este servicio cubrirá las siguientes
enfermedades graves:
- Cáncer.
- Enfermedades Cardiovasculares.
- Trasplantes de órganos.
- Enfermedades neurológicas y neuroquirúrgicas,
incluyendo accidentes
cerebrovasculares.
- Insuficiencia renal crónica.
- Enfermedad idiopática de Parkinson
(parálisis agitans).
- Enfermedad de Alzheimer.
- Esclerosis múltiple.
34 Seguro de Asistencia Sanitaria
Condiciones Generales
El Asegurador pone a disposición del
Asegurado en todo el territorio nacional,
un servicio odonto-estomatológico baremado,
por el que podrá acceder a un
Cuadro Médico de odontólogos y estomatólogos
privados y solicitar, sin coste, los
servicios dentales que se especifican a
continuación:
Primeras Visitas
- Examen del paciente para diagnóstico,
plan de tratamiento y presupuesto con
o sin radiografías
- Exámen del paciente para diagnóstico,
con o sin moldes
- Visita de urgencia
- Visita de revisión (revisión dental anual)
Exodoncias
- Extracciones (excluidas piezas incluidas
o que requieran cirugía máxilofacial)
- Retirar puntos
Obturaciones
- Obturaciones provisionales
- Poste prefabricado o retención radicular
(unidad)
- Pins o espigas en dentina (unidad)
- Pulido de amalgama
Periodoncia
- Exploraciones radiográficas
- Análisis oclusal
- Tallado selectivo
Odontología Preventiva
- Fluorizaciones
- Selladores oclusales
- Limpieza de boca (profilaxis sobre periodonto
sano)
- Educación bucal
- Radiología (radiografías intrabucales)
Prótesis
- Composturas de prótesis removibles
- Rebase de prótesis removible
- Rebase resina o similares acondicionadores
provisional en la prótesis removible
- Ajustes oclusales sin montaje en articulador
para prótesis
- Ajustes oclusales con montaje en articulador
con toma de impresiones de
estudio oclusal
Ortodoncia
- Primera visita para reconocer al paciente
( diagnóstico, ppto., plan tratamiento)
Implantología
- Estudio implantológico
- Falso muñón
- Tornillo de cicatrización
- Tornillo de cementación
- Férula quirúrgica
- Férula radiológica
Cirugía Oral
- Frenectomía
- Quistectomía
El resto de servicios dentales requeridos
por el Asegurado a esos profesionales,
los abonará directamente a los
mismos a los precios fijados en la
Guía Médica Dental para este servicio
odonto-estomatológico baremado.
Anexo III. Servicio Odonto-Estomatológico
35
El Asegurador pone a disposición del
Asegurado un cuadro de centros y profesionales
que le prestarán, entre otros, los
siguientes servicios:
- Medicina y cirugía estética.
- Centros de belleza.
- Balneoterapia.
- Naturopatía.
- Psicología y pedagogía.
- Ópticas, ortopedias y prótesis auditivas.
El coste de estos servicios será por
cuenta del Asegurado que abonará
directamente al centro o profesional
los honorarios por los servicios que le
presten, según el baremo de precios
acordados por el Asegurador con
dichos centros o profesionales.
Anexo V. Servicio Médico Telefónico y Telemático
Anexo VI. Servicio de Consejo Psicológico Telefónico
El Asegurador pone a disposición del
Asegurado un servicio médico telefónico
permanente, atendido por médicos de
familia que le asesorarán sobre cualquier
duda o consulta médica.
Asimismo, pone a su disposición, un servicio
médico telemático.
Anexo IV. Otros Servicios Complementarios de Salud
El Asegurador pone a disposición del
Asegurado, un servicio por el que recibirá
el apoyo psico-emocional que precise, a
través de una evaluación psicológica telefónica,
ya sea de carácter inmediato o
programada, de un psicólogo clínico, que
le facilitará de forma personalizada y gratuita,
consejos y orientaciones que no
constituirán en ningún caso un diagnóstico
clínico.
Diccionario de términos
A
ABORTO : Pérdida del producto de la concepción antes de que sea viable. Puede ser espontáneo o natural y artificial o provocado.
ABCESO : Acumulación localizada de pus en una cavidad orgánica.
ACCIDENTE : Lesión corporal sufrida durante la vigencia de la póliza y que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado.
ACUPUNTURA : Práctica terapéutica, tratamiento, de la medicina china. Se realiza mediante el empleo de agujas.
ADENOMA : Tumor epitelial, benigno generalmente.
ADENOPATIA : Inflamación (enfermedad) de los ganglios, especialmente linfáticos.
ADIPOSIS : Obesidad.
AEROSOLTERAPIA : Tratamiento mediante aerosoles.
AFASIA : Defecto o alteración del lenguaje, por lesión cerebral.
AGOTAMIENTO : Debilidad gradual sin lesiones propiamente dichas.
ALBÚMINA : Un tipo de proteína.
ALCOHOLISMO : Intoxicación y/o dependencia del alcohol.
ALERGIA : Alteración de la capacidad de reacción del organismo. Conjunto de fenómenos respiratorios, nerviosos o dérmicos de la piel (eruptivo), producidos por la absorción de ciertas sustancias que dan al organismo una sensibilidad especial ante una nueva acción de dichas sustancias, aún en cantidades mínimas.
ALERGOLOGO : Médico especializado en enfermedades alérgicas. También se llama ALERGISTA.
ALGIA : Dolor.
ALGOLOGO : Médico especialista en el tratamiento del dolor.
ALOPECIA : Calvicie.
AMBULATORIO : Dícese de las enfermedades o tratamientos que no obligan al enfermo a estar o guardar cama.
AMNESIA : Alteración de la memoria.
AMNIOCENTESIS : Punción de la bolsa amniótica a fin de obtener una muestra del liquido amniótico.
AMNIOSCOPIA : Observación directa del feto y del liquido amniótico por medio de un endoscopio introducido a través de la vagina y cuello del útero.
AMNIÓTICO/A : (Líquido y Bolsa) Líquido claro/amarillento que rodea al embrión o feto, contenido en una bolsa (bolsa amniótica o amnios) que con ésta es empujado en el acto del parto, formando la "bolsa de las aguas".
AMPUTACIÓN : Separación espontánea o traumática de un miembro, segmento de extremidad o parte saliente del cuerpo. También denominado Ablación, Exéresis.
ANÁLISIS : Acto de determinar (en cantidad y cualidad), las partes que constituyen una sustancia. Análisis de sangre, orina, esputos, heces,... etc.
ANATOMÍA : Estudio y descripción de la estructura de los cuerpos organizados.
ANATOMÍA PATOLÓGICA : Estudio de las alteraciones (enfermedades) macroscópicas y microscópicas de los órganos.
ANEMIA : Falta de sangre, en general. Clínicamente se considera la disminución de las cifras normales de hemoglobina, glóbulos rojos (hematíes o eritrocitos).
ANESTESIA : Abolición o disminución de la sensibilidad. Se emplea corrientemente este termino para indicar la anulación de la sensibilidad dolorosa; lo que se consigue mediante diferentes fármacos o medicamentos, para de esta forma hacer posibles las intervenciones quirúrgicas (operaciones) o exploraciones. La anestesia puede ser general (afecta a todo el cuerpo), local (se ciñe a una parte determinada del organismo). Merece destacar un tipo de anestesia frecuentemente utilizada en Ginecología (y en otras especialidades), es la llamada Raquianestesia o ANESTESIA EPIDURAL, que es la que se consigue mediante la introducción de fármacos anestésicos en el raquis o médula espinal, consiguiendo anestesias segmentarias del organismo.
ANESTESISTA : Médico especialista en anestesia.
ANGINA : Síndrome caracterizado por sofocación espasmódica.
ANGINA DE PECHO : Afectación cardiaca, caracterizada por dolor torácico, en brazo, sofocación, etc.
ANGINAS : Comúnmente, inflamación de las amígdalas. Amigdalitis.
ANGIOLGIA : Conjunto de conocimientos relativos a los vasos sanguíneos (arterias y venas) y linfáticos.
ANGIÓLOGO : Médico especialista en enfermedades de los vasos sanguíneos y linfáticos.
ANOREXIA : Falta de apetito.
ANTIBIÓTICO : Sustancia antimicrobiana.
APARATO : Conjunto de partes que actúan al unísono para realizar una función. Normalmente va seguido de la función que realizan, p.e. A. DIGESTIVO (relativo a las funciones de la digestión), A. CARDIOCIRCULATORIO (relativo a las funciones propias del corazón y de la circulación sanguínea), A. RESPIRATORIO (relativo a las funciones de la respiración) A. LOCOMOTOR (relativo a las funciones de traslación, músculos, huesos, articulaciones,...).
APÉNDICE : Parte de un órgano que parece estar sobreañadido al mismo. Corrientemente se aplica a parte del ciego, intestino grueso, de forma de gusano, que frecuentemente se inflama ocasionando la APENDICITIS y que precisa intervención quirúrgica.
APNEA : Supresión transitoria de la respiración.
ARRITMIA : Alteración del ritmo, principalmente referido al del corazón.
ARTERIA : Vaso sanguíneo, que distribuye la sangre por el organismo, expelida por el corazón.
ARTERIOGRAFÍA : Radiografía de las arterias después de la inyección de un contraste opaco a los rayos X.
ARTICULACIÓN : Unión de dos o más huesos. Coyuntura.
ARTRITIS : Inflamación de una articulación.
ARTROSCOPIA : Examen directo del interior de las articulaciones por medio de un instrumento denominado ARTROSCOPIO. Se utiliza tanto para diagnosticar como en la actualidad para efectuar intervenciones quirúrgicas de lesiones articulares.
ARTROSIS : Afección crónica de carácter degenerativo de una articulación.
ASMA : Enfermedad caracterizada por ataques de dificultad en la respiración-espiración- (disnea) de duración variable, con tos, sibilancias y sensación de constricción debida al espasmo de los bronquios. Producida por muchas causas, primordialmente por procesos alérgicos (inmunoalérgicos).
ASTENIA : Falta de fuerza.
ATROFIA : Disminución de peso y volumen de un órgano.
AUDIOLOGÍA : Ciencia que estudia los fenómenos del a audición y sus trastornos.
AUDIOMETRÍA : Conjunto de técnicas que se utilizan para medir la audición.
AUSCULTACIÓN : Exploración, audición de sonidos que se producen dentro del cuerpo.
B Volver
BALNEARIO : Establecimiento de baños minerales. Se utiliza para efectuar tratamientos de ciertas enfermedades.
BIOPSIA : Extracción y examen de tejidos u otras materias procedentes del organismo vivo, con fines diagnósticos.
BOCIO : Aumento de tamaño de la glándula tiroides que produce un abultamiento en el cuello.
BRADIACARDIA : Lentitud anormal del latido cardiaco.
BRONCOSCOPIA : Endoscopia (visualización) de los bronquios, mediante el broncoscopio (aparato diagnóstico) que es introducido por la boca.
BRONQUIO : Cada una de las dos ramas principales en que se divide la tráquea.
BUCAL : Relativo a la boca.
BURSITIS : Inflamación de una bolsa (principalmente localizadas en las articulaciones).
BY-PASS : Atajo, camino auxiliar. Técnica utilizada para eludir un segmento vascular (vaso) obturado o disminuido en su calibre. Se efectúa mediante un injerto de arteria, vena o tubo de sustancia plástica.
C Volver
CAMPIMETRIA : Medida del campo visual.
CANCER : Tumor maligno en general.
CARCINOMA : Tumor o neoplasia maligna formada por células epiteliales neoformadas, con capacidad de producir metástasis.
CARDIOLOGÍA : Tratado sobre el corazón y sus funciones.
CARDIÓLOGO : Médico especialista en las enfermedades del corazón.
CARIOTIPO : Presentación de los cromosomas en pares, para su estudio. Se obtiene por medio de una microfotografía.
CATETER : Instrumento tubular quirúrgico para el desagüe de líquidos y/u observación de una cavidad del cuerpo. Sonda.
CATETERISMO : Empleo de un catéter por un conducto o cavidad; exploración de un conducto por medio de un instrumento de forma y dimensiones adecuadas.
CERVICAL : Concerniente o relativo al cuello. Columna cervical, parte de la columna que se encuentra en el cuello.
CESAREA : Extracción del feto mediante intervención quirúrgica que efectúa una incisión abdominal y uterina.
CIRUGÍA : Rama de la medicina que trata las enfermedades y accidentes, por métodos manuales o con la ayuda de instrumentos especiales en un acto llamado operación o intervención quirúrgica. Según la parte o especialidad que se trate así se denomina, p.e. C. CARDIACA (cirugía del corazón); C. MAXILOFACIAL (cirugía de la boca, maxilares y cara); C. TORACICA ( cirugía sobre los órganos intratorácicos),... etc.
CITOLOGÍA : Estudio de las células, estructura y funciones.
CITOSCOPIA : Estudio, visualización de las células existentes en exudados, líquidos, secreciones, sangre, etc.
COMADRONA : Ayudante técnico sanitario que asiste a la mujer en el parto.
CORNEA : Disco transparente, situado en la parte anterior externa del ojo, engastado sobre una estructura ocular denominada esclerótica.
CRIOTERAPIA : Tratamiento mediante el frío.
CROMOSOMA : Nombre de los pequeños cuerpos en forma de bastoncillo en que se divide la cromatina (núcleo celular). Estos se dividen posteriormente longitudinalmente en partes iguales. Su número es constante para cada especie, en el hombre 46 (44 autosómicos y 2 sexuales), y están constituidos por genes.
CURA : Tratamiento a que se somete un enfermo, sea cual sea el resultado. Tratamiento de una herida o lesión, mediante la aplicación de diversas sustancias y materiales.
D Volver
DENSITOMETRÍA : Medición de la densidad (relación entre peso y volumen) de una sustancia.
DENSITOMETRÍA OSEA : Medición de la densidad de los huesos, con relación a la edad y otros factores.
DERMATITIS : Inflamación de la piel.
DERMATOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia la piel y sus enfermedades.
DERMATÓLOGO : Médico especialista en enfermedades de la piel.
DERMATOSIS : Término general para las afecciones de la piel.
DERMATOVENEROLOGO : Especialista en enfermedades de la piel y en enfermedades venéreas (enfermedades de transmisión sexual).
DIABETES : Genéricamente, trastorno del metabolismo de los hidratos de carbono, con aumento de las cifras de glucosa en sangre, aumento de esta en orina, sed, adelgazamiento, etc., este tipo se denomina DIABETES MELLITUS (su evolución es distinta según la edad de aparición, pudiendo precisar en muchas ocasiones tratamiento mediante insulina); Otro tipo de Diabetes es la llamada INSÍPIDA, surgida por afectación de una estructura cerebral (hipotálamo-hipófisis).
DIAGNOSTICO : Identificación de la enfermedad, mediante signos y síntomas de esta.
DIALISIS : Proceso mediante el cual pueden separarse una moléculas o sustancias de otras. Técnica que permite la depuración de la sangre. Se utiliza en enfermos que tienen afectados ambos riñones.
DIETA : Alimentación ordinaria de líquidos y sólidos. Uso razonado de la alimentación con alguna finalidad.
DIETÉTICA : Parte de la medicina que estudia los regímenes alimenticios en relación con la salud y la enfermedad. Se utiliza como tratamiento.
DISPEPSIA : Digestión pesada y laboriosa de carácter crónico.
DOPPLER : En realidad llamado Efecto Doppler. Es el efecto observado cuando a un flujo líquido con partículas en suspensión se le somete a una haz de ultrasonidos. Se utiliza como prueba exploratoria y/o diagnóstica.
DOSIS : Cantidad determinada de un medicamento.
DRENAJE : Procedimiento técnico para dejar asegurada la salida de líquidos y derrames de una herida, abceso o cavidad natural.
DROGA : Sustancia medicamentosa en general. Medicamento simple. Ordinariamente, se emplea este término para designar a los medicamentos deprimentes o estimulantes, denominándose el resto, fármacos. Popularmente y en la actualidad, término utilizado para determinar ciertas sustancias tales como la heroína, cocaína, etc.
DROGADICCIÓN : Adicción o dependencia a las drogas, generalmente a la cocaína, heroína, etc. Lleva consigo la aplicación de tratamientos de desintoxicación.
E Volver
ECOGRAFIA : Obtención de imágenes en dos dimensiones por recepción de ecos rebotados de ondas ultrasónicas. El aparato se denomina ECÓGRAFO y puede ser aplicado al estudio y diagnóstico de diferentes órganos, p.e. corazón (ECOCARDIGRAMA), cráneo-encéfalo (ENCEFALOGRAMA). Igualmente se utiliza muy frecuentemente en Ginecología, para el estudio del desarrollo del embrión y estado de la placenta y cavidad uterina.
ECZEMA : Afectación inflamatoria aguda o crónica de la piel, por múltiples causas y con múltiples lesiones.
EDEMA : Acumulación excesiva de liquido en el tejido celular.
ELECTROCARDIOGRAMA : Siglas E.C.G. Trazado gráfico de las corrientes eléctricas producidas por el músculo cardíaco, con la finalidad del examen de la función cardiaca. El aparato que lo realiza se denomina ELECTROCARDIÓGRAFO.
ELECTROCOAGULACIÓN : Coagulación sanguínea mediante un tipo determinado de corriente eléctrica.
ELECTROENCEFALOGRAMA : Siglas E.E.G. Registro gráfico de los fenómenos que se producen en el encéfalo (cerebro).
ELECTROMIOGRAFIA : Siglas E.M.G. Registro gráfico de las ondas eléctricas producidas por la contracción muscular o la reacción de un músculo antes un estimulo eléctrico.
ELECTRONISTAGMOMETRIA : Registro gráfico (electrográfico) de los movimientos oculares nistagmáticos (Nistagmo = espasmo de los músculos motores del globo ocular que producen movimientos involuntarios en diferentes sentidos).
ELECTROTERAPIA : Parte de la fisioterapia que estudia las formas de tratamientos por la electricidad.
EMBARAZO : Gestación, preñez, "estado de buena esperanza", etc. Periodo comprendido desde la fecundación del óvulo hasta el parto.
EMBOLIA : Obstrucción brusca de un vaso (arteria o vena), por un cuerpo arrastrado por la corriente sanguínea.
EMBOLO : Cuerpo extraño o coágulo que produce embolia.
ENDEMIA : Enfermedad, generalmente infecciosa, que reina constantemente en épocas fijas en ciertos países por influencia de una causa local especial.
ENDOCRINOLOGIA : Estudio de las glándulas de secreción interna.
ENDOCRINOLOGO : Médico especialista en endocrinología.
ENDODONCIA : Tratamiento de los conductos radiculares de una pieza dentaria.
ENDOPROTESIS : Prótesis interna.
ENDOSCOPIA : Examen o inspección directa de una cavidad o conducto del cuerpo mediante instrumentos adecuados (endoscopio). Puede ser diagnóstica y/o terapéutica (esta última se emplea para efectuar tratamiento).
ENDOSCOPIO : Término general para los instrumentos que se utilizan para visualizar una cavidad, víscera hueca o conducto. Se denominan según el órgano a explorar.
ENEMA : Inyección de líquido en el recto. Enema OPACO, inyección de solución de bario para la realización de una radiografía.
ENFERMEDAD : Alteración o desviación del estado fisiológico en una o varias partes del cuerpo. Toda alteración involuntaria de la salud cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuada por un médico legalmente reconocido.
ENZIMA : Sustancia capaz de provocar o acelerar ciertas reacciones químicas, sin sufrir ninguna modificación ella.
EPIDEMIA : Enfermedad accidental, transitoria, generalmente infecciosa, que ataca al mismo tiempo y en una misma región a gran número de personas.
EPITELIO : Capa celular que envuelve todas las superficies externas e internas del organismo.
ESCAYOLA : Sustancia que se utiliza para inmovilizar miembros tras una fractura ósea. Previamente a su empleo se baña para poderla moldear a la parte que se desea aplicar.
ESFÍNTER : Músculo (grupo muscular), en forma de anillo que cierra un orificio natural.
ESGUINCE : Torcedura o distensión violenta de una articulación, que puede llegar a la rotura de algún ligamento o de fibras musculares próximas.
ESPASMO : Contracción involuntaria de un músculo o grupo muscular.
ESPIRTOMETRIA : Medición de la capacidad respiratoria de los pulmones.
ESPLENECTOMIA : Extirpación del bazo. ESPLEN/ESPLENO, prefijos con la significación de Bazo.
ESTENOSIS : Estrechez patológica de un orificio o conducto.
ESTERILIDAD : Calidad de estéril. Imposibilidad de procrear, infecundo.
EMPASTE : Pasta que se utiliza para rellenar el hueco de un diente o muela, producido normalmente por una carie.
F Volver
FÁRMACO : Medicamento, droga.
FECUNDACIÓN : Impregnación (unión-fusión) del óvulo maduro por el espermatozoide.
FECUNDACIÓN : "IN : VITRO": La experimental, extracorpórea, conseguida en laboratorio.
FÉRULA : Tablilla (madera, hierro, plástico, cartón,...), rígida o flexible, que se aplica para mantener en su posición partes móviles o desplazadas, especialmente huesos fracturados o luxados.
FETO : Producto de la concepción desde el tercer mes hasta el parto.
FIMOSIS : Estrechez natural o congénita de la abertura del prepucio, resultando imposible descubrir el glande.
FISIOTERAPIA : Empleo de agentes físicos: luz, color, aire, agua, ejercicios físicos, etc. en el tratamiento de las enfermedades.
FÍSTULA : Trayecto patológico que pone en comunicación anormal dos órganos entre sí o con el exterior.
FLUORESCEINGRAFIA : Procedimiento de coloración del fondo ocular, tras la inyección de fluoresceína (colorante), obteniendo imágenes indicadoras de la dinámica circulatoria y de las estructuras del segmento anterior del fondo ocular.
FONOCARDIOGRAMA : Registro gráfico de los ruidos del corazón.
FRACTURA : Solución de continuidad en un hueso, producido traumáticamente o espontáneamente. (Rotura). Pueden ser abiertas (con herida exterior) o cerradas, completa, incompleta o conminuta (el hueso queda reducido a fragmentos o esquirlas).
G Volver
GAMMAGRAFIA : Técnica radiológica basada en la obtención de imágenes tras la administración de sustancia radioactiva que se fija en un órgano o estructura y emite posteriormente centelleos (radiaciones), que son captados y contados por un instrumento adecuado.
GÁSTRICO : Relativo al estómago.
GASTRITIS : Inflamación aguda o crónica de la mucosa gástrica del estómago.
GEN : Unidad de material hereditario que ocupa un "lugar" en un cromosoma.
GENOTIPO : Constitución fundamental hereditaria de un organismo que resulta de una combinación particular de genes. Especie tipo de un genero.
GERIATRA : Médico especializado en las enfermedades de la vejez.
GERIATRIA : Parte de la medicina que estudia las enfermedades de la vejez.
GINECOLOGÍA : Rama de la medicina que estudia y trata de la mujer y de las enfermedades que le son propias, principalmente las sexuales.
GINECÓLOGO : Médico especialista en ginecología.
GOTA : Estado morboso, enfermedad, aguda o crónica que se caracteriza por la elevación del ácido úrico y derivados de la sangre y por los ataques dolorosos inflamatorios, principalmente nocturnos y localizados en las articulaciones (del dedo gordo del pie en particular).
H Volver
HEMATOLOGIA : Suma de conocimientos relativos a la sangre.
HEMATÓLOGO : Médico especialista en el estudio y tratamiento de las enfermedades de la sangre.
HEMATURIA : Existencia de sangre en la orina emitida (emisión de sangre con la orina).
HEMIPLEJIA : Parálisis de un lado del cuerpo.
HEMODIÁLISIS : Separación de las sustancias difusibles de la sangre circulante de un animal o del organismo humano. Técnica de depuración sanguínea extrarrenal.
HEMODINÁMICA : Estudio de los movimientos de la sangre y de las fuerzas que los impulsan.
HEPATITIS : Inflamación del hígado.
HEPATOLOGÍA : Tratado de los conocimientos relativos al hígado.
HEPATÓLOGO : Médico especialista en el estudio y enfermedades del hígado.
HERNIA : Tumoración formada por la protusión, salida o deslizamiento de un órgano a través de una abertura natural o accidental y de las capas que le cubren. Pueden ser: inguinales, discales, de hiato... etc.
HIPERTENSIÓN : Aumento de la presión sanguínea. Su contrario es la HIPOTENSIÓN.
HISTEROSALPINGOGRAFIA : Radiografía del útero y de las trompas, previa inyección de sustancia opaca.
HOLTER : Se entiende como tal a la monitorización continua ambulatoria. Puede ser de tensión arterial y de registro electrocardiógrafo (para control y diagnóstico de arritmias e isquemia silente).
HOSPITAL : Todo establecimiento público o privado legalmente autorizado para el tratamiento médico de enfermedades o lesiones corporales, provisto de los medios para efectuar diagnósticos, intervenciones quirúrgicas e internamiento superior a 24 horas. Dicho establecimiento debe estar atendido por un médico las 24 horas del día y en el que los tratamientos que se ofrezcan sean dados por personal médico cualificado y en donde sólo se admitan personas enfermas o lesionadas. No se consideraran como hospitales a efectos de la póliza, los hoteles, asilos, casas de reposo o convalecencia, balnearios, clínicas neuro-psiquiátricas, instalaciones dedicadas principalmente al internamiento y/o tratamiento de enfermedades crónicas, tratamientos de drogadicción o alcoholismo e instituciones similares.
HOSPITALIZACION : Se producirá cuando una persona figure registrada en un hospital y permanezca en él un mínimo de 24 horas.
I Volver
INFARTO : Supresión súbita del riesgo sanguíneo por obstrucción de los vasos sanguíneos y sus consecuencias posteriores. Infarto de MIOCARDIO, el fenómeno expresado, pero referido al músculo cardíaco (miocardio), en el que se obstruyen las arterias coronarias.
INFECCION : Implantación y desarrollo en el organismo de seres vivientes patógenos y la acción morbosa que desarrollan éstos, así como la reacción ante ello.
INFESTACION : Es la infección producida por agentes parásitos macroscópicos (visibles).
INFILTRACIÓN : Acumulación o depósito de una sustancia en un tejido. Se puede efectuar médicamente buscando fines beneficiosos, terapéuticos.
INFLAMACIÓN : Estado complejo que desarrolla el organismo ante un agente irritante o infeccioso. Se caracteriza por los siguientes síntomas: dolor, tumor (hinchazón), calor y rubor.
INJERTO : Acción y efecto de implantar en la piel o en otro tejido del cuerpo un trozo de tejido para reparar una pérdida de sustancia o mejorar las condiciones del área lesionada.
INMOVILIZACIÓN : Supresión temporal de la movilidad de una articulación.
INMUNIDAD : Defensa o insensibilidad relativa a una persona o a un animal ante una infección o para los efectos nocivos de ciertas sustancias.
INMUNOLOGIA : Parte de la medicina que busca la inmunidad.
INSEMINACIÓN : Siembra. Fecundación de óvulo. Introducción del semen en la vagina. Puede ser natural o artificial (esta última mediante instrumentos).
INSULINA : Hormona segregada por el páncreas, que actúa en el metabolismo del azúcar. Se utiliza para el tratamiento de los diabéticos, al reducir las cifras del azúcar en sangre.
INTERVENCION : (Quirúrgica) : Toda operación mediante incisión u otra vía de abordaje interno efectuado por un profesional sanitario autorizado con fines terapéuticos. Intervención urgente, aquella cuya demora pueda significar un grave peligro grave e inmediato para la vida de la persona o su capacidad funcional.
INVALIDEZ : Incapacidad por enfermedad o lesión.
IRRADIACIÓN : Efecto de irradiar. Utilización de rayos con efectos terapéuticos.
ITIS : Sufijo que denota inflamación.
J Volver
JAQUECA : Cefalea, dolor de cabeza, también llamada migraña. Sus causas son múltiples y variadas.
K Volver
KOCH : Bacilo : de, Agente causante de la tuberculosis.
L Volver
LAPAROTOMIA : Incisión y apertura de la cavidad abdominal.
LAPAROSCOPIA : Examen visual (por endoscopia) de la cavidad peritoneal (abdominal).
LASER : Tipo de rayo lumínico (de luz).
LASERTERAPIA : Aplicación del láser con fines terapéuticos.
LEGRADO : Raspado. Normalmente se aplica a esta acción cuando se efectúa en el útero tras un aborto.
LESION : Daño.
LEUCEMIA : Enfermedad neoplásica, cancerosa de los órganos formadores de las células sanguíneas.
LEUCOCITO : Célula sanguínea. Glóbulo blanco.
LIBIDO : Instinto sexual.
LIGADURA : Uso de hilo de diferentes materiales utilizado para atar, unir o fijar u vaso o tejido. Igualmente se aplica a la obstrucción por medio de hilo para obstruir la liza de un vaso o conducto, p.e. de trompas a fin de evitar que el espermatozoide alcance el óvulo.
LIGAMENTO : Cinta, fascículo o membrana fibrosa y densa que sirve de unión entre los huesos o cartílagos (en las articulaciones).
LITIASIS : Formación de cálculos, principalmente en vías biliares, urinarias.
LUXACIÓN : N Dislocación permanente de una parte, principalmente, frecuentemente de las superficies articulares de los huesos.
M Volver
MAGNETOTERAPIA : Tratamiento de las enfermedades mediante imanes.
MALFORMACIÓN : Anomalía, deformidad, especialmente congénita.
MAMOGRAFÍA : Radiografía de la mama.
MARCAPASOS : Aparato de pequeño tamaño capaz de proporcionar al corazón la excitación eléctrica que precisa.
MEDIASTINO : Espacio del cuerpo humano comprendido entre ambas pleuras de la línea media de la caja torácica.
MEDICINA : Arte y ciencia de conocer y tratar las enfermedades. También se entiende como medicamento.
MÉDICO : Doctor o licenciado en medicina y/o cirugía, que se halla legalmente autorizado para profesar y ejercer la medicina.
MENISCO : Cartílago interauricular, de forma semilunar.
MENOPAUSIA : Cese natural de la menstruación.
MENSTRUACIÓN : Fenómeno fisiológico de la vida sexual femenina, por el cual se elimina periódicamente parte de la mucosa del útero con flujo sanguíneo y moco.
METABOLISMO : Conjunto de reacciones físicas, químicas y biológicas que en los organismos vivos experimentan las sustancias en ellos introducidas o las que en ellos se forman.
METASTASIS : Aparición de uno o más focos patológicos secundarios a otro primitivo o inicial, con o sin desaparición de este, en regiones alejadas. Se aplica normalmente a procesos neoplásicos, cancerosos.
METEORISMO : Distensión del abdomen por gases existentes en el tubo digestivo.
MICCIÓN : Emisión de orina.
MICROCIRUGIA : Técnica quirúrgica que precisa para su realización del uso de microscopio.
MIELOGRAFIA : Radiografía de la médula espinal, tras inyección de contraste, sustancia, opaca.
MIOPIA : Cortedad de vista.
MONITORIZACIÓN : Registro permanente de ciertos signos fisiológicos mediante un monitor (aparato electrónico).
MONITORIZACIÓN : FETAL : Control electrónico del parto y períodos previos al mismo.
MÚSCULO : Nombre de los órganos carnosos productores de movimientos en los animales, caracterizados principalmente por la capacidad de contracción.
N Volver
NASAL : Relativo a la nariz.
NECROSIS : Mortificación de un tejido. Gangrena.
NEFRECTOMIA : Ablación, extirpación de un riñón.
NEFROLOGIA : Tratado y estudio del riñón y sus enfermedades.
NEFROLOGO : Médico especialista en las enfermedades del riñón.
NEONATAL : Recién nacido. Neonato.
NEONATOLOGIA : Parte de la medicina que estudia y trata las enfermedades y alteraciones de los recién nacidos.
NEONATOLOGO : Médicos especialista (pediatra) en recién nacidos.
NEUMOLOGIA : Estudio y/o tratado de las enfermedades de los pulmones y vías respiratorias.
NEUMOLOGO : Médico especialista en las enfermedades pulmonares y de las vías respiratorias.
NEUMONIA : Inflamación del tejido pulmonar. (Pulmonía).
NEUMOTORAX : Acumulación de aire en la cavidad pleural.
NEURITIS : Inflamación de un nervio.
NEUROCIRUGIA : Cirugía del sistema nervioso.
NEUROCIRUJANO : Médico especialista en cirugía del sistema nervioso.
NEUROFISIOLOGÍA : Fisiología (estudio de la dinámica) del sistema nervioso.
NEUROLOGO : Médico especialista en enfermedades del sistema nervioso.
NÓDULO : Pequeña eminencia de una superficie. Protuberancia.
O Volver
OBESIDAD : Acumulación excesiva de grasa en el cuerpo, con la consiguiente elevación de peso.
OBSTETRA : Médico especialista en Obstetricia.
OBSTETRICIA : Rama de la medicina que trata el embarazo o gestación, parto y puerperio. TOCOLOGÍA.
OCULAR : Relativo o perteneciente al ojo.
ODONTOLOGÍA : Estudio de los dientes, sus enfermedades y su tratamiento.
ODONTOLOGO : Médico especialista en Odontología.
ODONTORRADIOGRAFIA : Radiografía de los dientes.
OFTALMO : Prefijo de ojo.
OFTALMOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia al ojo, sus enfermedades y tratamiento.
OFTALMOLOGO : Médico especialista en las enfermedades de los ojos y su tratamiento.
OLIGOFRENIA : Deficiencia, retraso mental.
ONCOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia y trata lo relativo a los tumores.
ONCOLOGO : Médico especialista en tumores, su diagnóstico y tratamiento.
OPERACIÓN : Acto terapéutico realizado mediante maniobras manuales y/o instrumentales, sobre el cuerpo del paciente, siguiendo una técnica reglada.
OPERADOR : Cirujano.
OPTICO : Rama de la física que trata de la luz y de la visión. Especialista de esta rama que confecciona lentes correctoras.
ÓRGANO : Parte del cuerpo dotada de una o varias funciones. Aparato.
ORTODONCIA : Parte de la estomatología, odontología que trata la corrección de las irregularidades dentarias.
ORTOPEDA : Médico especialista en Ortopedia.
ORTOPEDIA : Corrección quirúrgica y mecánica de las desviaciones y deformidades en general del sistema esquelético. Etimológicamente de los niños.
ÓSEO : Relativo al hueso.
OSIS : Sufijo que significa producción, aumento y estado morboso en general.
OTICO : Relativo al oído.
OTORRINOLARINGOLOGÍA : Rama de la medicina que estudia nariz, garganta y oídos, sus enfermedades y sus tratamientos.
OTORRINOLARINGOLOGO : Médico especialista en nariz, garganta y oídos.
OTOSCOPIA : Examen del oído mediante un Otoscopio, instrumento adecuado para la exploración del oído.
OVARIO : Glándula sexual femenina, para, de forma ovoidea.
ÓVULO : Elemento reproductivo femenino, que se forma en el ovario y que una vez fecundado por el espermatozoide (elemento reproductivo masculino), constituyen un nuevo ser.
P Volver
PARALISIS : Pérdida del movimiento de una o varias partes del cuerpo.
PARAPLEJIA : Parálisis más o menos completa de partes simétricas de ambos miembros superiores o inferiores.
PARESTESIA : Alteraciones de la sensibilidad en forma de hormigueos, acorchamiento, adormecimiento.
PARTO : Conjunto de fenómenos fisiológico que conducen a la salida del claustro materno de un feto viable y sus anexos. PARTO EUTÓCICO, parto espontáneo, normal. PARTO DISTÓCICO, parto anormal. PARTO PREMATURO, parto de un feto viable antes de los 260 días del embarazo. PARTO MONITORIZADO, parto sometido a un control mediante instrumentos especiales que controlan las contracciones uterinas y los latidos fetales.
PATOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia las enfermedades y sus efectos.
PEDIATRA : Médico especialista en enfermedades de los niños.
PEDIATRÍA : Estudio de las enfermedades de la infancia y su tratamiento.
PERITONEAL : Relativo al peritoneo.
PERITONEO : Membrana (serosa), que tapiza las paredes abdominales y superficie inferior del diafragma (peritoneo parietal) y se refleja en varios puntos sobre las vísceras, formando para algunas una cubierta completa (peritoneo visceral). Constituye un saco cerrado, sirviendo para mantener a las vísceras en su posición y para la distribución vascular. El espacio comprendido entre el peritoneo parietal y visceral, se denomina, cavidad peritoneal.
PERITONITIS : Inflamación aguda o crónica del peritoneo.
PLACA : Corrientemente nombre dado a una radiografía (plancha, lámina…). Área, zona que difiere del resto de una superficie.
PLASTIA : Sufijo que indica neoformación artificial. Modelado.
PODOGRAMA : Impresión gráfica de las plantas de los pies.
PODOLOGÍA : Estudio o tratado de los pies.
PODOLOGO : Especialista o experto en podología. Callista.
POLITRAUMATISMO : Estado en el que acontecen o coinciden varios traumatismos de diversa y distinta localización.
PREMATURO : Que ocurre antes del tiempo propio o término. Aplícase al niño nacido antes de que se haya cumplido la semana 38º de la gestación.
PRESION : Tensión. Vulgarmente término aplicado a la Tensión Arterial.
PROCTOLOGÍA : Suma de conocimientos relativos al recto y sus enfermedades.
PROCTÓLOGO : Médico experto en proctología.
PRÓTESIS : Rama de la terapéutica que tiene por objeto reemplazar la falta de un órgano o parte por otro órgano o parte artificial. Toda pieza utilizada como reemplazo de un órgano o parte de un órgano.
PSICOLOGÍA : También se puede llamar y escribir como SICOLOGÍA. Rama de la ciencia que estudia el comportamiento o conducta, la mente y sus procesos. TRATAMIENTO PSICOLÓGICO, aquel que es aplicado por un psicólogo (licenciado en Psicología).
PSIQUIATRA : Médico especialista en Psiquiatría.
PSIQUIATRÍA : Rama de la medicina que estudia el diagnóstico y tratamiento de los trastornos psíquicos o enfermedades mentales.
PULSO : Expansión y contracción de una arteria, percibida por los dedos que la palpan sobre una superficie resistente.
PUNCIÓN : Operación que consiste en introducir una aguja, trocar o bisturí delgado en una parte o cavidad.
Q Volver
QUIMIOTERÁPIA : Tratamiento mediante sustancias químicas.
QUIRÚRGICO : Relativo a la cirugía.
QUISTE : Tumor formado por un saco cerrado que contiene líquido o sustancia semisólida.
R Volver
R.N.M. : Siglas que significan Resonancia Nuclear Magnética; método de exploración de los órganos internos, basado en la resonancia de las moléculas mediante un campo magnético.
RADIOGRAFÍA : Fotografía realizada mediante los rayos X.
RADIOINMUNOANÁLISIS : Método de análisis basado en la reacción de dos antígenos iguales, uno de ellos marcado por un radioisótopo, con su anticuerpo.
RADIOLOGÍA : Estudio de las radiaciones, principalmente de los rayos X, y sus aplicaciones en el diagnóstico y tratamiento.
RADIÓLOGO : Experto en radiología.
RADIOTERÁPIA : Tratamiento de las enfermedades mediante toda clase de rayos, en especial los rayos X.
REANIMACIÓN : Conjunto de medidas aplicadas para restablecer las constantes vitales.
REHABILITACIÓN : Readquisición mediante tratamientos apropiados de una función, actividad, perdida por una enfermedad o traumatismo.
RETINA : La membrana más interna de las tres que forman el globo ocular. Constituida por elementos nerviosos capaces de transformar la energía luminosa en impulsos nerviosos.
RETINOGRAFÍA : Fotografía de la retina.
REUMATISMO : Enfermedad del tejido conjuntivo, caracterizada por dolor y rigidez de alguna porción del aparato locomotor (articulaciones).
REUMATOLOGÍA : Estudio de las enfermedades reumatológicas.
REUMATÓLOGO : Medico especialista en el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades reumáticas.
S Volver
S.I.D.A. : Siglas pertenecientes al síndrome de inmuno-deficiencia adquirida.
SCANER : En castellano Escáner. Aparato tubular utilizado en la exploración radiográfica, para que la radiación sea enviada concéntricamente al eje longitudinal del cuerpo. Esta radiación es recogida a la salida del cuerpo por unos detectores y posteriormente tratada por un computador, obteniendo imágenes de secciones transversales de la parte del organismo explorado.
SECUELA : Lesión o afección consecutiva a otra. Menoscabo físico (orgánico o funcional), consecutivo a una lesión o enfermedad, ante los cuales sólo caben medios sustitutivos o paliativos.
SENO : Espacio o cavidad hueca. También mama.
SEUDO : Prefijo con significado de falso.
SIGNO : Fenómeno objetivo de una enfermedad o estado que el médico reconoce o provoca.
SINDROME : Serie de signos y síntomas que existen a un tiempo y que definen un estado patológico determinado.
SÍNTOMA : Manifestación de una alteración del organismo apreciable sólo por el paciente. Si ello puede ser comprobado por el observador se llama SIGNO.
SOPLO : Ruido percibido por auscultación.
T Volver
T.A.C. : Siglas pertenecientes a la Tomografía Axial Computerizada. Tomografía efectuada mediante un computador.
TAQUICARDIA : Aceleración de los latidos cardíacos.
TERAPÉUTICA : Parte de la medicina que se ocupa del tratamiento de las enfermedades.
TERÁPIA : Sufijo que significa tratamiento.
TERMOGRAFÍA : Observación de la variación de la temperatura corporal, motivada por diferentes patologías, obteniéndose a partir de la propia radiación térmica, correspondiente a la fracción infrarroja del espectro, una imagen, mapa. Para este fin se utiliza un aparato denominado termógrafo (de contacto o teletermógrafo, a distancia para evitar artefactos y obtener una mayor resolución y fiabilidad).
TERMOTERÁPIA : Tratamiento de las enfermedades basado en la aplicación del calor.
TEST : Conjunto de pruebas efectuadas a fin de obtener una orientación diagnóstica-terapéutica.
TETRAPLEJIA : Parálisis de los cuatro miembros.
TOMOGRAFÍA : Radiografía seriada por planos paralelos.
TORACOCENTESIS : Punción quirúrgica de la pared torácica (pleurocentesis), a fin de evacuar líquido acumulado en la pleura.
TOXICOMANÍA : Predisposición, dependencia de diversas sustancias tóxicas.
TOXINA : Sustancia productora de efectos tóxicos.
TRANSPLANTE : Implantación de un órgano en un organismo receptor con restablecimiento de todas sus conexiones, haciéndole viable.
TRATAMIENTO : Conjunto de medios de toda y variada clase (higiénicos, famacológicos y quirúrgicos), encaminados para la curación o alivio de las enfermedades.
TRAUMATISMO : Término que comprende a todas las lesiones causadas por un agente violento externo.
TRAUMATOLOGÍA : Parte de la medicina que comprende el diagnóstico y tratamiento de los traumatismos.
TRAUMATÓLOGO : Médico especialista en traumatología.
TROMBO : Coágulo sanguíneo en el interior de un vaso, que permanece en el lugar de su producción.
TROMBOSIS : Proceso de formación o producción de un trombo y oclusión por éste de la luz de un vaso (arteria o vena).
TUMOR : Tumefacción, bulto, hinchazón de carácter patológico. Neoformación o nuevo crecimiento celular descontrolado.
U Volver
U.C.I. : Unidad de cuidados intensivos.
U.V.I. : Unidad de vigilancia intensiva.
ULCUS : Úlcera.
UMBILICAL : Relativo al ombligo.
URÉTER : Conducto que lleva la orina desde el riñón a la vejiga.
URETRA : Conducto que lleva la orina desde la vejiga la exterior.
URODINÁMICO : Estudio o análisis de la dinámica de la función renal, excretora.
UROGRAFÍA : Radiografía de las vías urinarias.
UROLOGÍA : Estudio de las distintas partes del sistema urinario (riñones, vías, etc.) y de sus enfermedades.
URÓLOGO : Médico especialista en Urología.
ÚTERO : Matriz. Órgano de generación femenino, destinado a recibir al óvulo fecundado, a conservarlo y nutrir el producto de la concepción, a fin de que llegue a buen término, para expulsarlo entonces.
V Volver
VACUNA : Preparación específica (antigénica), cuya administración provoca en el organismo la inmunización activa contra una enfermedad determinada.
VARIZ : Dilatación permanente de una vena superficial o profunda.
VASECTOMÍA : Sección quirúrgica del conducto deferente, a fin de evitar la salida al exterior de los espermatozoides.
VENEROLOGÍA : Conocimientos relativos a las enfermedades de transmisión sexual.
VÍA : Camino, conducto, modo.
VIRUS : Agente infeccioso, sólo viable en células vivas.