Seguro de Coche
Seguro de Moto
Otros Seguros 

 

Coberturas Seguro Salud Néctar 

 

 

La aseguradora Nectar Seguros de Salud pertenece al grupo HNA y se creó siguiendo las premisas de la venta directa (sus productos se comercializan únicamente a través del teléfono y de Internet), para así poder competir en el mercado con los mejores precios posibles. Actualmente ocupa el primer puesto del sector de la venta directa de seguros médicos.

Las pólizas de seguros de salud Nectar están especialmente indicadas para familias a partir de cuatro miembros, ya que pueden beneficiarse de un ahorro del 30% en las primas respecto a otras compañías que ofrecen sanidad privada.

 

 

 

 

 

Aseguradora

Precio

Coberturas

Valoración

desde 19€
desde 43,90€
desde 45€
desde 48,40€
hasta 15% dto

 

 

Salud Asisa

Aresa Salud

Salud Aegon

Cigna Salud

HNA Salud

Salud IMQ

Asisténcia

Clinicum Salud

Agrupació Mutua

 
Con Néctar Salud podréis acceder a un nuevo concepto de medicina privada, con más de 23.000 expertos profesionales y más de 800 clínicas y hospitales de reconocido prestigio dentro de nuestro Cuadro Médico concertado.

Porque todo, a veces, no es suficiente, en Néctar queremos que cuentes con todas las garantías:

Libertad de elección entre más de 23.000 especialistas y más de 800 Clínicas y Hospitales a nivel nacional.

La mejor Asistencia Hospitalaria, sin listas de espera y con todos los gastos cubiertos.

Una Asistencia Extrahospitalaria con la más amplia selección de pruebas médicas complementarias y medios de diagnóstico de alta tecnología.

La mejor asistencia por Embarazo y Parto.

Te reembolsamos hasta el 80% de tus gastos médicos en Ginecología y Pediatría, si no encuentras a tu ginecólogo o pediatra en nuestro Cuadro Médico.

Y por último, un servicio insuperable.

Por fin una asistencia sanitaria de calidad, al alcance de tu mano:

Servicio Psicológico Telefónico.

Segunda Opinión Médica Internacional.

Servicio Baremado avantsalud.

Servicio Médico Telefónico.

Servicio de Asistencia en Viaje.

Libertad de elección entre los más de 23.000 especialistas y más de 800 Clínicas y Hospitales más exclusivos de nuestro país. Presentando tu tarjeta sanitaria Néctar Salud serás atendido en nuestros Centros Médicos Concertados sin tener que realizar desembolso alguno.

La mejor Asistencia Hospitalaria, sin listas de espera y con todos los gastos cubiertos.

Gastos por honorarios médicos, ayudantes, anestesistas, ATS, DUE, etc.

Gastos por estancia hospitalaria en UVI, UCI, y en actos quirúrgicos como trasplantes y prótesis.

Habitación individual con cama para un acompañante.

Gastos por estancia del recién nacido en incubadora (en estos casos no se incluye cama de acompañante).

Gastos derivados del transplante de riñón, médula ósea y córnea en los centros sanitarios debidamente autorizados.

Una Asistencia Extrahospitalaria con la más amplia selección de especialistas y tratamientos, y con los servicios más novedosos del mercado:

Consultas médicas de Medicina general, Pediatría hasta los 16 años y todas las especialidades médicas.

Medios de diagnóstico de alta tecnología: Tomografia por Emisión de Positrones (PET), resonancia magnética, magnetoterapia, amniocentesis, triple screening, biopsia de corion, etc.

Planificación familiar: Ligadura de trompas, control del tratamiento con anovulatorios, coste y colocación del DIU, y vasectomía, entre otros.

Estudios de esterilidad.

Tratamientos especiales como quimioterapia, radioterapia, diálisis, aerosolterapia, tratamiento del dolor, etc.

Servicios complementarios como servicio de ambulancia, logopedia, podología, preparación al parto, etc.

Y además:

Prevención del riesgo cardiovascular en personas mayores de 40 años.

Reconstrucción por carcinoma de mama e injertos óseos de materiales biológicos.

Prótesis y material de osteosíntesis.

Reconocimiento médico anual que incluye exploración física completa, analítica elemental y electrocardiograma en los centros concertados que te indicaremos.

Cirugía refractiva por Láser: Podrás corregir tus defectos visuales (astigmatismo, hipermetropía o miopía) con láser excimer o lasik, a través de nuestra red de Centros Médicos Concertados, por tan solo una franquicia de 450 € por ojo.

Dispondrás de un Seguro Dental incluido en tu póliza. Elige tu especialista o clínica entre un extenso Cuadro Médico Dental Concertado y accederás a los últimos avances en tecnología odontológica, gran variedad de pruebas diagnósticas y modernos tratamientos de prevención con reducidas franquicias.

Además, te ofrecemos una gran selección de servicios odontológicos gratuitos por ser Asegurado de Néctar Salud:

Diagnóstico Oral

Examen inicial oral y diagnóstico.

Presupuesto.

Examen de urgencia.

Consulta profesional.

Revisiones.

Odontología Preventiva

Una Tartrectomía anual (limpieza dental).

Educación de higiene oral.

Enseñanza en técnicas de cepillado.

Tinción e índice de placa.

Aplicación tópica de flúor (máximo 2 al año).

Cirugía Oral

Extracción dental simple.

Extracción complicada y/o sutura.

Extracción quirúrgica cordal semi incluida.

Extracción diente retenido en tejido óseo (con odontosección y/o osteotomía).

Apertura y drenaje de abscesos.

Frenectomía.

Quistectomía con o sin extracción dental.

Cirugía menor (tejidos blandos).

Cirugía preprotésica.

Retirada de puntos.

Extracción diente temporal.

(Las extracciones no quedan cubiertas si requieren Cirugía Maxilofacial).

La mejor asistencia por Embarazo y Parto, incluyendo la anestesia epidural, los servicios necesarios para la vigilancia médica del embarazo, la asistencia a parto y la preparación al mismo.

Además, Néctar te ofrece un reembolso de 450 euros para la conservación del cordón umbilical, para proteger a tu hijo de las adversidades que puedan surgir en el futuro.

Y, si no encuentras en nuestro Cuadro Médico Concertado a tu ginecólogo o pediatra de confianza, no te preocupes, porque en Néctar te reembolsamos hasta el 80% de tus gastos médicos en Ginecología y Pediatría:

3 consultas anuales de Pediatría, por niño menor de 16 años.

3 consultas anuales de Ginecología.

Con los siguientes límites:

Obstetricia y Ginecología: Máximo anual de 200 euros por asegurada.

Pediatría y Puericultura: Máximo anual de 150 euros por asegurado.

El reembolso tendrá lugar hasta la segunda renovación de la póliza.

Y, por supuesto, si nos envías los datos de tu ginecólogo o pediatra intentaremos que se una a nuestro Cuadro Médico.

Servicio Psicológico Telefónico

Psicólogos terapeutas te orientarán sobre cualquier duda relacionada con dificultades o problemas a nivel psico-emocional (depresión, angustia, ansiedad...)

Segunda Opinión Médica Internacional

En caso de enfermedad grave, Néctar solicitará un segundo diagnóstico a uno de los mejores especialistas del mundo en tu dolencia, que valorará tu historial y evaluará cual es el tratamiento más adecuado.

Servicio avantsalud

Un servicio baremado que te permite disfrutar de las ventajas de la medicina alternativa y otros servicios, a precios increíbles, tales como: Termalismo y Balneoterapia, Medicina y Cirugía Estética, Servicios de Bienestar y Salud, Servicio de Atención a Personas Mayores y/o Dependientes... Siempre de la mano de los mejores especialistas, centros especializados y los últimos avances en tratamientos.

Servicio Médico Telefónico

Con una sola llamada a nuestro NéctarCenter 902 40 41 14, nuestros operadores te pondrán en contacto con médicos de familia que te asesorarán sobre cualquier consulta médica que precises sobre tu salud o la de los tuyos.

Servicio de Asistencia en Viaje

Si estando de viaje en el extranjero necesitas un Servicio de Asistencia en Viaje, tan sólo tendrás que llamar al teléfono que figura en el dorso de tu tarjeta sanitaria Néctar Salud para que puedas acceder a:

Desplazamiento de un acompañante familiar junto al asegurado hospitalizado.

Información sobre asistencia médica en el extranjero.

Envío de medicamentos de vital importancia que no puedan obtenerse en el país en el que te encuentres, cuando estés hospitalizado.

Intérprete en caso de enfermedad o accidente en el extranjero.

Regreso anticipado por fallecimiento de un familiar directo.

Repatriación o transporte sanitario del enfermo, herido o fallecido, y familiares del mismo.

Gastos médicos hasta un límite máximo.

Tarjeta avantsalud

Recibirás una tarjeta personalizada con la que acceder a los servicios que desees de la forma más sencilla: Sólo tendrás que solicitar tu visita al profesional y dirigirte a la consulta.

Cuando realices tu solicitud de consulta, recuerda identificarte como usuario de avantsalud y no olvides acudir a tu cita con tu DNI y con tu tarjeta.

Si acudes por primera vez a un profesional, llama al número 902 13 11 71 de tu tarjeta avantsalud, comprobaremos que ese profesional forma parte de nuestro cuadro médico, facilitándote posteriormente su dirección y número de teléfono.

Al no tratarse de una tarjeta de pago, al finalizar la consulta deberás abonar el precio del servicio directamente al profesional, según baremo establecido por avantsalud, que te permite beneficiarte de importantes descuentos.

Datos de información avantsalud

Para conocer todas las ventajas que te ofrecemos o solicitar información sobre nuestro Cuadro Concertado de Profesionales o cualquiera de los servicios de avantsalud, sólo tienes que realizar una simple llamada al número 902 131 171 que aparece en tu tarjeta o mandar un email a nectar@avantsalud.es

Tendrás toda la información que necesitas a tu alcance:

Todos los profesionales a los que puedes acudir y el precio de sus consultas y/o servicios.

Todos los Centros a los que tendrás acceso en todo el territorio nacional.

Todos los Balnearios, Centros de Estética y de Belleza a tu disposición y la forma de acceder a ellos.

Cuidarás tu estado físico y anímico con los mejores Servicios de Bienestar y Salud, beneficiándote de ventajas exclusivas para ti:

Conseguirás el nivel de bienestar que deseas eligiendo el tratamiento, a un precio exclusivo por formar parte de avantsalud.

Te beneficiarás de la experiencia de los mejores centros especializados en medicinas alternativas, tales como Balnearios, Centros Estéticos, de Belleza, etc.

Podrás acceder a todo tipo de tratamientos alternativos, con la seguridad de estar en manos de especialistas altamente cualificados.

Algunas de las especialidades que te ofrecemos son:

Termalismo y Balneoterapia: Hemos seleccionado una amplia oferta de balnearios y estaciones termales en los que se administra, entre otros, tratamientos con aguas mineromedicinales de indicación terapéutica, tanto en régimen ambulatorio como en tratamientos de varios días..

Medicina y cirugía Estética:

Rejuvenecimiento facial

Fototerapia antiacné.

Rinoplastia (nariz).

Otoplastia (orejas).

Blefaroplastia (párpados).

Lifting facial.

Liposucción.

Mamoplastia (aumento/reducción de senos).

Mastoplexia (remodelación/elevación de senos).

Abdominoplastia, etc.

Ortopedia: Queremos mejorar tu calidad de vida, por ello ponemos a tu disposición interesantes ventajas en los mejores centros en el ámbito de la ortopedia con una amplia oferta de materiales que abarcan órtesis, yesos funcionales, siliconas, plantillas ortopédicas, etc, y que además te proporcionarán todo tipo de ayudas técnicas y gran variedad de productos a tu medida. Encontrarás siempre las primeras marcas del mercado y lo más novedoso y puntero en tecnología, para ayudarte en tu día a día.

Óptica y Audífonos: Podrás disfrutar de condiciones muy ventajosas en lo que respecta a descuentos especiales en numerosos establecimientos colaboradores en el ámbito de la óptica y la audifonía, descuentos en monturas, cristales, gafas de sol y lentes de contacto; así como ventajas exclusivas en centros auditivos tales como estudio auditivo gratuito, descuentos en audífonos y financiación a medida.

Psicología y Pedagogía: Nuestro objetivo es el bienestar y la salud de las personas, por ello te orientamos a los profesionales más cualificados que gracias a su amplia experiencia y conocimiento en la materia te ofrecerán diferentes servicios adaptados a cada una de tus necesidades tales como, asesoría y orientación psicológicas, tratamiento de múltiples dificultades del habla y otros trastornos logofoniátricos (disfonías, tartamudez, disfasías y afasías, disglosias, deglución atípica, retraso en el habla y/o aprendizaje, dislexia, dificultades de aprendizaje, etc.)

Reproducción Asistida: Desde avantsalud queremos contribuir a que veas realizado tu deseo de ser madre, y por ello te ofrecemos la oportunidad de acudir a los mejores centros especializados a la vanguardia en el campo del tratamiento de la infertilidad. Contarás con un trato cercano y personalizado durante todo el tratamiento, de la mano de profesionales altamente cualificados, y de las últimas y más efectivas técnicas.

Medicina Alternativa: Ponemos a tu disposición los mejores centros especializados en medicina holística y biológica, y terapias alternativas en los que dispondrás de una gran variedad de tratamientos y métodos terapéuticos complementarios a la medicina convencional, que gracias a recursos naturales, te ayudarán a restaurar tu equilibrio personal. Disfrutarás de los beneficios naturales de la acupuntura, naturopatía, hidroterapia, reflexología, drenaje linfático, etc.

Veterinarios: Lo que es importante para ti también lo es para nosotros, por ello te ofrecemos la mejor atención para tu mascota gracias a una medicina veterinaria de calidad. A través de los centros veterinarios que ponemos a tu disposición, accederás a todo tipo de servicios tales como consultas, medicina quirúrgica integral, servicio de peluquería, alimentación y complementos, vacunaciones, microchip, diagnóstico por imagen, desparasitaciones, etc.

avantsalud en forma: Los mejores especialistas en medicina y terapias alternativas para ayudarte a alcanzar el estado físico y de salud que deseas. Te facilitaremos el centro o profesional más cercano a tu domicilio en la práctica o especialidad que necesites (pilates, yoga, taichi, shiatsu, masaje terapéutico, fisioterapia, osteopatía, quiropraxia, rehabilitación del suelo pélvico, homeopatía, etc.)

Test de Intolerancia Alimentaria: El Test A-100 te ayudará a saber si tus dolencias son consecuencia de la ingestión de determinados alimentos, para poder eliminarlos de tu dieta. El Test A-200 realiza la prueba sobre 200 alimentos.

Desde avantsalud queremos contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas de avanzada edad y/o con discapacidades. Por ello, ofrecemos los servicios necesarios para que tanto ellas, como su núcleo familiar, estén bien atendidos ante situaciones con un cierto grado de dependencia de terceros.

Nuestros servicios dan respuesta a las necesidades de estas personas, promocionando su autonomía y mejorando la integración en su entorno social y familiar; proporcionando la seguridad y tranquilidad que necesitan, y siendo una alternativa rentable y eficaz al ingreso, a veces innecesario, en instituciones o centros y contribuyendo a que puedan permanecer en su domicilio habitual.

Cómo funciona el Servicio de Atención a Personas Mayores y/o Dependientes

Nos esforzamos para ofrecerte siempre el mejor servicio y hacerte tu día a día más fácil. Por ello desde avantsalud ponemos a tu alcance un servicio de asesoramiento personalizado.

Con tan sólo una llamada, nuestros asesores telefónicos recogerán la consulta que desees plantearnos para que posteriormente un profesional especializado (trabajador social) realice una valoración de tus necesidades, el grado de dependencia, y tu situación personal y familiar.

Recibirás un asesoramiento de calidad sobre aquellos servicios que más se adapten a tu situación, y que acompañaremos con un presupuesto desglosado.

En qué consiste el Servicio de Atención a Personas Mayores y/o Dependientes

Ponemos a tu disposición un Servicio de Asesoramiento Telefónico Gratuito a fin de asesorarte e informarte frente a la problemática sociosanitaria que puedas encontrarte.

Nuestro servicio incluye una valoración de tu situación personal para posteriormente proponerte la solución que más se adapte a tus necesidades (residencia, centro de día, ayuda a domicilio, etc.), así como facilitarte los diferentes recursos disponibles que encontrarás en tu población, ya sean públicos o privados, y además, te proporcionaremos la información necesaria acerca de los trámites a seguir.

Si fuese preciso, un profesional cualificado de avantsalud, realizará una valoración de tu situación, que incluye un asesoramiento personalizado y un presupuesto detallado.

Te ofrecemos un amplio abanico de posibilidades con la máxima calidad de atención y a los mejores precios:

Servicios de ayuda personal a personas mayores o dependientes.

Asistencia.

Atención Personal.

Cuidados físicos.

Tratamientos especializados (Asistencia Sanitaria): prestaciones asistenciales y paramédicas.

Fisioterapeuta a domicilio (coste en euros/sesión)

Psicólogo (coste en euros/sesión)

Podólogo (coste en euros/sesión)

Servicios de atención en el hogar: servicio doméstico de apoyo.

Recursos materiales de soporte: mecanismos destinados a eliminar/disminuir situaciones de riesgo.

Teleasistencia.

Eliminación de barreras arquitectónicas con productos de ayudas técnicas.

Definiciones

nosticada por un médico y haga preciso

un tratamiento médico o quirúrgico.

Enfermedad congénita

Toda enfermedad con la que nace el

Asegurado, por haberse contraído en el

seno del útero materno o por tener un

origen genético.

Enfermedad de larga duración

Procesos patológicos con tendencia a la

cronificación, tales como los accidentes

cerebro-vasculares (ACV), procesos

comatosos, procesos rehabilitadores en

personas de edad avanzada, enfermedades

terminales, etc., con hospitalización

del Asegurado por prescripción facultativa

por un periodo superior a 60 días de

forma continuada en cada año natural.

Es decir, patologías cuyo tratamiento, una

vez superada su fase crítica o aguda,

pasa a ser de carácter paliativo y no curativo.

Enfermedad preexistente

Toda enfermedad del Asegurado contraída

y/o padecida con anterioridad a la

contratación de este seguro.

Hospital

Todo establecimiento autorizado legalmente

para el tratamiento médico o quirúrgico

de enfermedades o lesiones corporales,

atendido permanentemente por

un médico. No se consideran hospitales,

a efectos de esta póliza, los hoteles, residencias

de tercera edad, asilos, casas de

reposo o de convalecencia, balnearios,

instalaciones dedicadas principalmente al

internamiento o tratamiento de enfermedades

crónicas, drogadictos o alcohólicos,

o instituciones similares.

Hospitalización

Se entiende por hospitalización a efectos

de este contrato la permanencia del

Asegurado como paciente en un hospital

por un periodo mínimo de 24 horas.

Hospitalización de carácter sociofamiliar

Asistencia no derivada de patologías

médicas objetivas, por lo tanto no susceptibles

de ingreso en un hospital a juicio

de un médico concertado por el

Asegurador.

Intervención quirúrgica

Toda operación mediante incisión u otra

vía de abordaje interno efectuada por un

médico y que requiere la utilización de

una sala de operaciones.

Médico

Profesional legalmente capacitado y autorizado

para el ejercicio de la medicina en

el lugar en que la practica.

Prótesis

Todo aquél aparato o dispositivo destinado

a reparar artificialmente la falta de un

órgano o parte de él.

Servicio de urgencia domiciliaria

Asistencia en el domicilio del Asegurado

en caso de urgencia prestada por médico

generalista y/o A.T.S./D.U.E.

8 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

El Asegurador asume en los términos y

con los límites que se expresan en estas

Condiciones Generales y en las

Particulares, la asistencia médica y/o quirúrgica,

a nivel nacional, según la práctica

usual, en régimen ambulatorio y/o

hospitalario, de las enfermedades o lesiones

comprendidas en la descripción de

los servicios de la póliza.

El Asegurado podrá acceder a los Centros

Médicos y facultativos que formen parte

del Cuadro Médico puesto a su disposición

por el Asegurador. En el supuesto de

que no exista algún servicio de los recogidos

en la póliza en la provincia de residencia

del Asegurado, le serán facilitados

en otra provincia a elección del

Asegurado.

9

Objeto

Sin perjuicio de las limitaciones, exclusiones

y periodos de carencia previstos en

Condiciones Generales y Particulares, el

Asegurador se obliga a prestar los servicios

que se deriven de tratamiento médico

y/o quirúrgico que correspondan a las

siguientes especialidades y servicios:

1. Enfermería

La cobertura de la presente póliza incluye

los servicios ambulatorios y de urgencia

domiciliaria de A.T.S./D.U.E., previa prescripción

médica.

2. Especialidades médicas

2.1. Alergología e inmunología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

enfermedades alergológicas.

No incluye los gastos correspondientes

a las vacunas o autovacunas, que

serán por cuenta del Asegurado.

2.2. Anestesiología y reanimación

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas y toda clase de anestesias

prescritas por un facultativo.

2.3. Angiología y cirugía vascular

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas en el corazón

y vasos sanguíneos.

Se incluye el tratamiento esclerosante de

varices, la microespuma y el láser vascular.

La finalidad terapéutica de estos

tratamientos debe ser confirmada

mediante la aportación de pruebas

diagnósticas.

2.4. Aparato digestivo

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamientos

relacionados con el aparato digestivo.

Cobertura del Seguro

2.5. Cardiología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamientos

derivados de las enfermedades del corazón.

Asimismo, incluye la prevención de riesgos

cardiovasculares en personas mayores

de 40 años.

2.6. Cirugía cardiovascular

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas que afecten al

corazón y/o los grandes vasos.

2.7. Cirugía general y digestiva

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas del aparato

digestivo (incluida la cirugía realizada con

técnica laparoscópica), así como todas

aquellas intervenciones quirúrgicas no

comprendidas en otras cirugías.

2.8. Cirugía maxilofacial

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas maxilofaciales

y las extracciones de cordales.

No incluye la asistencia y los tratamientos

incluidos en las especialidades

de estomatología y de odontología,

salvo los actos médicos previstos en el

Anexo III de este Condicionado

General que sean prestados por los

facultativos incluidos en la Guía Médica

Dental del Asegurador.

2.9. Cirugía pediátrica

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de los menores

de 16 años de edad.

2.10. Cirugía plástica y reparadora

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas e intervenciones quirúrgicas

de cirugía plástica y reparadora para restablecer

lesiones y siempre que las mismas

sean causadas por accidentes

sufridos por el Asegurado durante el

periodo de vigencia del contrato.

Asimismo, se cubre la reconstrucción

cuando sea consecuencia de un carcinoma

de mama y los injertos óseos

de materiales biológicos.

No incluye en ningún caso la cirugía

estética, aún cuando se alegasen

razones puramente psicológicas o

traumatológicas.

2.11. Cirugía torácica

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de la cavidad

torácica.

2.12. Dermatología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

las enfermedades de la piel.

No se incluyen los tratamientos del

cuero cabelludo y de lesiones actínicas

de la piel, ni la dermatoscopia

(mole-max, epiluminiscencia, etc...),

ni el tratamiento dermato-cosmético

con láser.

10 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

2.13. Endocrinología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

las enfermedades de las glándulas endocrinas

y del metabolismo, así como el tratamiento

de la obesidad mórbida.

No se incluyen los tratamientos dietéticos.

2.14. Geriatría

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

las enfermedades propias de la vejez.

No se incluyen los gastos generados

durante la estancia en residencias de

tercera edad o instituciones similares.

2.15. Hematología y hemoterapia

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

las enfermedades de la sangre.

2.16. Medicina general y medicina de

familia

Sin perjuicio de lo establecido para cada

categoría médica en particular, la cobertura

de la presente póliza incluye los servicios

de asistencia médica general, así

como el servicio de urgencia domiciliaria.

2.17. Medicina interna

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

las patologías del adulto.

2.18. Nefrología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

las enfermedades del aparato renal.

Asimismo, se incluye el estudio y tratamiento

de la diálisis crónica.

2.19. Neonatología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y el tratamiento

de las enfermedades del recién nacido

durante su estancia en el centro hospitalario,

siempre que se haya solicitado

su inclusión en la póliza en el plazo

de 30 días desde el nacimiento. En

caso de no solicitar su inclusión en la póliza

en el plazo mencionado, el recién nacido

quedará cubierto por la póliza de su

madre durante un período máximo de

30 días desde su nacimiento. En cualquiera

de los dos casos anteriores, es

requisito imprescindible que el parto

haya sido objeto de cobertura de la

presente póliza.

2.20. Neumología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y el tratamiento

de las enfermedades del aparato respiratorio.

2.21. Neurocirugía

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas del sistema

nervioso.

2.22. Neurología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y el tratamiento

de las enfermedades del sistema nervioso.

11

2.23. Obstetricia y ginecología

La cobertura de la presente póliza incluye:

a) La asistencia al parto normal o por cesárea,

incluyendo la anestesia epidural.

b) Los servicios necesarios para la vigilancia

del embarazo por médico tocólogo

y asistencia por éste a los partos,

siempre que éstos sean objeto de

cobertura en la presente póliza.

c) Las enfermedades de los órganos genitales

femeninos.

d) La planificación familiar incluyendo el

control del tratamiento con anovulatorios,

la ligadura de trompas, así como

el coste y colocación de DIU.

e) La interrupción del embarazo, en las

clínicas concertadas autorizadas para

ello y en los casos permitidos por la

legislación vigente.

f) La biopsia de corion, el triple screening

y la amniocentesis. Esta última

cuando la Asegurada tenga más de

35 años o exista un factor de riesgo

conocido.

g) Una revisión ginecológica anual.

h) Las intervenciones ginecológicas por

vía laparoscópica.

i) Las consultas para la detección de problemas

de infertilidad.

j) El reembolso de los gastos incurridos

en la conservación del cordón umbilical,

con el máximo previsto en

Condiciones Particulares, siempre

que el parto hubiera sido objeto de

la cobertura de la presente póliza.

k) El reembolso de las consultas, prestadas

por facultativos ajenos al Cuadro Médico,

de acuerdo con los límites que se fijen

en Condiciones Particulares. Esta

cobertura de reembolso tendrá

vigencia hasta la segunda renovación

de la póliza.

2.24. Oftalmología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de las enfermedades

de los ojos, así como una consulta

anual para la graduación visual.

Asimismo, se incluye la corrección con

Láser Excimer o Lasik de la miopía, hipermetropía

y astigmatismo. En todo caso

el Asegurado abonará al Asegurador,

con carácter previo a la intervención,

una franquicia por el importe especificado

en Condiciones Particulares.

No se incluyen las consultas para la

adaptación de lentes o lentillas.

2.25. Oncología médica

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de enfermedades

tumorales.

2.26. Oncología radioterápica

La cobertura de la presente póliza incluye

el tratamiento de enfermedades tumorales

mediante radioterapia.

2.27. Otorrinolaringología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de las enfermedades

del oído, laringe y conducto nasal.

Se excluyen las prótesis auditivas

(audífonos).

12 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

2.28. Pediatría y puericultura

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

enfermedades de los niños hasta cumplir

los 16 años de edad.

Adicionalmente, se incluye el reembolso

de las consultas prestadas por facultativos

ajenos al Cuadro Médico, de acuerdo con

los límites que se fijen en Condiciones

Particulares. Esta cobertura de reembolso

tendrá vigencia hasta la segunda

renovación de la póliza.

2.29. Proctología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de las enfermedades

relativas al recto.

2.30. Psiquiatría

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio y tratamiento de

enfermedades mentales y nerviosas bajo

prescripción facultativa, con el límite

máximo de consultas previstas en

Condiciones Particulares.

Se excluyen las curas de desintoxicación

y las curas de sueño, así como

los tratamientos de psicoterapia y

psicoanálisis.

2.31. Reumatología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, análisis y tratamiento

de las enfermedades reumáticas.

2.32. Traumatología y cirugía ortopédica

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de los traumatismos

y alteraciones osteoarticulares.

Asimismo, se incluye la cirugía artroscópica,

la nucleotomía percutánea y la quimionucleolisis.

2.33. Urología

La cobertura de la presente póliza incluye

las consultas, el estudio, el tratamiento e

intervenciones quirúrgicas de las enfermedades

del aparato urinario incluyendo

la litotricia.

Asimismo, se incluye la vasectomía como

planificación familiar, el estudio de la esterilidad

y el diagnóstico de la impotencia.

No se incluye la cirugía realizada

mediante láser verde o KTP.

3. Hospitalización e Intervención

Quirúrgica

La hospitalización se realizará en los centros

concertados por el Asegurador incluyendo la

cobertura de los siguientes conceptos:

3.1. Gastos por honorarios de médicos,

de ayudantes, de anestesistas, de ATS,

de DUE, por utilización de quirófano, por

medicamentos o por cualquier otro servicio

médico prestado durante la hospitalización

o intervención quirúrgica.

3.2. Gastos por estancia hospitalaria en

habitación individual con cama para un

acompañante.

3.3. Gastos por internamiento psiquiátrico,

con el límite máximo de días de hospitalización

previsto en Condiciones

Particulares.

13

3.4. Gastos por estancia hospitalaria en

Unidades de Vigilancia Intensiva (U.V.I.)

o en Unidades de Cuidados Intensivos

(U.C.I.).

3.5. Gastos por estancia del recién nacido

en incubadora.

No obstante, no se incluye la cama de

acompañante en los supuestos de

hospitalización en Unidades de

Vigilancia Intensiva (U.V.I.) o

Unidades de Cuidados Intensivos

(U.C.I.), de hospitalización psiquiátrica

y de estancia del recién nacido

en incubadora. En ningún caso se

cubren los gastos correspondientes a

uso de teléfono, televisión, cafetería,

manutención del acompañante o

cualquier otro no directamente relacionado

con el tratamiento de la

enfermedad o accidente.

4. Medios de diagnóstico

La presente póliza incluye, previa prescripción

facultativa, los siguientes

medios de diagnóstico:

4.1. Análisis clínicos, anatomopatológicos

y biológicos.

La cobertura de la presente póliza incluye

las siguientes pruebas:

- Bioquímica

- Hematología

- Microbiología

- Parasitología

- Citopatología

- Anatomía patológica quirúrgica

- Cariotipos

- Inmunohistoquímica

No se incluyen los test de intolerancia

alimentaria.

4.2. Radiodiagnóstico

La cobertura de la presente póliza incluye

los siguientes medios de radiodiagnóstico:

- Radiología general, digestiva, ortopantomografías

y telerradiografías laterales

realizadas en hospitales y centros

de radiología.

- Ecografía.

- Mamografía.

- Scanner (TAC).

- Resonancia Magnética (RMN).

- Angiografía.

- Arteriografía digital.

- PET.

- Densitometría ósea.

- Radiología intervencionista o invasiva.

La cobertura de la presente póliza

incluye los medios de contraste que

hayan sido suministrados por el

Centro Médico concertado por el

Asegurador que haya realizado la

prueba.

4.3. Cardiología

La cobertura de la presente póliza incluye

los siguientes medios de diagnóstico en la

especialidad de cardiología:

- Electrocardiograma.

- Holter TA y Holter ECG.

- Prueba de esfuerzo (Ergometría).

- Ecocardiograma y Eco-doppler.

- Hemodinámica.

- Estudios Electrofisiológicos.

14 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

4.4. Neurofisiología Clínica

La cobertura de la presente póliza incluye

los siguientes medios de diagnóstico en la

neurofisiología clínica:

- Electroencefalograma.

- Electromiograma.

- Potenciales evocados.

- Polisomnografía (estudio del sueño)

4.5. Endoscopias

La cobertura de la presente póliza incluye

los servicios de endoscopia.

No se incluye la endoscopia en píldora.

4.6. Urodinámica

La cobertura de la presente póliza incluye

los servicios de urodinámica.

4.7. Medicina Nuclear

La cobertura de la presente póliza incluye

los siguientes medios de diagnóstico en la

medicina nuclear:

- Gammagrafía

- Tratamiento con isótopos radiactivos.

5. Otros servicios

5.1. Ambulancias

La cobertura de la presente póliza incluye

los traslados en ambulancia terrestre o

UVI móvil terrestre, siempre que, siendo

prescritos por un facultativo, se

hayan realizado con ocasión de la

hospitalización del Asegurado o en

situaciones de urgencia hospitalaria.

5.2. Logopedia y foniatría

La cobertura de la presente póliza incluye

el tratamiento de la logopedia y foniatría

cuando tengan por causa una intervención

quirúrgica o una enfermedad

sobrevenida, con el límite máximo

previsto en Condiciones Particulares.

5.3. Matronas

La cobertura de la presente póliza incluye

servicio de matrona en la asistencia al

parto en Sanatorio, Clínica u

Hospital.

5.4. Podología

La cobertura de la presente póliza incluye

quiropodias, con el límite previsto en

Condiciones Particulares.

5.5. Preparación al parto

La cobertura de la presente póliza incluye

los gastos por asistencia a programas de

preparación al parto.

5.6. Prótesis

La cobertura de la presente póliza incluye

el coste de las siguientes prótesis: válvulas

cardíacas, marcapasos, bypass vascular,

prótesis de cadera, prótesis internas

traumatológicas, las prótesis mamarias

consecuencia de un carcinoma de mama,

injertos óseos, LIO monofocal, stent,

mallas quirúrgicas y port-a-cath.

5.7. Trasplantes

La cobertura de la presente póliza incluye

los gastos que se deriven del trasplante

15

de riñón, de medula ósea y de córnea que

se realicen en los centros sanitarios debidamente

autorizados.

El Asegurador no se hará cargo de la

obtención y localización de los órganos

para trasplante ya que debe ser el equipo

médico que realizará la intervención,

a través de la Organización Nacional de

Trasplantes, quien realizará las gestiones

necesarias para su consecución,

siendo éstas de carácter gratuito.

6. Tratamientos especiales

Son objeto de la cobertura de la presente

póliza, siempre que hayan sido

prescritos por un facultativo del

Cuadro Médico, los gastos derivados de

los siguientes tratamientos especiales:

6.1. Aerosolterapia, ventiloterapia y oxigenoterapia

La cobertura de la presente póliza incluye

los servicios de aerosolterapia, ventiloterapia

y oxigenoterapia a domicilio, siendo

la medicación a cargo del Asegurado.

6.2. Diálisis y riñón artificial

La cobertura de la presente póliza incluye

los tratamientos de diálisis y riñón artificial

tanto en procesos agudos como crónicos.

6.3. Fisioterapia y tratamientos de rehabilitación

La cobertura de la presente póliza incluye

los tratamientos, con fines curativos, de

rehabilitación y fisioterapia, prescritos por

un médico, siempre que deriven de

enfermedad o accidente cubiertos por

la presente póliza, con los límites previstos

en Condiciones Particulares.

No se incluye la rehabilitación acuática.

6.4. Radioterapia

La cobertura de la presente póliza incluye

los servicios de radioterapia y los tratamientos

con acelerador lineal y la radioneurocirugía.

6.5. Quimioterapia

La cobertura de la presente póliza incluye

el coste de los medicamentos citostáticos

y la medicación coadyuvante de los mismos

que se expendan en el mercado

nacional y estén autorizados por el

Ministerio de Sanidad y Consumo.

6.6. Tratamiento del dolor

La cobertura de la presente póliza incluye

las técnicas diagnósticas y terapéuticas

para el tratamiento sintomático paliativo

del dolor.

7. Urgencias

La cobertura de la presente póliza incluye

durante su vigencia la asistencia médica

y/o quirúrgica de carácter vital e inaplazable,

entendiéndose por tal aquella

situación en la que la demora por

más de 6 horas en la realización de la

intervención o tratamiento ponga en

peligro la vida del Asegurado. En este

caso no resultan aplicables los periodos

de carencia.

La asistencia se prestará en los centros

de urgencia que se indiquen en el Cuadro

Médico. En caso justificado se facilitará el

servicio a domicilio por los servicios permanentes

de guardia, únicamente en

aquellas poblaciones en que el Asegurador

tenga concertado dicho servicio.

16 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

Quedan formalmente excluidos de la

cobertura los siguientes conceptos:

- Los gastos que deriven de enfermedades,

lesiones, defectos o deformaciones

preexistentes, salvo que

hayan sido declarados en el cuestionario

de salud y el Asegurador haya

aceptado expresamente su cobertura

en Condiciones Particulares.

- Los gastos de farmacia en régimen

ambulatorio, así como el correspondiente

a las vacunas, los tratamientos

desensibilizantes y los tratamientos

dietéticos.

- La hospitalización de carácter sociofamiliar,

así como la hospitalización

por enfermedad de larga duración

cuando no exista posibilidad de

curación. A esos efectos no se

entenderá por curación la hospitalización

cuya finalidad sea el mantenimiento

y/o la mejoría.

- Los honorarios de facultativos o de

otros profesionales ajenos al

Cuadro Médico, excepto los de facultativos

cuyas consultas quedan expresamente

incluidas en la presente póliza

a través de reembolso de gastos.

- Los gastos de pruebas complementarias

y tratamientos realizados o

prescritos por facultativos ajenos

al Cuadro Médico, excepto los prescritos

por facultativos cuyas consultas

quedan expresamente incluidas en la

presente póliza a través de reembolso

de gastos.

- Los gastos de estancias en clínicas

no concertadas.

- La asistencia de urgencia en clínicas

no concertadas para tal cometido,

excepto supuestos de urgencia de

carácter vital e inaplazable, en cuyo

caso el Asegurador se hará responsable

de los gastos médico-asistenciales ocasionados

en centros privados, debiendo

el Asegurado comunicarlo en el

plazo de 72 horas con el fin de trasladarle

a uno de los centros que tenga

concertados, siempre que su situación

clínica lo permita.

- Los gastos de desplazamiento para

recibir asistencia en la misma o

distinta provincia del Estado español

o en el extranjero.

- Los tratamientos de reproducción

asistida en cualquiera de sus formas,

como por ejemplo, inducción

ovular, inseminación artificial, fertilización

"in vitro" o técnicas de

microcirugía para tratamiento de la

esterilidad.

- El material ortoprotésico externo,

las prótesis externas y los tratamientos

podológicos correctores.

- Los procedimientos diagnósticos no

contrastados científicamente, los tratamientos

de acupuntura, organometría

y "otras terapias alternativas".

- El tratamiento y pruebas diagnósticas

de alcoholismo crónico, drogadicción

y el uso de psicofármacos,

17

Exclusiones

estupefacientes o alucinógenos, así

como enfermedades o accidentes

que traigan causa de ellos.

- Los honorarios por tratamientos o

diagnósticos en balnearios, curas de

reposo o similares, aún cuando

hayan sido prescritas por un médico.

- Los gastos derivados del Síndrome

de Inmunodeficiencia Adquirida

(SIDA) y de las enfermedades que

del mismo se deriven.

- La tentativa de suicidio, la mutilación

voluntaria, cualquier accidente

causado por mala fe o intencionadamente

por el Asegurado, así

como su participación en riñas o en

actividades delictivas.

- Los gastos originados por la práctica

profesional de cualquier deporte.

- Las enfermedades o accidentes

derivados de guerras, actos de

terrorismo o de carácter político y

social, así como las epidemias

declaradas oficialmente.

- Los test genéticos que tengan por

finalidad conocer la predisposición

del Asegurado o de su descendencia

a padecer ciertas enfermedades

relacionadas con el mapa genético.

18 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

Periodos de Carencia

Se establecen los periodos de carencia,

reflejados en Condiciones Particulares,

para los servicios o especialidades

que se indican a continuación:

1. Para la hospitalización e intervenciones

quirúrgicas.

2. Para los siguientes medios de diagnóstico

de alta tecnología:

- Cariotipos

- Scanner (TAC).

- Resonancia Magnética (RMN).

- Angiografía.

- Arteriografía digital.

- PET.

- Radiología intervencionista.

- Polisomnografía.

- Medicina nuclear.

3. Para la planificación familiar.

4. Para los tratamientos especiales recogidos

en el apartado 6 del epígrafe

COBERTURA DEL SEGURO de la presente

póliza.

5. Para los gastos derivados del parto. En

ningún caso estarán incluidos los

gastos ginecológicos y obstétricos

incurridos por una asegurada cuyo

parto no quede cubierto por la presente

póliza.

Se exonerará de estos periodos de carencia

a la asistencia médica y/o quirúrgica

por accidente o en caso de urgencia de

carácter vital e inaplazable.

1. El Asegurador pondrá el Cuadro Médico

a disposición del Tomador y de los

Asegurados, en el momento de suscribir

esta póliza. El Cuadro Médico incluirá

los hospitales, clínicas, médicos,

A.T.S./D.U.E., laboratorios de análisis y

cualquier otro centro o profesional

necesarios, para prestar los servicios

médicos incluidos en las coberturas de

esta póliza.

2. El Asegurador proporcionará a cada

Asegurado una tarjeta sanitaria, que

podría incluir una fotografía digital del

Asegurado. Esta tarjeta sanitaria es propiedad

del Asegurador y su uso es personal

e intransferible por el Asegurado. El

Asegurado deberá comunicar inmediatamente

la pérdida o sustracción

de la tarjeta en un plazo de 72 horas,

para su anulación por el Asegurador.

El Asegurador no será responsable

por el uso indebido o fraudulento de

la tarjeta en tales supuestos. El

Asegurado deberá devolver en un

plazo de 72 horas la tarjeta sanitaria

en el momento de su baja o en el que

quede resuelta esta póliza de seguro.

3. El Asegurado se obliga a presentar

la citada tarjeta sanitaria al requerir

del Cuadro Médico, cualquiera

de los servicios médicos cubiertos

por esta póliza. El Asegurador liquidará

directamente la totalidad de los

gastos correspondientes a la utilización

de tales servicios, quedando exonerado

de efectuar reembolso alguno

de los gastos que el Asegurado

hubiera podido satisfacer por no

presentar su tarjeta sanitaria, así

como lo que hubiese abonado por

mejoras por él solicitadas y no

comprendidas en los acuerdos firmados

por el Asegurador para la

confección del Cuadro Médico.

4. Los Asegurados o personas que les

representen comunicarán previamente

al Asegurador, cualquier

intervención quirúrgica u hospitalización

del Asegurado en un Centro

del Cuadro Médico a efectos de que se

autoricen los mismos. En los supuestos

de urgencia, ésta comunicación

se realizará en el plazo máximo de

7 días. La comunicación comprenderá

todos los detalles acerca del proceso

determinante de la intervención quirúrgica

u hospitalización y cuantos

datos sean necesarios o requeridos por

el Asegurador.

5. Los medios diagnósticos y tratamientos

especiales que precisan

autorización previa del Asegurador

para su realización por el Cuadro

Médico son los siguientes:

- Análisis clínicos: Cariotipos.

- Radiodiagnóstico: Scanner (TAC),

Resonancia Magnética (RMN),

Radiología Vascular (Angiografía,

Arteriografía Digital, etc.), PET y

Radiología intervencionista.

- Cardiología: Hemodinámica.

- Neurofisiología: todas las técnicas

(Electromiograma, Electroencefalograma,

etc...).

- Medicina Nuclear.

- Diálisis y Riñón Artificial.

19

Cuadro Médico

- Tratamientos de rehabilitación: todas

las técnicas.

- Radioterapia y Quimioterapia.

- La corrección con Láser Excimer o

Lasik de la miopía, hipermetropía

y astigmatismo.

La solicitud de autorización del Asegurado

deberá ir acompañada necesariamente

por la prescripción médica

correspondiente.

6. El Asegurado abonará al Asegurador

una franquicia por cada acto o servicio

médico que reciba del Cuadro Médico.

El importe correspondiente a cada franquicia

será el fijado en las Condiciones

Particulares.

20 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

Procedimiento de Reembolso

1. En el caso de las prestaciones reembolsables

para las especialidades de

ginecología y pediatría hasta la segunda

renovación de la póliza, el reembolso

de los gastos por el Asegurador se

efectuará mediante transferencia bancaria

a la cuenta corriente facilitada

por el Tomador o Asegurado.

2. Para obtener el reembolso de los gastos

cubiertos, el Asegurado deberá

cumplimentar la correspondiente solicitud

de reembolso, según modelo del

Asegurador, a la que se acompañarán

necesariamente las facturas

originales correspondientes, que

deberán reunir los requisitos exigidos

en cada momento por la normativa tributaria

y, en todo caso, incluirán los

datos identificativos de la persona física

o jurídica que ha prestado el servicio

(nombre y apellidos o denominación

social, número de identificación

fiscal, domicilio, número de colegiado y

especialidad médica), del Asegurado

destinatario del servicio (nombre y

apellidos) y del acto médico prestado

(descripción, fecha y coste).

3. El Asegurador, una vez aceptado el

siniestro, deberá efectuar el reembolso

de los gastos al Tomador o Asegurado

dentro de los 40 días siguientes a la

recepción de la solicitud del reembolso.

En caso de mora del Asegurador, respecto

del plazo de 40 días fijado en el

párrafo anterior, el Asegurador abonará

en concepto de indemnización por

mora el pago de un interés anual igual

al del interés legal del dinero vigente

en el momento en que se devengue,

incrementado en el 50 por 100. Estos

intereses se considerarán producidos

por días, sin necesidad de reclamación

judicial.

No obstante, transcurridos 2 años

desde la producción del siniestro, el

interés anual no podrá ser inferior al

20 por 100.

1. La presente póliza de seguro entrará

en vigor en el día indicado en las

Condiciones Particulares y vence el 31

de diciembre siguiente a la suscripción

de la misma. La póliza será renovable

tácitamente por periodos anuales

salvo oposición expresa del

Tomador, Asegurado o Asegurador,

manifestada de forma telemática,

telefónica o por escrito, con una

antelación de al menos 2 meses

respecto al vencimiento de cualquier

anualidad, que coincidirá en

todo caso con el 31 de diciembre de

cada año.

2. Las coberturas de la póliza cesarán

automáticamente al producirse la resolución

del contrato, quedando el

Asegurado sin derecho a la prestación

de los servicios.

3. En todo caso, la presente póliza de

seguro se extinguirá para un

Asegurado:

- A su fallecimiento.

- Si al contratar incurrió en dolo o

culpa grave o en caso de agravación

del riesgo si no lo comunica al

Asegurador, o actuó de mala fe.

- Si no emplea los medios a su

alcance para limitar razonablemente

los costes de la prestación,

pudiendo perder el derecho a la

misma si se comprueba que ha

obrado con mala fe o abuso manifiesto.

- Si no facilita al Asegurador, en

caso de accidente con un tercero

civilmente responsable, la información

y documentación necesarias

para la reclamación que proceda.

4. La extinción de la póliza para un

Asegurado por cualquiera de estos

motivos se producirá en el día de su

ocurrencia o en el día en que el

Asegurador tenga conocimiento de

ellos, no existiendo para el

Asegurado derecho a la devolución

de la prima no consumida en el mes

en el que se hace efectiva.

5. En caso de solicitarse por parte del

Tomador la baja de alguno de los

Asegurados de una póliza, con anterioridad

a su segunda renovación, y como

consecuencia de dicha baja se agravase

el riesgo global, el Asegurador se

reserva el derecho de rescindir la

misma, puesto que, de haber sido

esas las condiciones en el momento

de la suscripción de la póliza, el

Asegurador no habría celebrado este

contrato de acuerdo con su política

de selección de riesgos.

21

Duración del Seguro

22 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

Primas

1. La prima se determinará en el momento

del alta en la póliza, teniendo en

cuenta el número de asegurados incluidos

en la misma, así como sus características

personales declaradas al

Asegurador. Esta prima se recalculará

cuando se produzcan altas o bajas de

asegurados.

2. Esta prima se determinará para cada

anualidad, si bien las Condiciones

Particulares podrán prever su fraccionamiento

mensual, trimestral o semestral,

incluyendo en su caso el correspondiente

recargo. Si la cobertura es

contratada una vez iniciado el año

natural, se prorrateará la prima anual

por los meses que resten hasta el 31

de diciembre.

3. El pago de la prima se realizará

mediante la domiciliación bancaria

facilitada por el Tomador al Asegurador

para efectuar el pago de los recibos

correspondientes.

4. La primera prima o fracción de ésta

será exigible una vez suscrita la presente

póliza de seguro. Si no hubiera

sido pagada por culpa del

Tomador, el Asegurador podrá

resolver la póliza o exigir el pago

de la prima en vía ejecutiva. En

todo caso, si esta prima no hubiera

sido pagada en el plazo de 30 días

desde su emisión, la póliza quedará

resuelta.

5. Transcurrido un mes desde el

impago de cualquier otra prima, el

contrato de seguro quedará en

suspenso, excluyéndose, a partir

de ese momento, la cobertura de

cualquier acto médico o quirúrgico

que pudiese requerir el Asegurado.

Si el Asegurador no reclama el

pago dentro de los 6 meses

siguientes a dicho vencimiento, se

entenderá que la póliza queda

extinguida.

6. Si el contrato no ha quedado resuelto

o extinguido conforme a lo previsto en

los números anteriores, la cobertura

vuelve a tener efecto a las 24 horas del

día en que el Tomador pague la prima.

7. Con anterioridad al 31 de octubre

de cada año, el Asegurador comunicará

al Tomador el importe de las

primas aplicables en la siguiente

anualidad. El Tomador podrá optar,

en caso de discrepancia con las primas

previstas para la siguiente anualidad,

por comunicar al Asegurador su voluntad

de extinguir la póliza de seguro al

vencimiento de la anualidad en curso.

1. El Tomador y cada Asegurado para contratar

la presente póliza, formalizarán

una solicitud de aseguramiento que

incluirá, tanto un cuestionario de salud

como todas aquellas circunstancias personales

por ellos conocidas que puedan

influir en la valoración del riesgo.

La cumplimentación de dicha solicitud

podrá realizarse por el Tomador y

Asegurado de forma telemática, con y

sin firma electrónica, o telefónica o

presencial.

En la misma, el Tomador y cada

Asegurado declararán que:

- Son ciertos y veraces todos los

datos y contestaciones expresados

al Asegurador, no existiendo ocultación

de circunstancias o hechos

que pudiesen influir en la valoración

de los riesgos cubiertos.

- Han sido informados de los extremos

contenidos en el artículo 104

del Reglamento de Ordenación y

Supervisión de los Seguros

Privados y, en su caso, de los artículos

42 y 43 de la Ley de Mediación

de Seguros y Reaseguros

Privados.

- Conocen las Condiciones Generales

y Particulares y aceptan las mismas

y, en concreto, las Cláusulas Limitativas

y Exclusiones Expresas.

- Han sido informados de los extremos

contenidos en la Ley Orgánica

15/1999, de Protección de Datos

de carácter personal, aceptando

que sus datos sean tratados conforme

al contenido de la misma.

En caso de que la cumplimentación de

la solicitud de aseguramiento se realice

de forma telemática y el Tomador

disponga de firma electrónica para

todos los Asegurados mayores de 18

años, la póliza quedará formalizada de

forma inmediata. Si no dispusiera de

firma electrónica la formalización será

inmediata a través del intercambio de

correos electrónicos previsto en la

legislación vigente sobre contratación

electrónica, los cuales serán autentificados

a través de un servicio de sellado

electrónico de tiempo.

En caso de que la cumplimentación de

la solicitud de aseguramiento se realice

de forma telefónica, la póliza quedará

formalizada para el Tomador y los

menores de edad mediante la grabación

y el registro de la llamada. Cada

mayor de edad ratificará sus datos personales

mediante llamada telefónica

para formalizar su incorporación a la

póliza. Los ficheros en los que se registre

la grabación de estas llamadas telefónicas

serán igualmente autentificados

a través de un servicio de sellado

electrónico de tiempo.

23

Derechos y Deberes del

Tomador y Asegurados

En caso de que la cumplimentación de

la solicitud de aseguramiento se realice

de forma presencial, la formalización de

la póliza se realizará por escrito.

2. A la vista del cuestionario de salud

y de todas las circunstancias personales,

el Asegurador comunicará

a cada posible Asegurado la aceptación

de su solicitud de aseguramiento

o, en su caso, la denegación

de la misma.

3. Una vez aceptada por parte del

Asegurador, se le remitirá al Tomador y

a cada Asegurado la documentación

correspondiente a esta póliza, poniéndole

asimismo ésta a su disposición de

forma telemática a través de una clave

de acceso.

4. El Tomador y cada Asegurado, una vez

recibida esta documentación, deberán

comprobar que los datos en ella contenidos

son correctos. En caso de no ser

así, podrán solicitar, en el plazo de un

mes, la rectificación de los errores producidos.

Transcurrido dicho plazo

sin efectuar reclamación alguna,

surtirán efecto las disposiciones

contenidas en las mismas. El

Asegurador deberá rectificar, en el

plazo de un mes, los errores producidos,

lo que podrá conllevar la modificación

de las primas, sin que la modificación

entre en vigor hasta que la mayor

prima, en su caso, se satisfaga.

5. El Asegurado deberá minorar las consecuencias

del siniestro, empleando

los medios a su alcance para el

pronto restablecimiento. El incumplimiento

de este deber liberará al

Asegurador de toda prestación relacionada

con el siniestro.

24 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

Subrogación

El Asegurado deberá facilitar la subrogación

al Asegurador, quien podrá ejercitar

los derechos y las acciones que por razón

del siniestro correspondieran al Asegurado

frente a las personas responsables del

mismo.

El Asegurador no podrá ejercitar en perjuicio

del Asegurado los derechos en que se haya

subrogado. El Asegurado será responsable

de los perjuicios que, en sus actos u

omisiones, pueda causar al Asegurador

en su derecho a subrogarse.

El Asegurador no tendrá derecho a la

subrogación contra ninguna de las personas

cuyos actos u omisiones den origen a

responsabilidad del Asegurado, de acuerdo

con la Ley, ni contra el causante del

siniestro que sea, respecto del

Asegurado, pariente en línea directa o

colateral dentro del tercer grado de consanguinidad,

padre adoptante o hijo

adoptivo que convivan con el Asegurado.

Pero esta norma no tendrá efecto si

la responsabilidad proviene de dolo o

si la responsabilidad está amparada

mediante un contrato de seguro. En

este último supuesto, la subrogación

estará limitada en su alcance de acuerdo

con los términos de dicho contrato.

En caso de concurrencia del

Asegurador y Asegurado frente a tercero

responsable, el recobro obtenido

se repartirá entre ambos en proporción

a su respectivo interés.

25

Indisputabilidad

1. En el supuesto de existencia de reserva

o declaración inexacta en las declaraciones

del Tomador o del Asegurado,

el Asegurador podrá rescindir la

relación contractual en el plazo de

un mes desde que se haya conocido

dicha reserva o inexactitud.

2. Transcurrido el plazo de un año desde

que se hubiera satisfecho la primera

prima o fracción de ésta, el Asegurador

no podrá impugnar la póliza, salvo que

el Tomador o el Asegurado hubieran

actuado con dolo al efectuar las declaraciones

esenciales.

Tributos

Todos los tributos que graven la presente

póliza, y que sean legalmente repercutibles,

serán por cuenta del Tomador.

Extravío o Destrucción

En caso de extravío o destrucción de la

póliza, el Asegurador, a petición del

Tomador del seguro o, en su defecto, del

Asegurado, tendrá obligación de expedir

copia o duplicado de la misma, la cual

tendrá idéntica eficacia que la original.

La petición se hará de forma telemática,

telefónica o por escrito, y el solicitante

se compromete a indemnizar al

Asegurador de los posibles perjuicios

que le irrogue la reclamación de un

tercero.

Todas las comunicaciones derivadas

de la presente póliza deberán hacerse

de forma telemática, telefónica o por

escrito, utilizando los medios de comunicación

tecnológica o tradicional que figuren

en las Condiciones Particulares.

26 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

Comunicaciones

Prescripción

Todas las acciones para el reconocimiento

de los derechos que puedan derivarse

de la presente póliza quedarán extinguidas

en el plazo de 5 años a computar

desde el día en que aquéllos

pudieron ejercerse.

Jurisdicción

La presente póliza de seguro queda

sometida a la jurisdicción española, siendo

juez competente para el conocimiento

de las acciones derivadas del mismo el

del domicilio del Asegurado fijado en

Condiciones Particulares, a cuyo efecto

éste designará un domicilio en España en

caso de que residiese temporalmente en

el extranjero, siendo nulo cualquier pacto

en contrario.

Protección de datos de

Caracter Personal

La entrega de todos los datos personales

facilitados al Asegurador por parte del

Tomador y de los Asegurados es totalmente

voluntaria, pero necesaria para

la formalización de la póliza y el

mantenimiento de la relación contractual.

En cumplimiento de la Ley Orgánica

15/1999, de 13 de diciembre, de

Protección de Datos de Carácter Personal

y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de

diciembre, por el que se aprueba el

Reglamento de desarrollo de la Ley

Orgánica 15/1999, el Asegurador informa

al Tomador del seguro y a los Asegurados

de que sus datos serán incorporados a un

fichero de su titularidad para el mantenimiento,

desarrollo y control del contrato

de seguro, así como para la prevención

del fraude.

El Tomador y los Asegurados autorizan a

que el Asegurador se ponga en contacto

con ellos vía mail, teléfono, sms o cualquier

otro medio electrónico equivalente,

con la finalidad de gestionar esta póliza.

Asimismo autorizan expresamente al

Asegurador a utilizar aquellos datos de

salud, o de naturaleza sensible, a los que

tenga acceso, para la adecuada gestión

de esta póliza.

De igual modo, prestan su consentimiento

expreso, para que sus datos puedan

ser cedidos a ficheros comunes, para la

prevención del fraude en el sector asegurador,

y a otras compañías aseguradoras

por motivo de coaseguro o reaseguro, así

como, para el envío del detalle de los servicios

prestados por el proveedor médico

asistencial, para el cumplimiento de las

prestaciones sanitarias previstas en esta

póliza.

Finalmente, autorizan el envío de comunicaciones

publicitarias y/o promocionales,

a su dirección postal, a su dirección

de correo electrónico, o por cualquier otro

medio de comunicación electrónica equivalente.

Para aquellos casos en los que fuera el

Tomador quien facilitase directamente los

datos de los Asegurados al Asegurador, el

Tomador garantiza haber recabado el

consentimiento previo y expreso de los

mismos para la comunicación de sus

datos al Asegurador, informándoles de las

finalidades del tratamiento, cesiones y

demás términos previstos en la presente

cláusula. Cuando esta información

corresponda a menores de edad, el

Tomador garantiza al Asegurador ser el

padre, tutor o representante legal del

menor. A estos efectos, el Tomador será

el único responsable de los datos de

carácter personal de terceros Asegurados

que facilite al Asegurador.

Los Asegurados consienten que el

Tomador conozca sus datos personales

vinculados a la prestación del servicio,

incluido su historial médico. De la misma

forma, el Tomador garantiza haber recabado

el consentimiento expreso de todos los

Asegurados para que conozcan sus datos

personales vinculados a la prestación del

servicio, incluido su historial médico, cuando

éste facilite directamente los datos de

los Asegurados al Asegurador.

El consentimiento del Tomador y de cada

Asegurado se expresará:

- En el caso de contratación telemática,

mediante firma electrónica para todos

los Asegurados mayores de 18 años o,

en caso de no disponer de firma electrónica,

mediante el intercambio de

correos electrónicos autentificados a

través de un servicio de sellado electrónico

de tiempo.

- En el caso de contratación telefónica,

mediante llamadas grabadas y registradas,

las cuáles serán autentificadas

a través de un servicio de sellado electrónico

de tiempo.

- En el caso de contratación presencial,

al firmar la solicitud de aseguramiento.

27

Si un Asegurado concreto no consintiera

la inclusión de sus datos en

estos ficheros o su posterior tratamiento,

el contrato de seguro no

podrá llevarse a efecto respecto del

mismo.

El Tomador y los Asegurados podrán hacer

efectivo el ejercicio de sus derechos de

acceso, rectificación, cancelación y oposición,

mediante petición escrita dirigida al

Asegurador a la Avenida de Burgos 19,

28036 de Madrid, incluyendo en la comunicación

la referencia “Protección de Datos

de Carácter Personal”. De conformidad

con la normativa aplicable en materia de

protección de datos, dicha solicitud deberá

contener los siguientes datos del afectado:

nombre y apellidos, domicilio a efectos de

notificaciones, fotocopia del Documento

Nacional de Identidad o cualquier otro

documento, válido en derecho, que acredite

su identidad y petición en que se concreta

la solicitud.

28 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

29

ANEXO I.

ANEXO II.

ANEXO III.

ANEXO IV.

ANEXO V.

ANEXO VI.

Néctar Salud

Seguro de Asistencia Sanitaria

Anexos a las Condiciones Generales

Asistencia en Viaje

Servicio de Segundo Diagnóstico Internacional

Servicio Odonto-Estomatológico

Otros Servicios Complementarios de Salud

Servicio Médico Telefónico y Telemático

Servico de Consejo Psicológico Telefónico

31

El Asegurador pone a disposición del

Asegurado un servicio de Asistencia en

Viaje, por el que dispondrá, en los viajes

que realice fuera del Territorio

Español, de las coberturas que a continuación

se detallan, siendo el coste

máximo cubierto por esta cobertura

de asistencia en viaje de 6.000 euros

por persona y año.

1. Repatriación o transporte sanitario

del Asegurado enfermo o herido.

Según la urgencia o gravedad del caso y

a criterio del médico, se organizará el

transporte del Asegurado, incluso bajo

vigilancia médica si procede, hasta su

ingreso en un centro hospitalario en

España, cercano a su residencia, o a su

propio domicilio habitual, cuando no

necesite hospitalización. Si el ingreso no

pudiera lograrse en lugar cercano al

domicilio, en su momento se organizará

el subsiguiente traslado hasta la residencia

del Asegurado, si fuera preciso realizarlo

en un medio de transporte especial.

Medio de Transporte:

- Avión sanitario especial para los países

de Europa o aquellos que sean limítrofes

del mar Mediterráneo.

- Avión de líneas regulares, tren o barco.

- Ambulancia.

En caso de afecciones benignas o heridas

leves que no den motivo a repatriación, el

transporte se realizará por ambulancia o

cualquier otro medio, hasta el lugar en

que puedan prestarse los cuidados adecuados.

En ningún caso se sustituirá a los

organismos de socorro de urgencia ni

el Asegurador se hará cargo del coste

de estos servicios.

2. Repatriación o transporte de los

miembros de la familia del Asegurado

enfermo o herido.

Cuando el retorno del Asegurado se

hubiera realizado por cualquiera de las

causas descritas en el apartado anterior, y

ello impida al resto de los acompañantes

siempre que tuvieran condición de cónyuge,

ascendientes (siempre que convivan

en el mismo domicilio que el Asegurado),

o descendientes (en tanto dependan económicamente

de él), continuar su viaje

por los medios inicialmente previstos, se

organizará el transporte para el regreso

de los mismos a su domicilio.

3. Repatriación o transporte de menores

de edad.

Cuando el retorno del Asegurado se

hubiera realizado por cualquiera de las

causas descritas anteriormente, y éste

viajara en la única compañía de hijos

menores de 15 años, se organizará el

desplazamiento, ida y vuelta, de una azafata

o de una persona designada por el

Asegurado, a fin de acompañar a los

menores en el regreso al domicilio.

4. Regreso anticipado por fallecimiento

de un familiar directo del Asegurado.

Si el Asegurado en Viaje, debe interrumpirlo

en razón del fallecimiento de su cónyuge,

ascendiente o descendiente en primer

grado, de hermano o hermana, se

Anexo I. Asistencia en viaje

organizará la entrega de un billete de

tren (primera clase) o avión (clase turista),

desde el lugar en que se encuentre

en tal momento, al de inhumación en

España del familiar fallecido, y un billete

de regreso al lugar donde se encontraba

al producirse tal evento.

5. Desplazamiento de un acompañante

familiar junto al Asegurado hospitalizado.

Si el estado del Asegurado, enfermo o

herido, impide su repatriación o regreso

inmediato y si la hospitalización en el

lugar donde se encuentre debe exceder

de 10 días, se organizará la entrega de:

- Un billete de ida y vuelta de tren (primera

clase) o de avión (clase turista),

que permita a un miembro de la familia

del Asegurado, o persona que éste

designe, acudir al lado del hospitalizado.

- De producirse la hospitalización en el

extranjero, se abonará además, contra

los justificantes oportunos, los gastos

de estancia de esta persona hasta

60 euros por día, sin que el total

pueda exceder de 600 euros.

6. Repatriación o transporte del

Asegurado fallecido.

En caso de defunción del Asegurado, se

organizará el transporte del cuerpo,

desde el lugar del óbito hasta el de su

inhumación en España, así como del

regreso hasta su domicilio de las otras

personas que lo acompañan, siempre que

tengan condición de cónyuge, ascendientes

(siempre que convivan en el mismo

domicilio del Asegurado), o descendientes

(en tanto dependan económicamente

del Asegurado).

Quedan igualmente cubiertos los gastos

del tratamiento post-mortem y acondicionamiento

(tales como embalsamamiento

y ataúd obligatorio para el traslado), conforme

a requisitos legales, hasta un

límite de 900 euros.

En cualquier caso, el coste del ataúd

habitual y los gastos de inhumación y

de ceremonia, no son a cargo del

Asegurador.

7. Inmovilización en un hotel del

Asegurado enfermo o herido.

Si el Asegurado enfermo o herido no

puede regresar, por así estimarlo el médico

que lo trate, se organizará la prórroga

de estancia en el hotel hasta una cantidad

de 60 euros diarios y con un total

máximo de 600 euros.

8. Envío de medicamentos al extranjero

para el Asegurado enfermo o herido.

Se gestionará la localización y el envío de

posibles medicamentos que sean de vital

importancia y que no puedan ser obtenidos

en el país donde se encuentre el

Asegurado hospitalizado.

El coste de los medicamentos será

siempre por cuenta del Asegurado.

9. Información sobre asistencia

médica en el extranjero para el

Asegurado enfermo o herido.

Si el Asegurado necesitara acudir particularmente

a la consulta de un médico en el

lugar del país extranjero donde se encuentre,

y éste no dispusiera de la información

suficiente para su localización, se le facilitarán

los datos necesarios para que pueda

acudir a una consulta médica.

32 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

33

10. Intérprete en caso de enfermedad

o accidente en el extranjero.

Si, como consecuencia de enfermedad

grave o accidente ocurrido en el extranjero

cubierto por la póliza, fuera necesaria

la intervención de un intérprete en el

lugar de ocurrencia, se pondrá a disposición

del Asegurado un intérprete.

11. Gastos médicos.

En caso de que, como consecuencia de

enfermedad grave o accidente ocurrido

en el extranjero y cubierto por la póliza,

el Asegurado precisase asistencia médica,

el Asegurador pondrá a su disposición

el profesional o Centro Médico que le

atienda y se hará cargo del coste hasta

el límite máximo cubierto por este

servicio de Asistencia en Viaje.

No comprende este servicio de

Asistencia en Viaje los siguientes

supuestos:

- Las prestaciones que no hayan sido

solicitadas a través de la Central de

Asistencia en Viaje, salvo en caso

de fuerza mayor o de imposibilidad

material demostrada.

- Las recaídas de enfermedades existentes

con riesgo de agravación

brusca y conocidas por el Asegurado

en el momento de iniciar el viaje.

- Los estados patológicos conocidos

por el Asegurado y con antecedentes

médicos, susceptibles de empeoramiento

en caso de viaje.

- Los embarazos. No obstante, hasta el

sexto mes, quedan cubiertos los casos

de complicaciones imprevisibles.

- El rescate de personas en montaña,

mar, desierto u otros lugares de

dificil accesibilidad.

Anexo II. Servicio de Segundo Diagnóstico Internacional

El Asegurador pone a disposición del

Asegurado un servicio de segundo diagnóstico

internacional, por el que podrá

solicitar a través del Asegurador un

segundo diagnóstico de la enfermedad

que padezca, así como recomendaciones

diagnósticas y/o terapéuticas, a los especialistas,

centros asistenciales o académicos

internacionales que a tal efecto el

Asegurador le facilite.

Este servicio cubrirá las siguientes

enfermedades graves:

- Cáncer.

- Enfermedades Cardiovasculares.

- Trasplantes de órganos.

- Enfermedades neurológicas y neuroquirúrgicas,

incluyendo accidentes

cerebrovasculares.

- Insuficiencia renal crónica.

- Enfermedad idiopática de Parkinson

(parálisis agitans).

- Enfermedad de Alzheimer.

- Esclerosis múltiple.

34 Seguro de Asistencia Sanitaria

Condiciones Generales

El Asegurador pone a disposición del

Asegurado en todo el territorio nacional,

un servicio odonto-estomatológico baremado,

por el que podrá acceder a un

Cuadro Médico de odontólogos y estomatólogos

privados y solicitar, sin coste, los

servicios dentales que se especifican a

continuación:

Primeras Visitas

- Examen del paciente para diagnóstico,

plan de tratamiento y presupuesto con

o sin radiografías

- Exámen del paciente para diagnóstico,

con o sin moldes

- Visita de urgencia

- Visita de revisión (revisión dental anual)

Exodoncias

- Extracciones (excluidas piezas incluidas

o que requieran cirugía máxilofacial)

- Retirar puntos

Obturaciones

- Obturaciones provisionales

- Poste prefabricado o retención radicular

(unidad)

- Pins o espigas en dentina (unidad)

- Pulido de amalgama

Periodoncia

- Exploraciones radiográficas

- Análisis oclusal

- Tallado selectivo

Odontología Preventiva

- Fluorizaciones

- Selladores oclusales

- Limpieza de boca (profilaxis sobre periodonto

sano)

- Educación bucal

- Radiología (radiografías intrabucales)

Prótesis

- Composturas de prótesis removibles

- Rebase de prótesis removible

- Rebase resina o similares acondicionadores

provisional en la prótesis removible

- Ajustes oclusales sin montaje en articulador

para prótesis

- Ajustes oclusales con montaje en articulador

con toma de impresiones de

estudio oclusal

Ortodoncia

- Primera visita para reconocer al paciente

( diagnóstico, ppto., plan tratamiento)

Implantología

- Estudio implantológico

- Falso muñón

- Tornillo de cicatrización

- Tornillo de cementación

- Férula quirúrgica

- Férula radiológica

Cirugía Oral

- Frenectomía

- Quistectomía

El resto de servicios dentales requeridos

por el Asegurado a esos profesionales,

los abonará directamente a los

mismos a los precios fijados en la

Guía Médica Dental para este servicio

odonto-estomatológico baremado.

Anexo III. Servicio Odonto-Estomatológico

35

El Asegurador pone a disposición del

Asegurado un cuadro de centros y profesionales

que le prestarán, entre otros, los

siguientes servicios:

- Medicina y cirugía estética.

- Centros de belleza.

- Balneoterapia.

- Naturopatía.

- Psicología y pedagogía.

- Ópticas, ortopedias y prótesis auditivas.

El coste de estos servicios será por

cuenta del Asegurado que abonará

directamente al centro o profesional

los honorarios por los servicios que le

presten, según el baremo de precios

acordados por el Asegurador con

dichos centros o profesionales.

Anexo V. Servicio Médico Telefónico y Telemático

Anexo VI. Servicio de Consejo Psicológico Telefónico

El Asegurador pone a disposición del

Asegurado un servicio médico telefónico

permanente, atendido por médicos de

familia que le asesorarán sobre cualquier

duda o consulta médica.

Asimismo, pone a su disposición, un servicio

médico telemático.

Anexo IV. Otros Servicios Complementarios de Salud

El Asegurador pone a disposición del

Asegurado, un servicio por el que recibirá

el apoyo psico-emocional que precise, a

través de una evaluación psicológica telefónica,

ya sea de carácter inmediato o

programada, de un psicólogo clínico, que

le facilitará de forma personalizada y gratuita,

consejos y orientaciones que no

constituirán en ningún caso un diagnóstico

clínico.

Diccionario de términos

A

ABORTO : Pérdida del producto de la concepción antes de que sea viable. Puede ser espontáneo o natural y artificial o provocado.

ABCESO : Acumulación localizada de pus en una cavidad orgánica.

ACCIDENTE : Lesión corporal sufrida durante la vigencia de la póliza y que derive de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado.

ACUPUNTURA : Práctica terapéutica, tratamiento, de la medicina china. Se realiza mediante el empleo de agujas.

ADENOMA : Tumor epitelial, benigno generalmente.

ADENOPATIA : Inflamación (enfermedad) de los ganglios, especialmente linfáticos.

ADIPOSIS : Obesidad.

AEROSOLTERAPIA : Tratamiento mediante aerosoles.

AFASIA : Defecto o alteración del lenguaje, por lesión cerebral.

AGOTAMIENTO : Debilidad gradual sin lesiones propiamente dichas.

ALBÚMINA : Un tipo de proteína.

ALCOHOLISMO : Intoxicación y/o dependencia del alcohol.

ALERGIA : Alteración de la capacidad de reacción del organismo. Conjunto de fenómenos respiratorios, nerviosos o dérmicos de la piel (eruptivo), producidos por la absorción de ciertas sustancias que dan al organismo una sensibilidad especial ante una nueva acción de dichas sustancias, aún en cantidades mínimas.

ALERGOLOGO : Médico especializado en enfermedades alérgicas. También se llama ALERGISTA.

ALGIA : Dolor.

ALGOLOGO : Médico especialista en el tratamiento del dolor.

ALOPECIA : Calvicie.

AMBULATORIO : Dícese de las enfermedades o tratamientos que no obligan al enfermo a estar o guardar cama.

AMNESIA : Alteración de la memoria.

AMNIOCENTESIS : Punción de la bolsa amniótica a fin de obtener una muestra del liquido amniótico.

AMNIOSCOPIA : Observación directa del feto y del liquido amniótico por medio de un endoscopio introducido a través de la vagina y cuello del útero.

AMNIÓTICO/A : (Líquido y Bolsa) Líquido claro/amarillento que rodea al embrión o feto, contenido en una bolsa (bolsa amniótica o amnios) que con ésta es empujado en el acto del parto, formando la "bolsa de las aguas".

AMPUTACIÓN : Separación espontánea o traumática de un miembro, segmento de extremidad o parte saliente del cuerpo. También denominado Ablación, Exéresis.

ANÁLISIS : Acto de determinar (en cantidad y cualidad), las partes que constituyen una sustancia. Análisis de sangre, orina, esputos, heces,... etc.

ANATOMÍA : Estudio y descripción de la estructura de los cuerpos organizados.

ANATOMÍA PATOLÓGICA : Estudio de las alteraciones (enfermedades) macroscópicas y microscópicas de los órganos.

ANEMIA : Falta de sangre, en general. Clínicamente se considera la disminución de las cifras normales de hemoglobina, glóbulos rojos (hematíes o eritrocitos).

ANESTESIA : Abolición o disminución de la sensibilidad. Se emplea corrientemente este termino para indicar la anulación de la sensibilidad dolorosa; lo que se consigue mediante diferentes fármacos o medicamentos, para de esta forma hacer posibles las intervenciones quirúrgicas (operaciones) o exploraciones. La anestesia puede ser general (afecta a todo el cuerpo), local (se ciñe a una parte determinada del organismo). Merece destacar un tipo de anestesia frecuentemente utilizada en Ginecología (y en otras especialidades), es la llamada Raquianestesia o ANESTESIA EPIDURAL, que es la que se consigue mediante la introducción de fármacos anestésicos en el raquis o médula espinal, consiguiendo anestesias segmentarias del organismo.

ANESTESISTA : Médico especialista en anestesia.

ANGINA : Síndrome caracterizado por sofocación espasmódica.

ANGINA DE PECHO : Afectación cardiaca, caracterizada por dolor torácico, en brazo, sofocación, etc.

ANGINAS : Comúnmente, inflamación de las amígdalas. Amigdalitis.

ANGIOLGIA : Conjunto de conocimientos relativos a los vasos sanguíneos (arterias y venas) y linfáticos.

ANGIÓLOGO : Médico especialista en enfermedades de los vasos sanguíneos y linfáticos.

ANOREXIA : Falta de apetito.

ANTIBIÓTICO : Sustancia antimicrobiana.

APARATO : Conjunto de partes que actúan al unísono para realizar una función. Normalmente va seguido de la función que realizan, p.e. A. DIGESTIVO (relativo a las funciones de la digestión), A. CARDIOCIRCULATORIO (relativo a las funciones propias del corazón y de la circulación sanguínea), A. RESPIRATORIO (relativo a las funciones de la respiración) A. LOCOMOTOR (relativo a las funciones de traslación, músculos, huesos, articulaciones,...).

APÉNDICE : Parte de un órgano que parece estar sobreañadido al mismo. Corrientemente se aplica a parte del ciego, intestino grueso, de forma de gusano, que frecuentemente se inflama ocasionando la APENDICITIS y que precisa intervención quirúrgica.

APNEA : Supresión transitoria de la respiración.

ARRITMIA : Alteración del ritmo, principalmente referido al del corazón.

ARTERIA : Vaso sanguíneo, que distribuye la sangre por el organismo, expelida por el corazón.

ARTERIOGRAFÍA : Radiografía de las arterias después de la inyección de un contraste opaco a los rayos X.

ARTICULACIÓN : Unión de dos o más huesos. Coyuntura.

ARTRITIS : Inflamación de una articulación.

ARTROSCOPIA : Examen directo del interior de las articulaciones por medio de un instrumento denominado ARTROSCOPIO. Se utiliza tanto para diagnosticar como en la actualidad para efectuar intervenciones quirúrgicas de lesiones articulares.

ARTROSIS : Afección crónica de carácter degenerativo de una articulación.

ASMA : Enfermedad caracterizada por ataques de dificultad en la respiración-espiración- (disnea) de duración variable, con tos, sibilancias y sensación de constricción debida al espasmo de los bronquios. Producida por muchas causas, primordialmente por procesos alérgicos (inmunoalérgicos).

ASTENIA : Falta de fuerza.

ATROFIA : Disminución de peso y volumen de un órgano.

AUDIOLOGÍA : Ciencia que estudia los fenómenos del a audición y sus trastornos.

AUDIOMETRÍA : Conjunto de técnicas que se utilizan para medir la audición.

AUSCULTACIÓN : Exploración, audición de sonidos que se producen dentro del cuerpo.

 

B Volver

BALNEARIO : Establecimiento de baños minerales. Se utiliza para efectuar tratamientos de ciertas enfermedades.

BIOPSIA : Extracción y examen de tejidos u otras materias procedentes del organismo vivo, con fines diagnósticos.

BOCIO : Aumento de tamaño de la glándula tiroides que produce un abultamiento en el cuello.

BRADIACARDIA : Lentitud anormal del latido cardiaco.

BRONCOSCOPIA : Endoscopia (visualización) de los bronquios, mediante el broncoscopio (aparato diagnóstico) que es introducido por la boca.

BRONQUIO : Cada una de las dos ramas principales en que se divide la tráquea.

BUCAL : Relativo a la boca.

BURSITIS : Inflamación de una bolsa (principalmente localizadas en las articulaciones).

BY-PASS : Atajo, camino auxiliar. Técnica utilizada para eludir un segmento vascular (vaso) obturado o disminuido en su calibre. Se efectúa mediante un injerto de arteria, vena o tubo de sustancia plástica.

 

C Volver

CAMPIMETRIA : Medida del campo visual.

CANCER : Tumor maligno en general.

CARCINOMA : Tumor o neoplasia maligna formada por células epiteliales neoformadas, con capacidad de producir metástasis.

CARDIOLOGÍA : Tratado sobre el corazón y sus funciones.

CARDIÓLOGO : Médico especialista en las enfermedades del corazón.

CARIOTIPO : Presentación de los cromosomas en pares, para su estudio. Se obtiene por medio de una microfotografía.

CATETER : Instrumento tubular quirúrgico para el desagüe de líquidos y/u observación de una cavidad del cuerpo. Sonda.

CATETERISMO : Empleo de un catéter por un conducto o cavidad; exploración de un conducto por medio de un instrumento de forma y dimensiones adecuadas.

CERVICAL : Concerniente o relativo al cuello. Columna cervical, parte de la columna que se encuentra en el cuello.

CESAREA : Extracción del feto mediante intervención quirúrgica que efectúa una incisión abdominal y uterina.

CIRUGÍA : Rama de la medicina que trata las enfermedades y accidentes, por métodos manuales o con la ayuda de instrumentos especiales en un acto llamado operación o intervención quirúrgica. Según la parte o especialidad que se trate así se denomina, p.e. C. CARDIACA (cirugía del corazón); C. MAXILOFACIAL (cirugía de la boca, maxilares y cara); C. TORACICA ( cirugía sobre los órganos intratorácicos),... etc.

CITOLOGÍA : Estudio de las células, estructura y funciones.

CITOSCOPIA : Estudio, visualización de las células existentes en exudados, líquidos, secreciones, sangre, etc.

COMADRONA : Ayudante técnico sanitario que asiste a la mujer en el parto.

CORNEA : Disco transparente, situado en la parte anterior externa del ojo, engastado sobre una estructura ocular denominada esclerótica.

CRIOTERAPIA : Tratamiento mediante el frío.

CROMOSOMA : Nombre de los pequeños cuerpos en forma de bastoncillo en que se divide la cromatina (núcleo celular). Estos se dividen posteriormente longitudinalmente en partes iguales. Su número es constante para cada especie, en el hombre 46 (44 autosómicos y 2 sexuales), y están constituidos por genes.

CURA : Tratamiento a que se somete un enfermo, sea cual sea el resultado. Tratamiento de una herida o lesión, mediante la aplicación de diversas sustancias y materiales.

 

D Volver

DENSITOMETRÍA : Medición de la densidad (relación entre peso y volumen) de una sustancia.

DENSITOMETRÍA OSEA : Medición de la densidad de los huesos, con relación a la edad y otros factores.

DERMATITIS : Inflamación de la piel.

DERMATOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia la piel y sus enfermedades.

DERMATÓLOGO : Médico especialista en enfermedades de la piel.

DERMATOSIS : Término general para las afecciones de la piel.

DERMATOVENEROLOGO : Especialista en enfermedades de la piel y en enfermedades venéreas (enfermedades de transmisión sexual).

DIABETES : Genéricamente, trastorno del metabolismo de los hidratos de carbono, con aumento de las cifras de glucosa en sangre, aumento de esta en orina, sed, adelgazamiento, etc., este tipo se denomina DIABETES MELLITUS (su evolución es distinta según la edad de aparición, pudiendo precisar en muchas ocasiones tratamiento mediante insulina); Otro tipo de Diabetes es la llamada INSÍPIDA, surgida por afectación de una estructura cerebral (hipotálamo-hipófisis).

DIAGNOSTICO : Identificación de la enfermedad, mediante signos y síntomas de esta.

DIALISIS : Proceso mediante el cual pueden separarse una moléculas o sustancias de otras. Técnica que permite la depuración de la sangre. Se utiliza en enfermos que tienen afectados ambos riñones.

DIETA : Alimentación ordinaria de líquidos y sólidos. Uso razonado de la alimentación con alguna finalidad.

DIETÉTICA : Parte de la medicina que estudia los regímenes alimenticios en relación con la salud y la enfermedad. Se utiliza como tratamiento.

DISPEPSIA : Digestión pesada y laboriosa de carácter crónico.

DOPPLER : En realidad llamado Efecto Doppler. Es el efecto observado cuando a un flujo líquido con partículas en suspensión se le somete a una haz de ultrasonidos. Se utiliza como prueba exploratoria y/o diagnóstica.

DOSIS : Cantidad determinada de un medicamento.

DRENAJE : Procedimiento técnico para dejar asegurada la salida de líquidos y derrames de una herida, abceso o cavidad natural.

DROGA : Sustancia medicamentosa en general. Medicamento simple. Ordinariamente, se emplea este término para designar a los medicamentos deprimentes o estimulantes, denominándose el resto, fármacos. Popularmente y en la actualidad, término utilizado para determinar ciertas sustancias tales como la heroína, cocaína, etc.

DROGADICCIÓN : Adicción o dependencia a las drogas, generalmente a la cocaína, heroína, etc. Lleva consigo la aplicación de tratamientos de desintoxicación.

 

E Volver

ECOGRAFIA : Obtención de imágenes en dos dimensiones por recepción de ecos rebotados de ondas ultrasónicas. El aparato se denomina ECÓGRAFO y puede ser aplicado al estudio y diagnóstico de diferentes órganos, p.e. corazón (ECOCARDIGRAMA), cráneo-encéfalo (ENCEFALOGRAMA). Igualmente se utiliza muy frecuentemente en Ginecología, para el estudio del desarrollo del embrión y estado de la placenta y cavidad uterina.

ECZEMA : Afectación inflamatoria aguda o crónica de la piel, por múltiples causas y con múltiples lesiones.

EDEMA : Acumulación excesiva de liquido en el tejido celular.

ELECTROCARDIOGRAMA : Siglas E.C.G. Trazado gráfico de las corrientes eléctricas producidas por el músculo cardíaco, con la finalidad del examen de la función cardiaca. El aparato que lo realiza se denomina ELECTROCARDIÓGRAFO.

ELECTROCOAGULACIÓN : Coagulación sanguínea mediante un tipo determinado de corriente eléctrica.

ELECTROENCEFALOGRAMA : Siglas E.E.G. Registro gráfico de los fenómenos que se producen en el encéfalo (cerebro).

ELECTROMIOGRAFIA : Siglas E.M.G. Registro gráfico de las ondas eléctricas producidas por la contracción muscular o la reacción de un músculo antes un estimulo eléctrico.

ELECTRONISTAGMOMETRIA : Registro gráfico (electrográfico) de los movimientos oculares nistagmáticos (Nistagmo = espasmo de los músculos motores del globo ocular que producen movimientos involuntarios en diferentes sentidos).

ELECTROTERAPIA : Parte de la fisioterapia que estudia las formas de tratamientos por la electricidad.

EMBARAZO : Gestación, preñez, "estado de buena esperanza", etc. Periodo comprendido desde la fecundación del óvulo hasta el parto.

EMBOLIA : Obstrucción brusca de un vaso (arteria o vena), por un cuerpo arrastrado por la corriente sanguínea.

EMBOLO : Cuerpo extraño o coágulo que produce embolia.

ENDEMIA : Enfermedad, generalmente infecciosa, que reina constantemente en épocas fijas en ciertos países por influencia de una causa local especial.

ENDOCRINOLOGIA : Estudio de las glándulas de secreción interna.

ENDOCRINOLOGO : Médico especialista en endocrinología.

ENDODONCIA : Tratamiento de los conductos radiculares de una pieza dentaria.

ENDOPROTESIS : Prótesis interna.

ENDOSCOPIA : Examen o inspección directa de una cavidad o conducto del cuerpo mediante instrumentos adecuados (endoscopio). Puede ser diagnóstica y/o terapéutica (esta última se emplea para efectuar tratamiento).

ENDOSCOPIO : Término general para los instrumentos que se utilizan para visualizar una cavidad, víscera hueca o conducto. Se denominan según el órgano a explorar.

ENEMA : Inyección de líquido en el recto. Enema OPACO, inyección de solución de bario para la realización de una radiografía.

ENFERMEDAD : Alteración o desviación del estado fisiológico en una o varias partes del cuerpo. Toda alteración involuntaria de la salud cuyo diagnóstico y confirmación sea efectuada por un médico legalmente reconocido.

ENZIMA : Sustancia capaz de provocar o acelerar ciertas reacciones químicas, sin sufrir ninguna modificación ella.

EPIDEMIA : Enfermedad accidental, transitoria, generalmente infecciosa, que ataca al mismo tiempo y en una misma región a gran número de personas.

EPITELIO : Capa celular que envuelve todas las superficies externas e internas del organismo.

ESCAYOLA : Sustancia que se utiliza para inmovilizar miembros tras una fractura ósea. Previamente a su empleo se baña para poderla moldear a la parte que se desea aplicar.

ESFÍNTER : Músculo (grupo muscular), en forma de anillo que cierra un orificio natural.

ESGUINCE : Torcedura o distensión violenta de una articulación, que puede llegar a la rotura de algún ligamento o de fibras musculares próximas.

ESPASMO : Contracción involuntaria de un músculo o grupo muscular.

ESPIRTOMETRIA : Medición de la capacidad respiratoria de los pulmones.

ESPLENECTOMIA : Extirpación del bazo. ESPLEN/ESPLENO, prefijos con la significación de Bazo.

ESTENOSIS : Estrechez patológica de un orificio o conducto.

ESTERILIDAD : Calidad de estéril. Imposibilidad de procrear, infecundo.

EMPASTE : Pasta que se utiliza para rellenar el hueco de un diente o muela, producido normalmente por una carie.

 

F Volver

FÁRMACO : Medicamento, droga.

FECUNDACIÓN : Impregnación (unión-fusión) del óvulo maduro por el espermatozoide.

FECUNDACIÓN : "IN : VITRO": La experimental, extracorpórea, conseguida en laboratorio.

FÉRULA : Tablilla (madera, hierro, plástico, cartón,...), rígida o flexible, que se aplica para mantener en su posición partes móviles o desplazadas, especialmente huesos fracturados o luxados.

FETO : Producto de la concepción desde el tercer mes hasta el parto.

FIMOSIS : Estrechez natural o congénita de la abertura del prepucio, resultando imposible descubrir el glande.

FISIOTERAPIA : Empleo de agentes físicos: luz, color, aire, agua, ejercicios físicos, etc. en el tratamiento de las enfermedades.

FÍSTULA : Trayecto patológico que pone en comunicación anormal dos órganos entre sí o con el exterior.

FLUORESCEINGRAFIA : Procedimiento de coloración del fondo ocular, tras la inyección de fluoresceína (colorante), obteniendo imágenes indicadoras de la dinámica circulatoria y de las estructuras del segmento anterior del fondo ocular.

FONOCARDIOGRAMA : Registro gráfico de los ruidos del corazón.

FRACTURA : Solución de continuidad en un hueso, producido traumáticamente o espontáneamente. (Rotura). Pueden ser abiertas (con herida exterior) o cerradas, completa, incompleta o conminuta (el hueso queda reducido a fragmentos o esquirlas).

 

G Volver

GAMMAGRAFIA : Técnica radiológica basada en la obtención de imágenes tras la administración de sustancia radioactiva que se fija en un órgano o estructura y emite posteriormente centelleos (radiaciones), que son captados y contados por un instrumento adecuado.

GÁSTRICO : Relativo al estómago.

GASTRITIS : Inflamación aguda o crónica de la mucosa gástrica del estómago.

GEN : Unidad de material hereditario que ocupa un "lugar" en un cromosoma.

GENOTIPO : Constitución fundamental hereditaria de un organismo que resulta de una combinación particular de genes. Especie tipo de un genero.

GERIATRA : Médico especializado en las enfermedades de la vejez.

GERIATRIA : Parte de la medicina que estudia las enfermedades de la vejez.

GINECOLOGÍA : Rama de la medicina que estudia y trata de la mujer y de las enfermedades que le son propias, principalmente las sexuales.

GINECÓLOGO : Médico especialista en ginecología.

GOTA : Estado morboso, enfermedad, aguda o crónica que se caracteriza por la elevación del ácido úrico y derivados de la sangre y por los ataques dolorosos inflamatorios, principalmente nocturnos y localizados en las articulaciones (del dedo gordo del pie en particular).

 

H Volver

HEMATOLOGIA : Suma de conocimientos relativos a la sangre.

HEMATÓLOGO : Médico especialista en el estudio y tratamiento de las enfermedades de la sangre.

HEMATURIA : Existencia de sangre en la orina emitida (emisión de sangre con la orina).

HEMIPLEJIA : Parálisis de un lado del cuerpo.

HEMODIÁLISIS : Separación de las sustancias difusibles de la sangre circulante de un animal o del organismo humano. Técnica de depuración sanguínea extrarrenal.

HEMODINÁMICA : Estudio de los movimientos de la sangre y de las fuerzas que los impulsan.

HEPATITIS : Inflamación del hígado.

HEPATOLOGÍA : Tratado de los conocimientos relativos al hígado.

HEPATÓLOGO : Médico especialista en el estudio y enfermedades del hígado.

HERNIA : Tumoración formada por la protusión, salida o deslizamiento de un órgano a través de una abertura natural o accidental y de las capas que le cubren. Pueden ser: inguinales, discales, de hiato... etc.

HIPERTENSIÓN : Aumento de la presión sanguínea. Su contrario es la HIPOTENSIÓN.

HISTEROSALPINGOGRAFIA : Radiografía del útero y de las trompas, previa inyección de sustancia opaca.

HOLTER : Se entiende como tal a la monitorización continua ambulatoria. Puede ser de tensión arterial y de registro electrocardiógrafo (para control y diagnóstico de arritmias e isquemia silente).

HOSPITAL : Todo establecimiento público o privado legalmente autorizado para el tratamiento médico de enfermedades o lesiones corporales, provisto de los medios para efectuar diagnósticos, intervenciones quirúrgicas e internamiento superior a 24 horas. Dicho establecimiento debe estar atendido por un médico las 24 horas del día y en el que los tratamientos que se ofrezcan sean dados por personal médico cualificado y en donde sólo se admitan personas enfermas o lesionadas. No se consideraran como hospitales a efectos de la póliza, los hoteles, asilos, casas de reposo o convalecencia, balnearios, clínicas neuro-psiquiátricas, instalaciones dedicadas principalmente al internamiento y/o tratamiento de enfermedades crónicas, tratamientos de drogadicción o alcoholismo e instituciones similares.

HOSPITALIZACION : Se producirá cuando una persona figure registrada en un hospital y permanezca en él un mínimo de 24 horas.

 

I Volver

INFARTO : Supresión súbita del riesgo sanguíneo por obstrucción de los vasos sanguíneos y sus consecuencias posteriores. Infarto de MIOCARDIO, el fenómeno expresado, pero referido al músculo cardíaco (miocardio), en el que se obstruyen las arterias coronarias.

INFECCION : Implantación y desarrollo en el organismo de seres vivientes patógenos y la acción morbosa que desarrollan éstos, así como la reacción ante ello.

INFESTACION : Es la infección producida por agentes parásitos macroscópicos (visibles).

INFILTRACIÓN : Acumulación o depósito de una sustancia en un tejido. Se puede efectuar médicamente buscando fines beneficiosos, terapéuticos.

INFLAMACIÓN : Estado complejo que desarrolla el organismo ante un agente irritante o infeccioso. Se caracteriza por los siguientes síntomas: dolor, tumor (hinchazón), calor y rubor.

INJERTO : Acción y efecto de implantar en la piel o en otro tejido del cuerpo un trozo de tejido para reparar una pérdida de sustancia o mejorar las condiciones del área lesionada.

INMOVILIZACIÓN : Supresión temporal de la movilidad de una articulación.

INMUNIDAD : Defensa o insensibilidad relativa a una persona o a un animal ante una infección o para los efectos nocivos de ciertas sustancias.

INMUNOLOGIA : Parte de la medicina que busca la inmunidad.

INSEMINACIÓN : Siembra. Fecundación de óvulo. Introducción del semen en la vagina. Puede ser natural o artificial (esta última mediante instrumentos).

INSULINA : Hormona segregada por el páncreas, que actúa en el metabolismo del azúcar. Se utiliza para el tratamiento de los diabéticos, al reducir las cifras del azúcar en sangre.

INTERVENCION : (Quirúrgica) : Toda operación mediante incisión u otra vía de abordaje interno efectuado por un profesional sanitario autorizado con fines terapéuticos. Intervención urgente, aquella cuya demora pueda significar un grave peligro grave e inmediato para la vida de la persona o su capacidad funcional.

INVALIDEZ : Incapacidad por enfermedad o lesión.

IRRADIACIÓN : Efecto de irradiar. Utilización de rayos con efectos terapéuticos.

ITIS : Sufijo que denota inflamación.

 

J Volver

JAQUECA : Cefalea, dolor de cabeza, también llamada migraña. Sus causas son múltiples y variadas.

 

K Volver

KOCH : Bacilo : de, Agente causante de la tuberculosis.

 

L Volver

LAPAROTOMIA : Incisión y apertura de la cavidad abdominal.

LAPAROSCOPIA : Examen visual (por endoscopia) de la cavidad peritoneal (abdominal).

LASER : Tipo de rayo lumínico (de luz).

LASERTERAPIA : Aplicación del láser con fines terapéuticos.

LEGRADO : Raspado. Normalmente se aplica a esta acción cuando se efectúa en el útero tras un aborto.

LESION : Daño.

LEUCEMIA : Enfermedad neoplásica, cancerosa de los órganos formadores de las células sanguíneas.

LEUCOCITO : Célula sanguínea. Glóbulo blanco.

LIBIDO : Instinto sexual.

LIGADURA : Uso de hilo de diferentes materiales utilizado para atar, unir o fijar u vaso o tejido. Igualmente se aplica a la obstrucción por medio de hilo para obstruir la liza de un vaso o conducto, p.e. de trompas a fin de evitar que el espermatozoide alcance el óvulo.

LIGAMENTO : Cinta, fascículo o membrana fibrosa y densa que sirve de unión entre los huesos o cartílagos (en las articulaciones).

LITIASIS : Formación de cálculos, principalmente en vías biliares, urinarias.

LUXACIÓN : N Dislocación permanente de una parte, principalmente, frecuentemente de las superficies articulares de los huesos.

 

M Volver

MAGNETOTERAPIA : Tratamiento de las enfermedades mediante imanes.

MALFORMACIÓN : Anomalía, deformidad, especialmente congénita.

MAMOGRAFÍA : Radiografía de la mama.

MARCAPASOS : Aparato de pequeño tamaño capaz de proporcionar al corazón la excitación eléctrica que precisa.

MEDIASTINO : Espacio del cuerpo humano comprendido entre ambas pleuras de la línea media de la caja torácica.

MEDICINA : Arte y ciencia de conocer y tratar las enfermedades. También se entiende como medicamento.

MÉDICO : Doctor o licenciado en medicina y/o cirugía, que se halla legalmente autorizado para profesar y ejercer la medicina.

MENISCO : Cartílago interauricular, de forma semilunar.

MENOPAUSIA : Cese natural de la menstruación.

MENSTRUACIÓN : Fenómeno fisiológico de la vida sexual femenina, por el cual se elimina periódicamente parte de la mucosa del útero con flujo sanguíneo y moco.

METABOLISMO : Conjunto de reacciones físicas, químicas y biológicas que en los organismos vivos experimentan las sustancias en ellos introducidas o las que en ellos se forman.

METASTASIS : Aparición de uno o más focos patológicos secundarios a otro primitivo o inicial, con o sin desaparición de este, en regiones alejadas. Se aplica normalmente a procesos neoplásicos, cancerosos.

METEORISMO : Distensión del abdomen por gases existentes en el tubo digestivo.

MICCIÓN : Emisión de orina.

MICROCIRUGIA : Técnica quirúrgica que precisa para su realización del uso de microscopio.

MIELOGRAFIA : Radiografía de la médula espinal, tras inyección de contraste, sustancia, opaca.

MIOPIA : Cortedad de vista.

MONITORIZACIÓN : Registro permanente de ciertos signos fisiológicos mediante un monitor (aparato electrónico).

MONITORIZACIÓN : FETAL : Control electrónico del parto y períodos previos al mismo.

MÚSCULO : Nombre de los órganos carnosos productores de movimientos en los animales, caracterizados principalmente por la capacidad de contracción.

 

N Volver

NASAL : Relativo a la nariz.

NECROSIS : Mortificación de un tejido. Gangrena.

NEFRECTOMIA : Ablación, extirpación de un riñón.

NEFROLOGIA : Tratado y estudio del riñón y sus enfermedades.

NEFROLOGO : Médico especialista en las enfermedades del riñón.

NEONATAL : Recién nacido. Neonato.

NEONATOLOGIA : Parte de la medicina que estudia y trata las enfermedades y alteraciones de los recién nacidos.

NEONATOLOGO : Médicos especialista (pediatra) en recién nacidos.

NEUMOLOGIA : Estudio y/o tratado de las enfermedades de los pulmones y vías respiratorias.

NEUMOLOGO : Médico especialista en las enfermedades pulmonares y de las vías respiratorias.

NEUMONIA : Inflamación del tejido pulmonar. (Pulmonía).

NEUMOTORAX : Acumulación de aire en la cavidad pleural.

NEURITIS : Inflamación de un nervio.

NEUROCIRUGIA : Cirugía del sistema nervioso.

NEUROCIRUJANO : Médico especialista en cirugía del sistema nervioso.

NEUROFISIOLOGÍA : Fisiología (estudio de la dinámica) del sistema nervioso.

NEUROLOGO : Médico especialista en enfermedades del sistema nervioso.

NÓDULO : Pequeña eminencia de una superficie. Protuberancia.

 

O Volver

OBESIDAD : Acumulación excesiva de grasa en el cuerpo, con la consiguiente elevación de peso.

OBSTETRA : Médico especialista en Obstetricia.

OBSTETRICIA : Rama de la medicina que trata el embarazo o gestación, parto y puerperio. TOCOLOGÍA.

OCULAR : Relativo o perteneciente al ojo.

ODONTOLOGÍA : Estudio de los dientes, sus enfermedades y su tratamiento.

ODONTOLOGO : Médico especialista en Odontología.

ODONTORRADIOGRAFIA : Radiografía de los dientes.

OFTALMO : Prefijo de ojo.

OFTALMOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia al ojo, sus enfermedades y tratamiento.

OFTALMOLOGO : Médico especialista en las enfermedades de los ojos y su tratamiento.

OLIGOFRENIA : Deficiencia, retraso mental.

ONCOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia y trata lo relativo a los tumores.

ONCOLOGO : Médico especialista en tumores, su diagnóstico y tratamiento.

OPERACIÓN : Acto terapéutico realizado mediante maniobras manuales y/o instrumentales, sobre el cuerpo del paciente, siguiendo una técnica reglada.

OPERADOR : Cirujano.

OPTICO : Rama de la física que trata de la luz y de la visión. Especialista de esta rama que confecciona lentes correctoras.

ÓRGANO : Parte del cuerpo dotada de una o varias funciones. Aparato.

ORTODONCIA : Parte de la estomatología, odontología que trata la corrección de las irregularidades dentarias.

ORTOPEDA : Médico especialista en Ortopedia.

ORTOPEDIA : Corrección quirúrgica y mecánica de las desviaciones y deformidades en general del sistema esquelético. Etimológicamente de los niños.

ÓSEO : Relativo al hueso.

OSIS : Sufijo que significa producción, aumento y estado morboso en general.

OTICO : Relativo al oído.

OTORRINOLARINGOLOGÍA : Rama de la medicina que estudia nariz, garganta y oídos, sus enfermedades y sus tratamientos.

OTORRINOLARINGOLOGO : Médico especialista en nariz, garganta y oídos.

OTOSCOPIA : Examen del oído mediante un Otoscopio, instrumento adecuado para la exploración del oído.

OVARIO : Glándula sexual femenina, para, de forma ovoidea.

ÓVULO : Elemento reproductivo femenino, que se forma en el ovario y que una vez fecundado por el espermatozoide (elemento reproductivo masculino), constituyen un nuevo ser.

 

P Volver

PARALISIS : Pérdida del movimiento de una o varias partes del cuerpo.

PARAPLEJIA : Parálisis más o menos completa de partes simétricas de ambos miembros superiores o inferiores.

PARESTESIA : Alteraciones de la sensibilidad en forma de hormigueos, acorchamiento, adormecimiento.

PARTO : Conjunto de fenómenos fisiológico que conducen a la salida del claustro materno de un feto viable y sus anexos. PARTO EUTÓCICO, parto espontáneo, normal. PARTO DISTÓCICO, parto anormal. PARTO PREMATURO, parto de un feto viable antes de los 260 días del embarazo. PARTO MONITORIZADO, parto sometido a un control mediante instrumentos especiales que controlan las contracciones uterinas y los latidos fetales.

PATOLOGÍA : Parte de la medicina que estudia las enfermedades y sus efectos.

PEDIATRA : Médico especialista en enfermedades de los niños.

PEDIATRÍA : Estudio de las enfermedades de la infancia y su tratamiento.

PERITONEAL : Relativo al peritoneo.

PERITONEO : Membrana (serosa), que tapiza las paredes abdominales y superficie inferior del diafragma (peritoneo parietal) y se refleja en varios puntos sobre las vísceras, formando para algunas una cubierta completa (peritoneo visceral). Constituye un saco cerrado, sirviendo para mantener a las vísceras en su posición y para la distribución vascular. El espacio comprendido entre el peritoneo parietal y visceral, se denomina, cavidad peritoneal.

PERITONITIS : Inflamación aguda o crónica del peritoneo.

PLACA : Corrientemente nombre dado a una radiografía (plancha, lámina…). Área, zona que difiere del resto de una superficie.

PLASTIA : Sufijo que indica neoformación artificial. Modelado.

PODOGRAMA : Impresión gráfica de las plantas de los pies.

PODOLOGÍA : Estudio o tratado de los pies.

PODOLOGO : Especialista o experto en podología. Callista.

POLITRAUMATISMO : Estado en el que acontecen o coinciden varios traumatismos de diversa y distinta localización.

PREMATURO : Que ocurre antes del tiempo propio o término. Aplícase al niño nacido antes de que se haya cumplido la semana 38º de la gestación.

PRESION : Tensión. Vulgarmente término aplicado a la Tensión Arterial.

PROCTOLOGÍA : Suma de conocimientos relativos al recto y sus enfermedades.

PROCTÓLOGO : Médico experto en proctología.

PRÓTESIS : Rama de la terapéutica que tiene por objeto reemplazar la falta de un órgano o parte por otro órgano o parte artificial. Toda pieza utilizada como reemplazo de un órgano o parte de un órgano.

PSICOLOGÍA : También se puede llamar y escribir como SICOLOGÍA. Rama de la ciencia que estudia el comportamiento o conducta, la mente y sus procesos. TRATAMIENTO PSICOLÓGICO, aquel que es aplicado por un psicólogo (licenciado en Psicología).

PSIQUIATRA : Médico especialista en Psiquiatría.

PSIQUIATRÍA : Rama de la medicina que estudia el diagnóstico y tratamiento de los trastornos psíquicos o enfermedades mentales.

PULSO : Expansión y contracción de una arteria, percibida por los dedos que la palpan sobre una superficie resistente.

PUNCIÓN : Operación que consiste en introducir una aguja, trocar o bisturí delgado en una parte o cavidad.

 

Q Volver

QUIMIOTERÁPIA : Tratamiento mediante sustancias químicas.

QUIRÚRGICO : Relativo a la cirugía.

QUISTE : Tumor formado por un saco cerrado que contiene líquido o sustancia semisólida.

 

R Volver

R.N.M. : Siglas que significan Resonancia Nuclear Magnética; método de exploración de los órganos internos, basado en la resonancia de las moléculas mediante un campo magnético.

RADIOGRAFÍA : Fotografía realizada mediante los rayos X.

RADIOINMUNOANÁLISIS : Método de análisis basado en la reacción de dos antígenos iguales, uno de ellos marcado por un radioisótopo, con su anticuerpo.

RADIOLOGÍA : Estudio de las radiaciones, principalmente de los rayos X, y sus aplicaciones en el diagnóstico y tratamiento.

RADIÓLOGO : Experto en radiología.

RADIOTERÁPIA : Tratamiento de las enfermedades mediante toda clase de rayos, en especial los rayos X.

REANIMACIÓN : Conjunto de medidas aplicadas para restablecer las constantes vitales.

REHABILITACIÓN : Readquisición mediante tratamientos apropiados de una función, actividad, perdida por una enfermedad o traumatismo.

RETINA : La membrana más interna de las tres que forman el globo ocular. Constituida por elementos nerviosos capaces de transformar la energía luminosa en impulsos nerviosos.

RETINOGRAFÍA : Fotografía de la retina.

REUMATISMO : Enfermedad del tejido conjuntivo, caracterizada por dolor y rigidez de alguna porción del aparato locomotor (articulaciones).

REUMATOLOGÍA : Estudio de las enfermedades reumatológicas.

REUMATÓLOGO : Medico especialista en el diagnóstico y tratamiento de las enfermedades reumáticas.

 

S Volver

S.I.D.A. : Siglas pertenecientes al síndrome de inmuno-deficiencia adquirida.

SCANER : En castellano Escáner. Aparato tubular utilizado en la exploración radiográfica, para que la radiación sea enviada concéntricamente al eje longitudinal del cuerpo. Esta radiación es recogida a la salida del cuerpo por unos detectores y posteriormente tratada por un computador, obteniendo imágenes de secciones transversales de la parte del organismo explorado.

SECUELA : Lesión o afección consecutiva a otra. Menoscabo físico (orgánico o funcional), consecutivo a una lesión o enfermedad, ante los cuales sólo caben medios sustitutivos o paliativos.

SENO : Espacio o cavidad hueca. También mama.

SEUDO : Prefijo con significado de falso.

SIGNO : Fenómeno objetivo de una enfermedad o estado que el médico reconoce o provoca.

SINDROME : Serie de signos y síntomas que existen a un tiempo y que definen un estado patológico determinado.

SÍNTOMA : Manifestación de una alteración del organismo apreciable sólo por el paciente. Si ello puede ser comprobado por el observador se llama SIGNO.

SOPLO : Ruido percibido por auscultación.

 

T Volver

T.A.C. : Siglas pertenecientes a la Tomografía Axial Computerizada. Tomografía efectuada mediante un computador.

TAQUICARDIA : Aceleración de los latidos cardíacos.

TERAPÉUTICA : Parte de la medicina que se ocupa del tratamiento de las enfermedades.

TERÁPIA : Sufijo que significa tratamiento.

TERMOGRAFÍA : Observación de la variación de la temperatura corporal, motivada por diferentes patologías, obteniéndose a partir de la propia radiación térmica, correspondiente a la fracción infrarroja del espectro, una imagen, mapa. Para este fin se utiliza un aparato denominado termógrafo (de contacto o teletermógrafo, a distancia para evitar artefactos y obtener una mayor resolución y fiabilidad).

TERMOTERÁPIA : Tratamiento de las enfermedades basado en la aplicación del calor.

TEST : Conjunto de pruebas efectuadas a fin de obtener una orientación diagnóstica-terapéutica.

TETRAPLEJIA : Parálisis de los cuatro miembros.

TOMOGRAFÍA : Radiografía seriada por planos paralelos.

TORACOCENTESIS : Punción quirúrgica de la pared torácica (pleurocentesis), a fin de evacuar líquido acumulado en la pleura.

TOXICOMANÍA : Predisposición, dependencia de diversas sustancias tóxicas.

TOXINA : Sustancia productora de efectos tóxicos.

TRANSPLANTE : Implantación de un órgano en un organismo receptor con restablecimiento de todas sus conexiones, haciéndole viable.

TRATAMIENTO : Conjunto de medios de toda y variada clase (higiénicos, famacológicos y quirúrgicos), encaminados para la curación o alivio de las enfermedades.

TRAUMATISMO : Término que comprende a todas las lesiones causadas por un agente violento externo.

TRAUMATOLOGÍA : Parte de la medicina que comprende el diagnóstico y tratamiento de los traumatismos.

TRAUMATÓLOGO : Médico especialista en traumatología.

TROMBO : Coágulo sanguíneo en el interior de un vaso, que permanece en el lugar de su producción.

TROMBOSIS : Proceso de formación o producción de un trombo y oclusión por éste de la luz de un vaso (arteria o vena).

TUMOR : Tumefacción, bulto, hinchazón de carácter patológico. Neoformación o nuevo crecimiento celular descontrolado.

 

U Volver

U.C.I. : Unidad de cuidados intensivos.

U.V.I. : Unidad de vigilancia intensiva.

ULCUS : Úlcera.

UMBILICAL : Relativo al ombligo.

URÉTER : Conducto que lleva la orina desde el riñón a la vejiga.

URETRA : Conducto que lleva la orina desde la vejiga la exterior.

URODINÁMICO : Estudio o análisis de la dinámica de la función renal, excretora.

UROGRAFÍA : Radiografía de las vías urinarias.

UROLOGÍA : Estudio de las distintas partes del sistema urinario (riñones, vías, etc.) y de sus enfermedades.

URÓLOGO : Médico especialista en Urología.

ÚTERO : Matriz. Órgano de generación femenino, destinado a recibir al óvulo fecundado, a conservarlo y nutrir el producto de la concepción, a fin de que llegue a buen término, para expulsarlo entonces.

 

V Volver

VACUNA : Preparación específica (antigénica), cuya administración provoca en el organismo la inmunización activa contra una enfermedad determinada.

VARIZ : Dilatación permanente de una vena superficial o profunda.

VASECTOMÍA : Sección quirúrgica del conducto deferente, a fin de evitar la salida al exterior de los espermatozoides.

VENEROLOGÍA : Conocimientos relativos a las enfermedades de transmisión sexual.

VÍA : Camino, conducto, modo.

VIRUS : Agente infeccioso, sólo viable en células vivas.